REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 06 DE FEBRERO DE 2.014.
AÑOS: 203º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: JUSTINA ANTONIA YAJURE DE RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V-1.416.547, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en Churuguara, parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por el abogado en ejercicio JESUS ENRIQUE TORRES T; inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 104.165, con domicilio procesal en la Calle Bermúdez casa N° 14, Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: JUSTINA ANTONIA YAJURE DE RODRIGUEZ, sobre: unas bienhechurías que se describen: Una (01) casa, con los servicios públicos, como agua, electricidad, con paredes de bloques frisados, piso de cemento liso, ventanas y puertas de madera, constituida por tres (03) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala, un (01) comedor y una (01) cocina. Dichas bienhechurias se encuentran en un área de terrenos Municipales de: CIENTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (156,45 Mt2), con un área de Construcción de OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (81,95 Mts), ubicada en la Calle Sucre, entre Calle Ricauter y Calle Libertad, Sector el Cerrito de la población de Churuguara, parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, comprendido dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Con Terrenos de Yohenri García.
SUR: Con Calle Sucre que es su Frente.
ESTE: Con Terrenos de Yohenri García.
OESTE: Con Terrenos de Martín Granda.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000, 00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SEIS (06) DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL DOS MIL CATORCE. (06-02-2.014) AÑOS: 203° Y 154°.

EL JUEZ.

ABOG. SIMÓN RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.