República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 21 de julio de 2014
Años: 204° y 155°


Expediente: No. 752-14

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: FRANDER ANTONIO AGUILAR BAPTISTA. Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-11.292.392, domiciliado en el sector Las Cocuizas de la población y parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Abogada Asistente: JUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARE, titular de la cedula de identidad personal N° V-15.312.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963, domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, presentada por el ciudadano FRANDER ANTONIO AGUILAR BAPTISTA. Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-11.292.392, domiciliado en el sector Las Cocuizas de la población y parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio JUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARE, titular de la cedula de identidad personal N° V-15.312.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963, domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre dos (02) locales comerciales, los cual se encuentran estructurados de la siguiente manera: paredes de bloques, pisos de cerámica y techo de acerolit; compuestos de: Un (01) baño. Con un área de construcción de aproximadamente DIECISEIS METROS CON SESENTA CENTIMETROS (16,60 Mts.) DE ANCHO por NUEVE METROS CON VEINTE CENTIMETROS (9,20 Mts.) DE LARGO, para un área total de: CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (152,72 Mts2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son las siguientes: DIECISEIS METROS CON SESENTA CENTIMETROS (16,60 Mts.) DE ANCHO por NUEVE METROS CON VEINTE CENTIMETROS (9,20 Mts.) DE LARGO para un área total de: CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (152,72 Mts2), ubicados en el sector Las Cocuizas de la población y parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Propiedad de Frander Aguilar; SUR: Vía pública y casa de Graciela Alemán; ESTE: Propiedad de Ana Benicia de Aguilar y OESTE: Propiedad de Eulogia Aguilar. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0015 de fecha catorce (14) de julio de dos mil catorce (2014) emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de las testigos ciudadanas TANIA JOSEFINA GARCIA GARCIA y ALIX NORVERTA TORRES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-13.402.479 y V-12.488.475 respectivamente, domiciliadas en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURAR AL CIUDADANO FRANDER ANTONIO AGUILAR BAPTISTA EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LOS REFERIDOS LOCALES, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano FRANDER ANTONIO AGUILAR BAPTISTA, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante FRANDER ANTONIO AGUILAR BAPTISTA. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veintiún (21) días del mes de julio de dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.

En la misma fecha de hoy, 21/07/2014, siendo la tres y quince (3:15 pm) post-meridiem, se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.644-14. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.