REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
PUNTO FIJO: 10 DE DICIEMBRE DE 2014
AÑOS: 204° Y 155°
ACTUANDO EN SEDE CIVIL.
EXPEDIENTE Nº 015- 2014.
DEMANDANTE: CARMEN MIREYA TREMONT, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V- 4.182.687, con domicilio en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón
REPRESENTADA POR LA DEFENSORA PUBLICA AUXILIAR CON COMPETENCIA PLENA A NIVEL NACIONAL, ADSCRITA A LA UNIDAD REGIONAL DE DEFENSA PUBLICA DEL ESTADO FALCON, EXTENSION PUNTO FIJO, ABOGADO INGRID AVILA
DEMANDADA: MARI ESTREDO DE GOMEZ
MOTIVO: DESALOJO
Siendo la oportunidad legal para celebrarse la Audiencia de Mediación, ha celebrarse al quinto (5to) día de despacho siguiente a que conste en auto la citación de la parte demandada de autos, a las 10:00a.m, por cuanto consta en auto su citación el día 26 de Noviembre del año 2014, y si bien es cierto que han transcurrido desde la fecha de citación hasta el día de hoy cinco (05) días de despacho, la demandada no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de Apoderado, tampoco lo hizo la parte demandante ni por si ni por medio de Apoderado, es por lo que este Tribunal de conformidad con el articulo 105 de la Ley de Alquileres de Viviendas decreta DESISTIDO el presente Procedimiento y acuerda mediante Acta Motivada la terminación del proceso.
DISPOSITIVA
En consecuencia, por la razonamientos anteriormente expuestos, este
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Punto Fijo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: DESISITIDO el presente procedimiento y terminado el proceso incoado por la ciudadana CARMEN MIREYA TREMONT, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V- 4.182.687, con domicilio en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón; representada por la Defensora Publica Auxiliar con Competencia Plena a Nivel Nacional, adscrita a la Unidad Regional de Defensa Publica del estado Falcón, extensión Punto Fijo, abogado Ingrid Avila contra la ciudadana MARI ESTREDO DE GOMEZ, por DESALOJO, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 105 de la Ley de Alquileres de Vivienda
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este Despacho.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Diez (10) días del mes de Diciembre del año dos mil catorce (2014). Años: 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. WINDER MARTÍNEZ MÁRQUEZ.
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. KEVIN RAMONES M.
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha (10-12-2014). Conste.
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. KEVIN RAMONES M
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