En consecuencia este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley; de conformidad la Resolución Nro. 2009-006, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18-03-2009, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: LEIDA RAMONA GONZALEZ LEAL, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8409124, sobre un bien inmueble consistentes en bienhechurias, constante de: Una Casa, construida con paredes de bloques de cemento frisada y pintadas, piso de cemento, techo de cinc, puertas y ventanas de metal y vidrio, compuesta de porche, sala de recibo, comedor, cocina, tres (03) dormitorios, una (01) sala de baño, Un (01) Alberca para almacenar agua, totalmente cercado con nueve (09) hilos de alambre púas sobre estantillos de madera y Botalones, ubicada en la vía principal del Caserío Mide, Parroquia Bruzual Municipio Urumaco, Estado Falcón, con una área de construcción de CIENTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (122. 44M2), enclavada sobre una parcela de Terreno Comunera de la Posesión Mide, el cual posee una superficie total de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DOCE CENTIMETROS CUADRADOS (488. 12M2. Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Vivienda propiedad de Liberio Piña. SUR: Vivienda Propiedad de Pedro Hernández. ESTE: Vivienda propiedad de Mary Piña. OESTE: Vivienda propiedad de Enzo Hernández Eentréguesele el presente original al interesado, fórmese expediente y anéxesele copia certificada de la solicitud, los recaudos y del presente auto autorizándose al Secretario Ciudadano: Abogado Emigdio Rivero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4644167 para la certificación de las copias de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Urumaco de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Once (11) días del mes de Junio de 2014.-
El Juez Provisorio

Abg. Sandalio R. Fernández Delmoral.
El Secretario Titular

Abg. Emigdio Rafael Rivero.