REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN


SOLICITUD: 006/2014.


SUCESORES: CELINDA MARIA HERNANDEZ OLIVET, MARCOS SERGIO HERNANDEZ OLIVET, DILIA ROSARIO HERNANDEZ DE GONZALEZ, NIEVE DEUSDE DIT HERNANDEZ OLIVET, MIGUEL ALFONSO HERNANDEZ OLIVET, GABRIEL DE JESUS HERNANDEZ OLIVET, MARIA HUMBELINA HERNANDEZ OLIVET, EDITH LOURDES HERNANDEZ OLIVETT, ROSA CONCEPCION HERNANDEZ DE YARI, JORGE RAFAEL HERNANDEZ OLIVETT, ROGER ANTONIO HERNANDEZ OLIVETT, EMILIA MERCEDES HERNANDEZ OLIVET, JOSUE BENJAMIN HERNANDEZ OLIVETT, SAMUEL AGUSTIN HERNANDEZ OLIVETT Y ROMELIA GUADALUPE HERNANDEZ OLIVETT.

CAUSANTE: CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ DE VELASQUEZ.


MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana CELINDA MARIA HERNANDEZ OLIVET, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y portadora de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.787.004, actuando en nombre y representación de los ciudadanos 1).- MARCOS SERGIO HERNANDEZ OLIVET (casado); 2).- DILIA ROSARIO HERNANDEZ DE GONZALEZ (viuda); 3).- NIEVE DEUSDE DIT HERNANDEZ OLIVET (casado); 4).- MIGUEL ALFONSO HERNANDEZ OLIVET (casado); 5).- GABRIEL DE JESUS HERNANDEZ OLIVET (viudo); 6).- MARIA HUMBELINA HERNANDEZ OLIVET (soltera; 7).- EDITH LOURDES HERNANDEZ OLIVETT (soltera); 8).- ROSA CONCEPCION HERNANDEZ DE YARI (casada); 9).- JORGE RAFAEL HERNANDEZ OLIVETT (casado); 10).- ROGER ANTONIO HERNANDEZ OLIVETT (casado); 11).- EMILIA MERCEDES HERNANDEZ OLIVET (soltera); 12).- JOSUE BENJAMIN HERNANDEZ OLIVETT (casado); 13).- SAMUEL AGUSTIN HERNANDEZ OLIVETT (casado) y 14).- ROMELIA GUADALUPE HERNANDEZ OLIVETT (soltera), venezolanos, mayor de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad 1).- N° V-744.284, 2).- V-1.959.210, 3).- V-1.959.212, 4).- V- 2.361.220, 5) V-3.094.959, 6).- V-4.102.076, 7).- V- 3.830.424, 8).- V-5.291.361, 9).- V-3.830.425, 10).- V-5.284.776, 11).- V-5.288.428, 12).- V-5.298.794, 13).- V-9.500.483, y 14).- V-9.512.525, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ANGEL ALBERTO RUIZ CHIRINO, inscrito en el inpreabogado bajo la matricula N° 100.540, quien a su vez, consignó recaudos y promovió testimoniales con la finalidad de que les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta ciudadana CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ DE VELASQUEZ, quien era venezolana, de 66 años de edad, natural de Turupia, Parroquia Pueblo Cumarebo, Municipio Zamora, Estado Falcón, de fecha de nacimiento: 07/11/1947 y titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.360.346.
La solicitante y su Abogado asistente, consignaron los siguientes recaudos: 1.- Registro de defunción N° 13, de fecha 29 de Enero de 2014, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Puerto Cumarebo, Municipio Zamora del Estado Falcón, donde consta la muerte de la ciudadana CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ DE VELASQUEZ (marcada con la letra “A”). 2.- Partida de Defunción de quien en vida respondiera al nombre de ANTONIO HERNANDEZ PETIT.- (marcada con la letra “B”). 3.- Partida de Defunción de quien en vida respondiera al nombre de MARIA AGAPITA OLIVET DE HERNANDEZ (marcada con la letra “C”). 4.- Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ (marcada con la letra “D”) 5.- Acta donde se evidencia el Matrimonio Civil celebrado entre los ciudadanos ANTONIO JOSE HERNANDEZ y MARIA AGAPITA OLIVET (marcada con la letra “E”).- 6.- Copia fotostática de la cédula de identidad de la ciudadana CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ, (marcada con la letra “F”), 7.- Acta donde se evidencia el Matrimonio Civil celebrado entre los ciudadanos JOSE RAMON VELASQUEZ MUSTIOLA Y CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ OLIVETT, (marcada con la letra “G”), al igual que Actas de Partidas de Nacimiento de los solicitantes, signadas con las letras “I”; “J”; “K”; “L”; “M”; “N”; “O”; “P”; “Q”; “R”; “S”; “T”; y “U”, donde se comprueba los lazos consanguíneos entre los solicitantes y la decujus: CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ DE VELASQUEZ.
Fueron evacuadas las testimoniales de los ciudadanos JAVIER ARTURO BRACHO LUGO, venezolano, mayor de edad, con domicilio en la Urbanización Las Delicias, casa N° 234, calle 11 a final de la Avenida Iturbe, Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, y titular de la Cédula de Identidad N° 11.245.807, CANDIDA CESILIA DE BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la calle Urdaneta, Nro. 66, entre calle Colón y Hospital, y titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.643.761, y NARKYS NOHEMI PEREZ, venezolana, mayor de edad, con domicilio en la





