REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 19 DE JUNIO DEL 2.014.
AÑOS: 204º Y 155º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos: MARYURIS EMILIA CASTILLO MORILLO Y JESUS GREGORIO CASTEJÓN PULGAR, titulares de la Cédulas de Identidad Nos V- 9.923.111 y V- 10.475.326, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, domiciliados en el Sector la Plaza, Calle Páez, casa s/n, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistidos en este acto por: EDWARD OLLARVEZ, Abogado en ejercicio debidamente, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo el número Nº 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Casa N° 138 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, Visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de los ciudadanos: MARYURIS EMILIA CASTILLO MORILLO Y JESUS GREGORIO CASTEJÓN PULGAR, sobre: Unas bienhechurias, constituido por un local, que cuenta con dos (02) pieza, una (01) sala, un (01) baño empotrado, una (01) oficina con baño, paredes de bloques frisadas, pisos de granito, techo de platabanda, cerca de bloque con portón de hierro y un (01) garaje, tiene un área de construcción de CIENTO SESENTA y UN METROS CUADRADOS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS (161.28 Mts2). Enclavada en una parcela de Terreno Municipal en un área de CIENTO SESENTA y UN METROS CUADRADOS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS (161.28 Mts2), ubicadas en el Sector la Plaza, calle Monagas entre Bolívar y Portocarrero, de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, bajo los siguientes linderos:
NORTE: Con José Villavicencio y Sucesión Abrahán.
SUR: Con Calle Monagas.
ESTE: Con Sucesión Abrahán.
OESTE: Con Pedro Guanipa.
La mencionada Bienhechuria tiene un costo de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000 BS) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECINUEVE (19) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE. (19 -06-2.014) AÑOS: 204° Y 155°.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.

ABOG. KARINA ARCAYA.