República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 30 de junio de 2014
Años: 204° y 155°


Expediente: No. 742-14

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: LIEVANA CHIQUINQUIRA RANGEL DE GONZALEZ. Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad personal N° V-11.801.761, domiciliada en el sector Km 15 de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Abogada Asistente: MARIOLA LOURDES QUINTERO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad personal N° V-18.152.570 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.069, domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana LIEVANA CHIQUINQUIRA RANGEL DE GONZALEZ. Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad personal N° V-11.801.761, domiciliada en el sector Km 15 de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MARIOLA LOURDES QUINTERO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad personal N° V-18.152.570 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 138.069, de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa, la cual se encuentra estructurada de la siguiente manera: paredes de bloques, piso de cerámica y techo de zinc; compuesta de: Un (01) porche, una (01) sala, cuatro (04) cuartos, tres de ellos con closet, una (01) sala de baño, una (01) cocina con mesones revestidos en cerámica, un (01) lavadero, dos (02) aljibes, cercado con paredes de bloques, pérgolas y ciclón. Con un área de construcción de aproximadamente CIEN METROS CUADRADOS (100 Mts2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son las siguientes: QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS (585,60 Mts2.) y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vía pública; SUR: Terreno de Mirella Ortiz; ESTE: Casa de José Castillo y OESTE: Casa de Graciela Meléndez. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0013 de fecha seis (06) de junio de dos mil catorce (2014) emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos FANNY LOURDES FERRER ALEMAN y ARCENIO JOSE LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V- 4.104.376 y V-11.458.809 respectivamente, domiciliados el sector Km 15 de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURAR A LA CIUDADANA LIEVANA CHIQUINQUIRA RANGEL DE GONZALEZ EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 280.000,00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana LIEVANA CHIQUINQUIRA RANGEL DE GONZALEZ, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante LIEVANA CHIQUINQUIRA RANGEL DE GONZALEZ. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.

Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los treinta (30) días del mes de junio de dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.

En la misma fecha de hoy, 30/06/2014, siendo la diez y veinte (10:20 am) antes-meridiem, se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.634-14. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.