República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 28 de abril de 2015
Años: 205° y 156°
Expediente: No. 789-15
Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.
Solicitante: ALIDA JOSEFINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad personal N°. V-3.702.032, domiciliada en el sector La Chamarreta de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.
Abogado Asistente: RICHARD JOSE VILLA MENDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N° V-10.706.997 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 227.534, domiciliado en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana ALIDA JOSEFINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad personal N°. V-3.702.032, domiciliada en el sector La Chamarreta de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio RICHARD JOSE VILLA MENDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N° V-10.706.997 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 227.534, domiciliado en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa construida con paredes de bloques, piso de cemento y cerámica y techo de acerolit; compuesta de: Un (01) porche con techo de platabanda, una (01) sala-comedor, una (01) sala de estar, una (01) cocina revestida con cerámica, tres (03) cuartos, dos (02) baños revestidos en cerámica y un (01) lavadero con techo de zinc y piso de cemento, cercada con bloques y rejas y todo el piso del solar se encuentra encementado y tiene un (01) portón de hierro. Con un área de construcción de DOSCIENTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (256,44 Mts2); construida sobre una parcela de terreno propio cuyas medidas son: DOCE METROS (12 Mts.) DE ANCHO por TRENTA Y CUATRO METROS (34 Mts.) DE LARGO para un área total de CUATROCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (408 Mts2), el cual le pertenece según documento protocolizado por la Oficina de Registro Público del Municipio Mauroa del Estado Falcón, en fecha primero (01) de diciembre de dos mil catorce (2014), anotado bajo el N°. 6, Folios 44 fte. Al 48 fte. Tomo II, Protocolo Primero del Cuarto Trimestre. Ubicada en sector La Chamarreta de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa de Celestino García; SUR: Casa de Mariseli Galicia; ESTE: Calle Unión y OESTE: Casa de Filiberto Gutiérrez. Visto igualmente las declaraciones de los testigos ciudadanos RAIZA MARGARITA CHIRINOS DE GONZALEZ y DAVID ABRAHAN GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-7.471.019 y V-5.180.091 respectivamente, domiciliados en la urbanización Los Cortijos de Lourdes, III etapa, Calle Unión de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE A LA CIUDADANA ALIDA JOSEFINA SANCHEZ EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA CASA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000.00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana ALIDA JOSEFINA SANCHEZ, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante ALIDA JOSEFINA SANCHEZ. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
La Secretaria,
Abg. CILENIZ TIGRERA.
En la misma fecha de hoy, 28/04/2015, siendo las doce y cuarenta post-meridiem (12:40 pm), se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.745-15. Conste.-
La Secretaria,
Abg. CILENIZ TIGRERA.
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