REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN TUCACAS.

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Tucacas, Tres (03) de Diciembre de Dos Mil Catorce (2014).

204° y 155°


Por recibido expediente procedente del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contentivo de la solicitud por JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA presentada por la ciudadana KARINA ISABEL ACOSTA LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Número 15.642.936, debidamente asistida por el abogado JUAN REINALDO SAAVEDRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 129.787, en una (01) pieza constante de catorce (14) folios útiles, cuya remisión hace con oficio Número 4370-242, de fecha, dieciocho (18) de Noviembre del año en curso, en virtud a la declinatoria de competencia en razón de la materia declarada por el precitado Tribunal; désele entrada conforme a la nomenclatura de este Tribunal y anótese en los Libros respectivos. Cúmplase lo ordenado.

La Jueza Provisoria,

ABOG. ROSA ISABEL FRANCA LUIS.

El Secretario,

ABOG. JOHAN GARCIA BRITO.

En esta misma fecha se recibió expediente conformado por una (01) pieza constante de catorce (14) folios útiles. Se le dio entrada bajo el Número S-34-2014 y se dio cumplimiento a lo demás ordenado en el auto que antecede.
El Secretario,
ABOG. JOHAN GARCIA BRITO.


RIFL/JAGB/cl.
Exp. S-34-2014.