REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 4 de Noviembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2013-002914
ASUNTO : IP11-P-2013-002914
AUTO DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Por cuanto en esta misma fecha se celebro audiencia de verificación de Condiciones, en el asunto seguido a los ciudadanos: LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.516.834, de 34 años de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 24/09/1978, grado de instrucción académica tercer año de bachillerato, Domiciliado en: Sector la Chinita, callejo Páez casa sin numero, cerca de pipas, parroquia norte, casa sin número de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Doris Prieto y Orlando Rodríguez. Teléfono Nº 0426-8641485. se pasó a interrogar al imputado sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera: YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.551.292, de 21 años de edad, estado civil soltero, de ocupación obrero, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 07/09/1991, grado de instrucción académica tercer grado de primaria, Domiciliado en: Sector la Chinita, calle la rosa casa sin numero diagonal al colegio de las monjas, color verde, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Coromoto Arcila y José Vargas. Teléfono Nº sin numero. se pasó a interrogar al imputado sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera: CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.309.648, de 27 años de edad, estado civil soltero, de ocupación mecánico, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 05/08/1985, grado de instrucción académica tercer año de bachillerato, Domiciliado en: Sector Ezequiel Zamora, calle 3 casa numero 21, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Pedro Muset y Consuelo Padilla. Teléfono Nº 04163616976, 0269-2477566. se pasó a interrogar al imputado sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera: FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.500.913, de 30 años de edad, estado civil soltero, de ocupación plomero, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 01/02/1983, grado de instrucción académica segundo año de bachillerato, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, casa sin frisar antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Inés de López y Felipe López. Teléfono Nº 0426-2699387. se pasó a interrogar al imputado sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera: ANGEL AUGUSTO PRIETO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.600.012, de 30 años de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 03/051982, grado de instrucción académica segundo año de bachillerato, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, casa sin frisar antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Doris Prieto Y Angel Gómez(+). Teléfono Nº 0416-0683071. se pasó a interrogar al imputado sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera: CESAR JEREMIAS REYES GALLO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.333.521, de 25 años de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 24/09/1987, grado de instrucción académica cuarto grado de primaria, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, casa sin frisar antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Gladis Gallo y Jeremia Reyes Teléfono Nº no tiene. se pasó a interrogar al imputado sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera: DEIBI RAFAEL BORGES, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.010.171, de 25 años de edad, estado civil soltero, de ocupación obrero, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 25/09/1986, grado de instrucción académica tercer grado de primaria, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, en toda la entrada, casa blanca antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Sergio Chirino y Ilaria Borges Teléfono Nº NO TIENE por la comisión del delito: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 7°, del Código Penal venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en la cual el tribunal se reservo el derecho de dictar el sobreseimiento en el presente asunto, en auto por separado, por cuanto el Fiscal del ministerio Publico no acudió a la audiencia, procede en consecuencia este Tribunal a publicar la decisión en el presente asunto de la siguiente manera: En el día de hoy, Martes Cuatro (04) de Noviembre de 2014, siendo las 10:55 de la mañana, oportunidad fijada para llevarse a efecto la Audiencia Oral de Verificación de Condiciones en el presente asunto; previo lapso de espera para la comparecencia de las