REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 13 de Octubre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-O-2014-000091
ASUNTO : IP01-O-2014-000091
AUTO SOLICITANDO EL EXPEDIENTE PRINCIPAL
Por cuanto a esta Corte de Apelaciones ha ingresado en fecha 02 de octubre de 2014, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano WILMER ZARRAGA Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 9.521.238 asistido en este acto Constitucional Abogado SALVADOR GUARECUCO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.203.872, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el número 101.837, con domicilio procesal en la calle Falcón, con calle Iturbe, C.C Paseo San Miguel, Piso 01, Oficina 07, Edificio Banco del Tesoro, Escritorio Jurídico San Juan Bosco de la ciudad de Santa Ana de Coro del estado Falcón contra el Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control a cargo del Juez ABG. JOSE ANGEL MORALES, por cuanto presuntamente se abstuvo de pronunciarse sobre el pedimento efectuado en fecha 26 de septiembre 2014, sobre el acto de juramentación.
En esta misma fecha se aboca al conocimiento del presente asunto la Abg. Carmen Natalia Zabaleta, integrante de esta Corte de Apelaciones por encontrarse de vacaciones y de reposo médico.
Ahora bien, este Tribunal Superior a los fines de resolver efectivamente la acción interpuesta por el ciudadano antes mencionado asistido por Defensor privado y a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales y siguiendo doctrinas asentadas por la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 1.290 del 27/07/2011, ordena oficiar a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del estado Falcón Abg. Edglimar García, a los fines de que remita a esta Alzada con carácter de urgencia el Asunto Principal signado con el Nº IP01-P-2014-003408.
Así decide esta Corte de Apelaciones administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cúmplase. Líbrese oficio. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones, a los 13 de octubre de 2014.
CARMEN NATALIA ZABALETA
JUEZA PROVISORIA y PONENTE
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT ABG. GLENDA ZULAY OVIEDO
JUEZ PROVISORIO JUEZA TITULAR
ABG. JENNY OVIOL RIVERO
SECRETARIA
En esta fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
RESOLUCION N° IGO12014000626