REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 28 de Abril de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-000032
ASUNTO : IP01-P-2009-000032
AUTO MOTIVADO DEJANDO SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSION
Se recibió ante este Tribunal escrito de presentación procedente de la Guardia nacional Bolivariana, mediante el cual coloca a disposición del tribunal al ciudadano JEAN CARLOS DELGADO, a quien se le sigue el presente asunto IP01-P-2009-000032, en virtud /que el mismo se encuentra solicitado por este Tribunal, Una vez revisadas las actuaciones que comprenden la presente causa este Juzgador observa que en fecha 26 de Octubre de 2012, fue presentado este ciudadano por la misma orden de aprehensión y en esa misma fecha se fijo audiencia Preliminar en el asunto en cuestión y se le acordó la revocatoria de la Orden de aprehensión.
Así mismo se le decretaron medida de presentación por ante este tribunal y se acuerda su libertad inmediata ordenándose librar los correspondientes oficios a los Organismos policiales y el Sistema Integrado de Policía SIPOL a los fines de dejar sin efecto la orden de Aprehensión en su contra por la presente causa.
Revisada con han sido las actuaciones en la presente causa este Tribunal acuerda la libertad Inmediata del ciudadano JEAN CARLOS DELGADO, Venezolano, de 32 años de edad, soltero, caletero, titular de la cédula de identidad N° 14.396.297, nacido en Coro, estado Falcón, en fecha 28 de Diciembre de 1.980, hijo de Jerónima Josefina Delgado, residenciado en la Calle Benedicto García, casa N° 20, cerca del Kinder, de la Ye a tres casas, Coro, municipio Miranda del estado Falcón, así como dejar sin efecto la orden de aprehensión en contra de este ciudadano por el asunto penal IP01-P-2009-000032, así mismo se acuerda librar los correspondientes oficios a los organismos policiales para dejar sin efecto dicha orden. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SE DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA DEL CIUDADANO JEAN CARLOS DELGADO, plenamente Identificado en la Presente causa de conformidad con lo establecido en el articulo 44 de l Constitución Nacional de la Republica bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se Ordena Librar los correspondientes oficios a los Organismos Policiales a los fines de dejar sin efecto la orden de Aprehensión que pesaba sobre este ciudadano por la presente causa y al Sistema Integrado de Policía del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas (SIPOL), Líbrense los correspondientes oficios a los fines de dar cumplimiento a la presente y líbrese boleta de libertad
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes de la presente decisión y déjese copia.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. JOSE ANGEL MORALES.
LA SECRETARIA
ABG. MARIELA PIRONA.
RESOLUCION Nro. PJ0012015000132
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