REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN TUCACAS.

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Tucacas, Treinta (30) de Julio de Dos Mil Catorce (2014).

204° y 155°


Por recibido expediente procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES incoado por la abogada KATHERINE MARIANA CALADO VIGNOLI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 178.884 en su carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIALISTA DEL ESTADO FALCÓN (COORPOFALCON), en contra de los ciudadanos VICTOR JOSÉ REVILLA FERNANDEZ e YRENO LUGO SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, productores agropecuarios, titulares de las cédulas de identidad números 7.080.739 y 8.602.127 respectivamente, el primero de los mencionados en su condición de Presidente y el segundo con el carácter de Tesorero de la Asociación Cooperativa PRODUCTORES DE SABANA DE JACURA, en una (01) pieza principal constante de veintiún (21) folios útiles, cuya remisión hace con oficio Nº 258-14, de fecha, diecinueve (19) de Junio del año en curso, en virtud a la declinatoria de competencia por el territorio declarada por el precitado Juzgado; désele entrada conforme a la nomenclatura de este Tribunal y anótese en los Libros respectivos. Cúmplase lo ordenado.

La Jueza Provisoria,

ABOG. ROSA ISABEL FRANCA LUIS.

El Secretario,

ABOG. JOHAN GARCIA BRITO.

En esta misma fecha se recibió expediente conformado por una (01) pieza principal constante de veintiún (21) folios útiles. Se le dio entrada bajo el Número 58-2014 y se dio cumplimiento a lo demás ordenado en el auto que antecede.

El Secretario,
ABOG. JOHAN GARCIA BRITO.

RIFL/JAGB/ajgg.
Exp. 58-2014.