calle Popular N° 28, sector Cruz Verde, Coro, Municipio Miranda, Estado Falcón, portadora de la cedula de identidad N° V- 7.485.738, quienes de forma conteste y pertinente respondieron favorablemente a las cuatro (04) preguntas contenidas en el escrito de solicitud que dio inicio al presente expediente, según se desprende de las actas levantadas en fecha veinticuatro (24) de Febrero del año Dos mil Catorce, cursantes en la solicitud.

Del análisis de las declaraciones de los testigos promovidos, así como de los documentos relacionados, en el cual pretende se les declare como Unicos y Universales Herederos; se concluye que son suficientes para declarar lo pretendido por los solicitantes. En consecuencia, este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18/03/2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la mencionada CARMEN JOSEFINA HERNANDEZ DE VELASQUEZ, quien era venezolana, de 66 años de edad, natural de Turupial, Parroquia, Pueblo Cumarebo, Municipio Zamora, fecha de nacimiento: 07/11/1947 y titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.360.346, a los ciudadanos 1).- CELINDA MARIA HERNANDEZ OLIVET, 2.)MARCOS SERGIO HERNANDEZ OLIVET (casado), 3).- DILIA ROSARIO HERNANDEZ DE GONZALEZ (viuda), 4).- NIEVE DEUSDE DIT HERNANDEZ OLIVET (casado), 5).- MIGUEL ALFONSO HERNANDEZ OLIVET (casado), 6).- GABRIEL DE JESUS HERNANDEZ OLIVET (viudo), 7).- MARIA HUMBELINA HERNANDEZ OLIVET (soltera, 8).- EDITH LOURDES HERNANDEZ OLIVETT (soltera), 9).- ROSA CONCEPCION HERNANDEZ DE YARI (casada), 10).- JORGE RAFAEL HERNANDEZ OLIVETT (casado), 10).- ROGER ANTONIO HERNANDEZ OLIVETT (casado), 12).- EMILIA MERCEDES HERNANDEZ OLIVET (soltera), 13).- JOSUE BENJAMIN HERNANDEZ OLIVETT (casado), 14).- SAMUEL AGUSTIN HERNANDEZ OLIVETT (casado) y 15).- ROMELIA GUADALUPE HERNANDEZ OLIVETT (soltera), venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad. 1). - N° V-2.787.004, 2) Nº. V- 744.284, 3.) Nº. V-.1.959.210, 4).- V-1.959.212, 5).- V- 2.361.220, 6) V-3.094.959, 7).- V-4.102.076, 8).- Nº. V- 3.830.424, 9).- V-5.291.361, 10).- V-3.830.425, 11).- V-5.284.776, 12).- V-5.288.428, 13).- V-5.298.794, 14).- V-9.500.483, y 15.).- V-9.512.525, respectivamente.

Publíquese y regístrese. De conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de esta declaración para el archivo. Entréguese las presentes actuaciones a la parte interesa previa

certificación por secretaria de cuatro (04) copias de la misma, la cual será dejada en el archivo de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada a los veintiséis (26) días del mes de Febrero de Dos mil Catorce (2014), en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Colina y Petit de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.

ABG. MARILYN ELIZABETH CORDERO GOMEZ

JUEZA PROVISORIA



ABG. CARLA E. PALENCIA SECO

SECRETARIA TEMPORAL


Nota: En la misma fecha, siendo las 9:00 a.m., y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión y se dejó copia certificada de la misma para el archivo. Se certificó copia de las actuaciones que conforman la presente solicitud y se archivó. En este estado se devuelven las actuaciones originales al interesado, constante de setenta y ocho (78) folios útiles. Conste.

ABG. CARLA E. PALENCIA SECO

SECRETARIA TEMPORAL



M.C.G/c.p.s/mds.
Solicitud Nº: 006/2014.