República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 10 de noviembre de 2014
Años: 204° y 155°


Expediente: No. 768-14

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: SHEILA GREGORIA CORDERO COLINA. Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-12.712.744, domiciliada en el sector Los Tanques de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Abogada Asistente: JUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARE, titular de la cedula de identidad personal N° V-15.312.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963, domiciliada en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana SHEILA GREGORIA CORDERO COLINA. Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-12.712.744, domiciliada en el sector Los Tanques de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio JUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARE, titular de la cedula de identidad personal N° V-15.312.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963, de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa construida con paredes de bloques, piso de cerámica, caico y porcelanato y techo de acerolit, zinc, zinduteja y platabanda; compuesta de: Un (01) porche con platabanda y piso de cemento, una (01) sala, tres (03) habitaciones, una (01) cocina con piso de caico y porcelanato, un (01) comedor, dos (02) salas de baños revestidas con cerámica, un (01) estacionamiento con piso de cemento y techo de zinc y zinduteja, un (01) lavadero con piso de cemento y techo de zinc, posee todas sus instalaciones eléctricas y sanitarias, ventanas corredizas, portones de hierro y puertas de hierro. Con un área de construcción de DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS (208,27 Mts2); construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (300 Mts2). Ubicada en el sector Los Tanques de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa de Mercedes Chirinos; SUR: Vía Pública; ESTE: Casa de Raquel Gutiérrez y OESTE: Vía pública. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0024 de fecha tres (03) de noviembre de dos mil catorce (2014), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos JOSE ALBERTO GONZALEZ GUTIERREZ y LORELBIS LOURDES ROSILLO DORANTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-19.544.783 y V-25.783.834 respectivamente, domiciliados en esta población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE A LA CIUDADANA SHEILA GREGORIA CORDERO COLINA EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA CASA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000.00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana SHEILA GREGORIA CORDERO COLINA, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante SHEILA GREGORIA CORDERO COLINA. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.

Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los diez (10) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.


En la misma fecha de hoy, 10/11/2014, siendo las doce y cinco (12:05 pm) post-meridiem, se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.684-14. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.