República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 19 de mayo de 2014
Años: 203° y 155°

Expediente: No. 733-14

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD

Solicitante: IBRAHIM ANTONIO REYES CHIRINOS.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, presentada por el ciudadano IBRAHIM ANTONIO REYES CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-12.736.377, domiciliado en el sector Los Pedros de la población y parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio YUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARE, abogada en ejercicio, titular de la cedula de identidad personal N°-V-15.312.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963 domiciliada en Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de propiedad a su favor de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sobre una vivienda, construida con paredes de bloques, pisos de cemento y techo de zinc. Compuesta de: Un (01) porche, una (01) sala-comedor, dos (02) habitaciones, una (01) sala de baño revestida en cerámica, una (01) cocina revestida en cerámica y un (01) lavadero revestido en cerámica, ventanas corredizas con puertas de vidrios y protecciones, posee todas sus instalaciones eléctricas y sanitarias. Con un área de construcción de aproximadamente: SEIS (06) METROS DE ANCHO por ONCE METROS CON OCHENTA CENTIMETROS (11,80 Mts) DE LARGO, para un área total de: SETENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (70,80 Mts.2). Construida sobre una parcela de terreno Municipal cuya medida es: TREINTA Y CUATRO (34 Mts) METROS DE ANCHO por CINCUENTA Y DOS METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (52,50 Mts) DE LARGO, para un área total de: MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.785 Mts.2), y alinderada de la siguiente manera: NORTE: carretera Falcón-Zulia; SUR: Carretera Williams; ESTE: Casa propiedad de Ramón Leal o de Avelina Villasmil y OESTE: Casa propiedad de Alenis Acedo. Ubicada en el sector Los Pedros de la población y parroquia Casigua del Municipio Mauroa del Estado Falcón. Visto igualmente las resultas del oficio N°. 0009 de fecha veintinueve (29) de abril de dos mil catorce (2014), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos MIVEL DE LA CHIQUINQUIRA GONZALEZ DE OSUNA y BENJAMIN SEGUNDO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-12.468.285 y V- 5.937.439 respectivamente, domiciliados en la población y parroquia Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud; ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURAR AL CIUDADANO IBRAHIM ANTONIO REYES CHIRINOS EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA,, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000.00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano IBRAHIM ANTONIO REYES CHIRINOS, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante IBRAHIM ANTONIO REYES CHIRINOS. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los diecinueve (19) días del mes de mayo de dos mil catorce (2014). Años: 203° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
La Secretaria,

Abg. CILENIZ TIGRERA.

En la misma fecha de hoy, 19/05/2014, siendo las diez y veinte (10:20) antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.623-14. Conste.-

La Secretaria,

Abg. CILENIZ TIGRERA.