REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 20 de Noviembre de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2013-000114
ASUNTO : IP01-S-2013-000114


AUTO DE EJECUTORIEDAD DE SENTENCIA

En atención al principio de legalidad, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, pasa de seguidas a practicar el Cómputo de Pena que corresponde al ciudadano : LUIS ALBERTO PALENCIA ROSALES, titular de la cédula de identidad N° 21.546.796, con domicilio en el sector El isiro, detrás del centro Padre Pio, Municipio Miranda del estado Falcón, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41, respectivamente, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: LILIANA DEL CARMEN MARRUFO RIVERA; actualmente bajo medida cautelar sustitutiva de libertad.

CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO

A los fines de practicar el cómputo de pena correspondiente, es menester considerar que en fecha 09 de Febrero de 2011 es detenido policialmente el precitado penado y para la fecha 11 de febrero del mismo año el tribunal primero de primera instancia con competencia sobre violencia de la mujer de este circuito judicial decreta medida cautelar sustitutiva de libertad, por lo que el penado ha estado privado de libertad durante un lapso de Dos (02) días, por lo que el penado debe cumplir UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN.

Ahora bien, en virtud del quantum de la pena impuesta conforme a lo pautado en el artículo 493 de nuestra Ley Adjetiva Penal, el mismo puede optar por la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al igual que al resto de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de la Pena de la siguiente forma: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplirla mitad de la pena impuesta. REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 2/3 de la pena. LIBERTAD CONDICIONAL y conmutación del resto de la pena por cumplir en CONFINAMIENTO: Al cumplir las ¾ partes de la pena impuesta. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley: Declara ejecutada la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Segundo de control con competencia en violencia contra la mujer de este Circuito Judicial Penal y practica cómputo de pena correspondiente en la causa seguida al ciudadano LUIS ALBERTO PALENCIA ROSALES, titular de la cédula de identidad N° 21.546.796, con domicilio en el sector El isiro, detrás del centro Padre Pio, Municipio Miranda del estado Falcón, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41, respectivamente, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: LILIANA DEL CARMEN MARRUFO RIVERA; actualmente bajo medida cautelar sustitutiva de libertad. Todo conforme a lo previsto en los artículos 471 y 474 del código orgánico procesal penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese a la Dirección de Antecedentes Penales del Ministerio de Justicia remitiendo Copia certificada de la Sentencia Condenatoria. Notifíquese al penado de marras a los fines de su comparecencia al acto de imposición del presente auto para el día 27 de Noviembre de 2014, a las 10:30 horas de la mañana. Cúmplase.-

EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
MARIDELIS ALEXANDRA SANCHEZ