REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 14/03/2014 se doicta auto dandole entrada a el exhorto emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 04 folios útiles, copia certificada de la solicitud y del auto de admisión, recibido mediante Oficio Nº 099-2014, de fecha 10/03/2014, relacionado con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 24-2.014, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano YONIS RAFAEL LEAL REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.515.282, asistido por el abogado OSWALDO JESÚS MADRIZ ROBERTY, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 101.864, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 17/03/2014,se dicta auto proveyendo diligencia constante de un (01) folio útil, suscrita por el ciudadano YONIS R. LEAL R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.515.282, asistido por el abogado OSWALDO J. MADRIZ R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 101.864, quien con el carácter acreditado en autos manifiesta: PRIMERO: confiere Poder Apud-Acta al Abg. OSWALDO J. MADRIZ R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 101.864, por ante este Tribunal, para que lo represente y defienda sus derechos e intereses en la práctica de la presente Inspección, donde las facultades enunciados en éste Poder no son limitativas para una mayor y mejor defensa y, SEGUNDO: solicita se fije oportunidad para la práctica de la presente Inspección Judicial, conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas.
En consecuencia, este Tribunal, de acuerdo tener como parte en la presente Inspección Judicial al profesional del derecho OSWALDO J. MADRIZ R., ya identificado, en cuanto al petitorio formulado por el ciudadano YONIS R. LEAL R., debidamente asistido de su Abogado, ya identificados, fija oportunidad para la evacuación de la presente Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, para el día 18/03/2014, a las 9:00 a.m., por cuanto ha sido jurada la urgencia del caso. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.