REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Coro, 17 de febrero de 2014
203º y 154º

ASUNTO : IP01-P-2013-0001370

Corresponde a este Tribunal de Juicio emitir decisión judicial de oficio, de conformidad con el Código Orgánico Procesal Penal, respecto al traslado interpenal del imputado (a) JORVELL JOSÉ BUGOTT MEDINA, titular de la cédula de identidad V-23.680.134, a quien se le sigue proceso Judicial por el delito (s) de: Robo Genérico.

Revisado el expediente judicial se observa que el estado y grado actual del proceso es la celebración del juicio oral y público.

De igual modo se observa que el imputado (a) se encuentra actualmente recluido (a) en la Comandancia de la Policía del estado Falcón.

Que por diversos motivos no ha sido posible la celebración del juicio oral y público y ello en la actualidad podría generar retardo procesal, lo cual atentaría contra las garantías constitucionales establecidas en los artículos 26 y 49 del Texto Democrático Fundamental.

Que en aras de garantizar la celebración del juicio oral y público y tutelar de manera efectiva y eficaz los derechos del imputado (a), se acuerda, de conformidad con las atribuciones y competencias del Juez de Juicio, en relación al sitio de reclusión en el que debe permanecer el procesado (a), ordenar el traslado interpenal del ciudadano JORVELL JOSÉ BUGOTT MEDINA, titular de la cédula de identidad V-23.680.134, desde la Comandancia de la Policía del estado Falcón hasta el Centro Penitenciario de los Llanos, Guanare, estado Portuguesa, donde permanecerá recluido a la orden y disposición de este Despacho de Justicia. Y así se decide.
DECISIÓN
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, ACUERDA y ORDENA el traslado interpenal del ciudadano: JORVELL JOSÉ BUGOTT MEDINA, titular de la cédula de identidad V-23.680.134, a quien se le sigue proceso Judicial por el delitos (s) de: Robo Genérico, desde la Comandancia de la Policía del estado Falcón hasta el Centro Penitenciario de los Llanos, Guanare, estado Portuguesa, donde permanecerá recluido a la orden y disposición de este Despacho de Justicia.

Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes y ofíciese a las Direcciones de los penales enunciados a los fines de la ejecución de la presente orden judicial.
EL JUEZ,

JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA

LA SECRETARIA

ELYCELIS RODRÍGUEZ



Resolución PJ072013000017