REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 10 de Febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2013-009638
ASUNTO : IP01-P-2013-009638

AUTO DECRETANDO IMPROCEDENTE SOLICITUD

Recibido como ha sido el escrito interpuesto por el Abogado ANGEL COROMOTO GARCÍA RODRIGUEZ, IPSA N° 155.736, quien señala que comparece ante este Tribunal de Control solicitando la libertad del ciudadano JHONATHAN RAFAEL AMAYA titular de la cédula de identidad N° 20213076, por cuanto han transcurrido más de cuarenta y cinco (45) días sin que el Ministerio Público haya interpuesto Acusación en el presente asunto penal.

En tal sentido, observa esta Juzgadora que en el presente asunto penal el ciudadano JHONATHAN RAFAEL AMAYA titular de la cédula de identidad N° 20213076, se encuentra representado por los Defensores Privados Abogados MARILYS ANTONIA OCANDO, ZORAIDA MARIA PRIMERA y MARTIN JOSE SEGOVIA, quienes están debidamente juramentados y hasta la presente fecha no han sido revocados ni han renunciado, es decir, el Profesional del Derecho no tiene cualidad para actuar.

Por otra parte, se desprende del Sistema Juris 2000 y del copiador de Decisiones que en el presente asunto penal, en fecha 20 de diciembre de 2013 este Tribunal Cuarto de Control decretó LIBERTAD SIN RESTRICCIONES para el ciudadano JHONATHAN RAFAEL AMAYA titular de la cédula de identidad N° 20213076 y el asunto penal fue remitido con oficio a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público para continuar con la investigación SIN DETENIDOS, motivos suficientes para declarar improcedente en derecho la solicitud interpuesta. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: UNICO: Se desprende del Sistema Juris 2000 y del copiador de Decisiones que en el presente asunto penal, en fecha 20 de diciembre de 2013 este Tribunal Cuarto de Control decretó LIBERTAD SIN RESTRICCIONES para el ciudadano JHONATHAN RAFAEL AMAYA titular de la cédula de identidad N° 20213076 y el asunto penal fue remitido con oficio a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público para continuar con la investigación SIN DETENIDOS, motivos suficientes para declarar improcedente en derecho la solicitud interpuesta. Notifíquese. Cúmplase.-

Publíquese, regístrese, diarícese. Remítase con oficio a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del estado Falcón.-
JUEZA CUARTA DE CONTROL,
ABG BELKIS ROMERO DE TORREALBA.
SECRETARIA
MARIA DOMINGUEZ
RESOLUCIÓN Nº PJ0042014000098.-