REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 05 DE MAYO DEL 2.014.
AÑOS: 204º Y 155º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: ELIMES ANTONIO RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.248.586, venezolano, mayor de edad, soltero, de Profesión u Oficio Comerciante, domiciliado en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión del Estado Falcón, civilmente hábil, asistido en este acto por el Ciudadano: LUIS EDUARDO CHIRINOS NAVARRO, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 168.158, titular de la cédula de identidad N° V-7.350.923, con domicilio procesal en La Calle Páez, casa N° 42, de la población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: ELIMES ANTONIO RODRIGUEZ, sobre: unas Bienhechurias constantes de Una (01) casa de habitación Familiar de dos niveles, PRIMER NIVEL O PLANTA BAJA: Construida con paredes de bloque, friso por ambas caras, instalaciones Eléctricas, instalaciones de Aguas Blancas y Negras empotradas, Dos (02) cuartos, Una (01) sala, Una (01) cocina, Un (01) comedor, Un (01)baño empotrado en cerámica, Piso de Cemento Pulido, Techo de Platabanda, Ventanas y Puertas de Metal, y un garaje techado con acerolit, con Área de construcción de OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS, (82.00 MTS2). NIVEL DOS O PLANTA ALTA: Paredes de bloque, friso por ambas caras, inslaciones Eléctricas, instalaciones de aguas blancas y negras empotradas, Dos (02) cuartos, Una Cocina, Un (01) baño empotrado en cerámica, techo de acelolit, ventanas y puertas de metal. Con un Área de Construcción de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (32.80 MTS2). Para un área total de construcción de: CIENTO CATORCE METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (114.80 MTS2) la Mismas se encuentran enclavadas en Terrenos Municipales Ubicados en la Calle Sucre de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz, Municipio Unión del Estado Falcón, en una extensión superficial de, QUINIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (590.76 MTS2), siendo sus linderos generales siguientes:
NORTE: Con Calle Sucre.
SUR: Con Sucesores de Misael Rodríguez.
ESTE: Con Sucesores de Elpidio Yánez.
OESTE: Con Propiedades de Neptalí Mendoza.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (800.000, oo BS.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CINCO (05) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE. (05-05-2.014) AÑOS: 204° Y 155°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-