REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
MAPARARI, 24 DE NOVIEMBRE DE 2.014
AÑOS: “204° y 155°”

Nª. 48-2014.-
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la Ciudadana: ALEXANDRA MARIA DIAZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la Calle Sin Nombre, Sector Los Países II, de la Ciudad de Churuguara, Parroquia Churuguara del Municipio Federación del Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad Personal N°. 17.857.462, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio JOSE ANGEL SANCHEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Personal N°. 17.103.660, inscrito en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO bajo el N°. 168.135, con DOMICILIO PROCESAL en la Urbanización Omar Revilla, Casa N° 09 de la Ciudad de Churuguara, Capital del Municipio Federación, Estado Falcón. Examinados como han sido los DOCUMENTOS CONSIGNADOS por la parte interesada el PLANO TOPOGRAFICO DEL TERRENO debidamente revisado por la SINDICATURA MUNICIPAL del Municipio Federación, Estado Falcón e INFORME de la misma SINDICATURA MUNICIPAL del Municipio Federación, Estado Falcón, e igualmente las declaraciones de los testigos JOANETTE JOSEFINA PRIMERA CUICAR Y CARLOS JAVIER RONDON ROJAS venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cedulas de Identidad Personales Nros. 12.182.244 y 6.983.706, respectivamente, domiciliados la primera en el Sector Los Países II de la Ciudad de Churuguara y el segundo en el Callejón San Pablo, de la Ciudad de Churuguara Capital del Municipio Federación del Estado Falcón, promovidos en el presente asunto y rendidas por ante este Tribunal en Fecha 21-11-2.014. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la RESOLUCIÓN N°. 2009-0006 de FECHA 18-03-2.009 dictado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicado en la GACETA OFICIAL de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA N°. 39.152 de FECHA 02-04-2.009, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD a favor de la ciudadana: ALEXANDRA MARIA DIAZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, viuda, domiciliada en la calle Democracia entre calles Bolívar y Portocarrero, Sector La Sabana, de la Ciudad de Churuguara, Parroquia Churuguara del Municipio Federación del Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad Personal N°.17.857.462, sobre unas bienhechurias la cual posee un área de construcción de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (58 Mts2), constituida por una (01) casa de habitación familiar que cuenta con una (01) sala, una (01) cocina, dos (02) cuartos, un (01) baño, todo con techo de zinc, paredes de bloques, piso de concreto, ventanas de madera y puertas de hierro y protectores de hierro. Dicha casa se encuentra enclavada sobre una PARCELA DE TERRENO MUNICIPAL con una medida superficial de CUATROCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (461 Mts2), ubicada en la calle Sin Nombre Sector Los Países II de la ciudad de Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con terreno desocupado, SUR: Con calle sin nombre, ESTE: Con terreno y casa de Rómulo Cuicas, OESTE: Con terreno y casa de Alexandra Chirinos. El valor de dichas bienhechurías es la cantidad CIENTO SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (BS. 175.000).

Entréguese a la parte interesada original de su solicitud con todas las declaraciones, previa CERTIFICACIÓN por SECRETARIA de una COPIA de las mismas, la cual se dejará en el archivo de este Tribunal. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Mapararí, a los Veinticuatro (24) días del mes de Noviembre del Dos Mil Catorce (2.014). Años: 204° y 155°.-
EL JUEZ PROVISORIO. ABOG: ARCANGEL REYES HERNANDEZ.- LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES.-


NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES