REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 22 de ABRIL de 2.015
Años: 204º y 155º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 024-2015, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el (la) ciudadano (a): GALA AVELINA MILLAN DE SCARCELLA, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.962.035, domiciliada en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, debidamente representada por los abogados en ejercicio KATIA GARCIA LLAMOZAS y VICTOR JULUIO LLAMOZAS SIERRA, inpreabogado Nro. 30.769 y 30.768.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) DOUGLAS ENRIQUE MILLAN PEÑA, era venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 2.682.427, residenciado (a) en el Calle Comercio, entre Calles Libertad y Monzón, casa Nro. 68, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: DIECISEIS (16) DE OCTUBRE DE 2.012, (16/10/2.012) según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 1013, emitida por la COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL ELECTORAL DEL ESTADO FALCON. DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA en su condición de HERMANA a la ciudadana: GALA AVELINA MILLAN DE SCARCELLA, arriba identificada.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, a los VEINTIDOS (22) días del mes de ABRIL de 2015.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 204° de la Independencia y 156° de la Federación. Lcda. Adriana Oduber Garvet
La Juez Titular La Secretaria Accidental,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Florencia Cantini Reyes
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior y se devolvieron las resultas y las copias certificadas al solicitante. Conste
La Secretaria Accidental,
Abg. Florencia Cantini Reyes
SOL. 024