REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 17 de Octubre de 2014
204º y 155º


ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2010-000227
ASUNTO : IP01-D-2010-000227




REPROGRAMANDO JUICIO ORAL Y PRIVADO


De la revisión de la presente causa se observa que en fecha 21 de marzo de 2014 se fijó audiencia para la apertura del debate Oral y Privado en la presente causa; y visto que la misma se no realizo, en virtud de que este Tribunal no aperturo sus horas de despacho, por cuanto el Presidente de la Republica Bolivariana de Venezuela lo decreto no laborable, por lo cual se acuerda reprogramar y se fijó para el Lunes 31 de marzo del 2014 a las 02:30 de la tarde; al joven adulto JOSE DANIEL GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y ROBO AGRAVADO, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO y REGINO VILLASMIL, y visto que la misma se no realizo,; sin embargo de la revisión del presente asunto y del Juris 2000, no se observa que en la fecha antes señalada se le haya dado la apertura del presente juicio ni en fecha posterior.-

Ahora bien, de la revisión del Calendario Judicial llevado por éste Despacho y de la revisión del Libro Diario; se observa desde la ultima audiencia de juicio hasta el día de hoy, 17 de octubre de 2014 han transcurrido más de 10 días de audiencias transcurridas, sin la reanudación del debate oral y privado; en consecuencia, lo procedente ajustado a derecho, es declarar la interrupción del juicio seguido contra el joven adulto JOSE DANIEL GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y ROBO AGRAVADO, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO y REGINO VILLASMIL, conforme lo establecido en el articulo 588 tercer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, por ser esta una norma especial que expresamente consagra los lapsos para la suspensión del debate; asimismo, en aras de proseguir el curso de Ley, se acuerda fijar nuevamente el JUICIO ORAL Y PRIVADO para el día (11) DE NOVIEMBRE DE 2014 a las 10:00 de la mañana, en atención a la disponibilidad de la Agenda. Y así se decide.-

En consecuencia este Tribunal de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: 1.- Declara interrumpido el JUICIO ORAL Y PRIVADO iniciado contra el joven adultos JOSE DANIEL GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y ROBO AGRAVADO, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO y REGINO VILLASMIL; de conformidad al articulo 588 tercer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente. Se acuerda fijar oportunidad para la celebración del Juicio Oral y Privado el día ONCE (11) DE NOVIEMBRE DE 2014 a las 10:00 de la mañana. Notifíquese a las partes. En Santa Ana de Coro Estado Falcón a los diecisiete días del mes de Octubre del presente año Cúmplase

Abg.: NIRVIA GOMEZ GONZALEZ
Jueza de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente



Abg. ELYMARY MARRUFO
SECRETARIA DE SALA