REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 28 de Enero de 2014
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-O-2014-000003
ASUNTO : IP01-O-2014-000003
AUTO DE PARA MEJOR PROVEER
Le compete a este Tribunal de Alzada, decidir sobre la presente solicitud de Amparo Constitucional presentada por el apoderado judicial abogado GILBERTO ANTONIO ZERPA ROBERTSON, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de previsión social de abogado Nº 34047, con domicilio procesal en la Esquina Jacinto Lara con Girardot Edificio Los Olivares II, piso 01, Oficina 05 lado de la CANTV en Punto Fijo estado Falcón, del ciudadano WOLMAN YEJAN LEON, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 10.480.009 victima en la causa Nº IP11-P-201211645, según instrumento poder debidamente autenticado en la Notaría Pública de Punto del estado Falcón, quedando anotado bajo el Nº 20, tomo 88 de los libros de fecha 12 de Agosto de 2011, por la presunta omisión de pronunciamiento del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial del estado Falcón, Extensión Punto Fijo vulnerando así derechos o garantías constitucionales que le asisten a su representado establecidos en los artículos 2, 3, 7, 26, 27, 30 último aparte, 49 ordinales 3 y 8, 51, 159, 257 y 234 de la Constitución de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 2, 5, 18 y 22 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales en resguardo a la tutela efectiva, toda vez que han transcurrido mas de trece (13) meses sin que se haya fijado la audiencia preliminar correspondiente, según solicitudes dirigidas al Tribunal presuntamente agraviante, en fecha 07 de Julio de 2013 ; 02 Agosto de 2013, 10 de Septiembre de 20|3, 01 de octubre de 2013; y 28 de Octubre de 2013, sin tener la debida respuesta oportuna por el referido tribunal.
En fecha 22 de Enero de 2013, se dio ingreso a las presente actuaciones dándose cuenta en la Sala y designándose ponente a la Abogada Carmen Natalia Zabaleta.
Se deja constancia que los días 23, 24 y 27, no hubo despacho por ante la Corte de Apelaciones, por motivos justificados.
En fecha 28 de Enero de 2014, se aboca al conocimiento del presente asunto la abogada IRIS CHIRINOS LÓPEZ, quien se encuentra sustituyendo a la Magistrada GLENDA OVIEDO RANGEL, por el disfrute de sus vacaciones legales.
Por tal motivo y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal Colegiado ordena requerir al Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, a los fines de resolver sobre la admisibilidad o no del presente amparo el ASUNTO PRINICIPAL Nº 1P11P-201211645, seguido en contra de la ciudadana ERIKA COROMOTO AGUILAR, en perjuicio de la victima LUIS WOLMAN YEJAN LEON, para lo cual se le otorga una lapso de 24 horas para remitir a esta Sala el señalado Asunto.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA requerir al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, a cargo del Abogado ARNALDO OSORIO PETIT el Asunto Principal Nº ASUNTO PRINICIPAL Nº 1P11-P-2012- 11645, seguido en contra de la ciudadana ERIKA COROMOTO AGUILAR JIMENE , en perjuicio de la victima LUIS WOLMAN YEJAN LEON, para lo cual se le otorga una lapso de 24 horas para remitir a esta Sala el señalado Asunto, conforme a lo previsto en el 17 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, Cúmplase. Líbrese oficio. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones, a los 28 días del mes de Enero de 2014.
MORELA FERRER BARZOZA
JUEZA PROVISORIA y PRESIDENTA
IRIS CHIRINOS LÓPEZ
JUEZA SUPLENTE
CARMEN NATALIA ZABALETA
JUEZA PROVISORIA y PONENTE
JENNY OVIOL RIVERO
SECRETARIA
En la misma fecha se libró el oficio ordenado.
La Secretaria
RESOLUCION Nº IGO1201300046