partes, se constituyo en la Sala Nº 3, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control, Estadales y Municipales, a cargo del ciudadano Juez ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS, debidamente acompañado del secretario de Sala ABG. TIBISAY TELLEZ; a los fines de realizar audiencia Oral de Verificación de Condiciones, con relación a los ciudadanos: LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, ANGEL AUGUSTO PRIETO, CESAR JEREMIAS REYES GALLO y DEIBI RAFAEL BORGES, la ciudadana Juez, instó al secretario de sala a verificar la presencia de las partes convocadas a la presente audiencia, a tal efecto se encuentran en esta sala de audiencias los imputados LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, ANGEL AUGUSTO PRIETO, CESAR JEREMIAS REYES GALLO y DEIBI RAFAEL BORGES, y el defensor privado ABG. GILBERTO ZERPA, se deja constancia de la incomparecencia ABG. DILIA GUTIERREZ, en su condición de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Falcón, de los imputados, asistido por el ABG. GILBERTO ZERPA. De igual manera el ciudadano Juez informa a los presentes la por cuanto se encuentran consignados los requisitos de los Ciudadanos: LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, ANGEL AUGUSTO PRIETO, CESAR JEREMIAS REYES GALLO quienes cumplieron con las condiciones que le impusiera al tribunal al momento de celebrarse la audiencia de presentación, como lo fueron consignar CARTA DE TRABAJO, CARTA DE RESIDENCIA Y EL INFORME PRESENTADO POR EL CONSEJO COMUNAL, cumplieron con las condiciones impuestas por el tribunal, motivo por el cual este Tribunal se reserva decretar el Sobreseimiento por Auto separado, el cual se hará conforme a lo establecido en el articulo 161 del C.O.P.P. en relación al ciudadano: DEIBI RAFAEL BORGES, por cuanto se evidencia que por la comunicaron emitida por el coordinador de alguaciles se evidencia que el mismo cumplió con el trabajo comunitario, pero no cumplió con las presentaciones ante el tribunal, le reapertura el lapso de presentaciones para que se presente ante el tribunal cada 30 días por el lapso de seis meses a los fines del cumplimiento total del cumplimiento de las condiciones impuestas por el Tribunal, fijándose como fecha para la celebración de la misma para el día 04 de mayo del 2015 a las 10:00 a. m. Seguidamente el ciudadano Juez, explicó por separado a cada uno de los imputados y a las partes presentes la importancia de la presente audiencia, y que la audiencia continuará aunque no declare y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, libre de apremio y coacción, imponiéndole del Precepto Constitucional consagrado en el Ordinal 5to del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, explicándole sin tecnicismos jurídicos el motivo de la presente audiencia manifestando cada uno y a viva voz, “ no querer declarar”.
ALEGATOS DE LA DEFENSA
Seguidamente se le concedió la palabra a la defensor publico cuarto ABG. Gilberto Zerpa quien expuso “Ciudadano verificada las condiciones impuestas, se decrete el Sobreseimiento del presente asunto, conforme a lo establecido en el artículo 361 ordinal 2º de la Norma Adjetiva Penal. En concordancia con los artículos 49 numeral 7 y 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. De igual manera solicito 06 Juegos de Copias Certificadas de la presente causa y inclusive del Auto, Es todo” Seguidamente el ciudadano Juez oídas las exposiciones de todas las partes; y revisada las actuaciones que conforman la presente causa, Resuelve: En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Verificado como ha sido el cumplimiento de las condiciones impuestas a los ciudadanos: LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, ANGEL AUGUSTO PRIETO, Y CESAR JEREMIAS REYES GALLO, en relación al ciudadano: DEIBI RAFAEL BORGES, por cuanto se evidencia que de la comunicación emitida por el coordinador de alguaciles se evidencia que el mismo cumplió con el trabajo comunitario, pero no cumplió con las presentaciones ante el tribunal, se le reapertura el lapso de presentaciones para que se presente ante el tribunal cada (30) días por el lapso de seis (06) meses a los fines del cumplimiento total del cumplimiento de las condiciones impuestas por el Tribunal, fijándose como fecha para la celebración de la misma para el día 04 de mayo del 2015 a las 10:00 a. m. SEGUNDO: La presente decisión, se publicará dentro del lapso legal establecido en el artículo 161 del COPP, en los mismos términos explanados en la presente audiencia, mediante auto separado. Se acuerdas los 06 juegos de copias certificadas solicitadas por la defensa privada.
ANTECEDENTES DEL CASO
En fecha 27 de junio de 2013, se celebro por ante este Tribunal, audiencia de presentación de los imputados LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, ANGEL AUGUSTO PRIETO, CESAR JEREMIAS REYES GALLO y DEIBI RAFAEL por el delito de: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 7°, del Código Penal venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, acordándole en la mencionada audiencia, la suspensión condicional del proceso Penal por un lapso de SEIS (6) MESES, imponiéndole como condiciones 1) Someterse por un lapso de seis (6) meses al Trabajo comunitario impuesto por el Consejo Comunal de su sector, 2) Consignar Constancia de Trabajo y Constancia de Residencia ante este Tribunal y 3) Cumplir con la medida cautelar impuesta de presentación ante este Tribunal cada 30 días.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Ahora bien, verifica este Tribunal, que desde la fecha en que se le decreto la suspensión Condicional del Proceso, a la imputada de autos, han transcurrido mas de seis meses del plazo de régimen de prueba acordado, y que los imputados YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, ANGEL AUGUSTO PRIETO y CESAR JEREMIAS REYES GALLO, consignaron constancias de Trabajo, de residencia y de haber cumplido el trabajo comunitario en el consejo comunal Bicentenario Etapa 1, ubicado en el sector los Rosales Punta Cardon del Municipio Carirubana, del Estado Falcón, asimismo se evidencia que los mismos se presentaron al Tribunal cada 45 días tal y como se le impuso, motivo por el cual este Tribunal considera cumplidas la Obligaciones que le fueran impuestas a la imputada de autos, con ocasión a la audiencia de presentación y en la cual se le acordó la Suspensión Condicional del Proceso. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Verificados como han sido las condiciones impuestas por este Tribunal a los imputados en el presente asunto SE DECRETA a favor de los ciudadanos LUIS OMAR GOMEZ PRIETO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.516.834, de 34 años de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 24/09/1978, grado de instrucción académica tercer año de bachillerato, Domiciliado en: Sector la Chinita, callejo Páez casa sin numero, cerca de pipas, parroquia norte, casa sin número de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Doris Prieto y Orlando Rodríguez. Teléfono Nº 0426-8641485. YULIANDRIS JOSÈ VARGAS ARCILA, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.551.292, de 21 años de edad, estado civil soltero, de ocupación obrero, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 07/09/1991, grado de instrucción académica tercer grado de primaria, Domiciliado en: Sector la Chinita, calle la rosa casa sin numero diagonal al colegio de las monjas, color verde, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Coromoto Arcila y José Vargas. Teléfono Nº sin numero. CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.309.648, de 27 años de edad, estado civil soltero, de ocupación mecánico, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 05/08/1985, grado de instrucción académica tercer año de bachillerato, Domiciliado en: Sector Ezequiel Zamora, calle 3 casa numero 21, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Pedro Muset y Consuelo Padilla. Teléfono Nº 04163616976, 0269-2477566. FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.500.913, de 30 años de edad, estado civil soltero, de ocupación plomero, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 01/02/1983, grado de instrucción académica segundo año de bachillerato, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, casa sin frisar antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Inés de López y Felipe López. Teléfono Nº 0426-2699387. de la siguiente manera: ANGEL AUGUSTO PRIETO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.600.012, de 30 años de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 03/051982, grado de instrucción académica segundo año de bachillerato, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, casa sin frisar antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Doris Prieto Y Angel Gómez(+). Teléfono Nº 0416-0683071 y CESAR JEREMIAS REYES GALLO, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.333.521, de 25 años de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil, natural de Punto Fijo Estado Falcón, fecha de nacimiento 24/09/1987, grado de instrucción académica cuarto grado de primaria, Domiciliado en: Sector la chinita callejón Páez, casa sin frisar antes de entrar al callejón preescolar de pacomin, parroquia norte, de esta ciudad de Punto Fijo estado Falcón, hijo de Gladis Gallo y Jeremia Reyes Teléfono Nº no tiene. EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 7°, del Código Penal venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por el cumplimiento de condiciones establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal reformado. SEGUNDO: Se declara extinguida la acción penal en el presente asunto. TERCERO: Cesan todas las medidas de coerción personal dictadas en contra del imputado de autos. CUARTO: La presente resolución será publicada de conformidad a lo previsto en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con los artículos 300 ordinal 3 y 46 del Código Orgánico Procesal Penal. QUINTO: en relación al ciudadano: DEIBI RAFAEL BORGES, por cuanto se evidencia que de la comunicación emitida por el coordinador de alguaciles se evidencia que el mismo cumplió con el trabajo comunitario, pero no cumplió con las presentaciones ante el tribunal, se le reapertura el lapso de presentaciones para que se presente ante el tribunal cada (30) días por el lapso de seis (06) meses a los fines del cumplimiento total del cumplimiento de las condiciones impuestas por el Tribunal, fijándose como fecha para la celebración de la misma para el día 04 de mayo del 2015 a las 10:00 a. m. SEGUNDO: La presente decisión, se publicará dentro del lapso legal establecido en el artículo 161 del COPP, en los mismos términos explanados en la presente audiencia, mediante auto separado. Se acuerdas los 06 juegos de copias certificadas solicitadas por la defensa privada. ASI SE DECIDE.
La presente publicación se dicta dentro del lapso del artículo 161 del Código Organito Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS
SECRETARIA DE SALA
ABG. TIBISAY TELLEZ