REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 15 de Abril de 2015
204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2013-010551
ASUNTO :

AUTO DE ACUMULACION DE CAUSAS

Por cuanto en fecha 10 de septiembre de 2014, la Corte de apelaciones del estado Falcon declaro sin lugar el CONFLICTO DE COMPETENCIA DE NO CONOCER, interpuesto por los Tribunales Quinto de control del circuito Judicial Penal del Estado Falcon, y el Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon, Extensión Punto Fijo, en el presente asunto seguido al ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, procede este Tribunal a realizar la respectiva acumulación de las causas seguidas al mencionado ciudadano de la siguiente manera:

ANTECEDENTES DEL CASO

En fecha 2 de agosto de 2013, los Fiscales Cuadragésimo Octavo y auxiliar Cuadragésimo Octavo, con competencia a nivel nacional, abogados VICTOR HUGO BARRETO Y JANETH LEON DAVILA, solicitaron al Tribunal Quinto de Control de Guardia con sede en coro, la Orden de Aprehensión del ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, por la presunta comisión de los delitos de Inmigración Ilícita, Trafico Ilegal de Personas y Asociación Ilícita para Delinquir, previstos y sancionados en los artículos 42 y 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y 45 de la Ley Orgánica de la Ley de identificación.

En fecha 3 de agosto de 2013 el Tribunal Quinto de Control de Guardia con sede en coro, decreto la Orden de Aprehensión solicitada en contra del ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, por la presunta comisión de los delitos de Inmigración Ilícita, Trafico Ilegal de Personas y Asociación Ilícita para Delinquir, previstos y sancionados en los artículos 42 y 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y 45 de la Ley Orgánica de la Ley de identificación, asignándole el numero de Nomenclatura IP01-P-2013-4633.

En fecha 15 de Agosto de 2013, es detenido en Flagrancia el ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, y es presentado por la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico ante este Tribunal Tercero, de Control el día 16 de Agosto de 2013, en el asunto Numero IP11-P-2013-10551, por la presunta comisión de los delitos de Otorgamiento Irregular de Documentos de identificación, previsto y sancionado en el articulo 44 de la Ley de Identificación, Forjamiento de Documentos Falsos, previsto y sancionado en el articulo319 del Código Penal, Asociación para delinquir, previsto en el articulo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Posesión Ilícita de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 11 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones, realizándose la audiencia en fecha 19 de Agosto de 2013, en la cual se le decreto la Medida Privativa de Libertad al mencionado ciudadano en el mismo auto se ordeno remitir al mencionado ciudadano, al Tribunal Quinto de Control de Coro, por cuanto pesaba sobre el una orden de aprehensión dictada por ese Tribunal.

En fecha 10 de Octubre de 2013, los Fiscales Cuadragésimo Octavo y auxiliar Cuadragésimo Octavo, con competencia a nivel nacional, abogados VICTOR HUGO BARRETO Y JANETH LEON DAVILA, presentaron formal escrito de acusación del ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, por ante Tribunal Quinto de Control con sede en coro, por la presunta comisión de los delitos de Inmigración Ilícita, Trafico Ilegal de Personas y Asociación Ilícita para Delinquir, previstos y sancionados en los artículos 42 y 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y 45 de la Ley Orgánica de la Ley de identificación.

En fecha 3 de Octubre de 2013 la Fiscal Sexta del Ministerio Publico abogada DILIA GUTIERREZ, presento formal escrito de acusación del ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, por ante este Tribunal Tercero de Control con sede en Punto Fijo, por la presunta comisión de los delitos Otorgamiento Irregular de Documentos de identificación, previsto y sancionado en el articulo 44 de la Ley de Identificación, Asociación para delinquir previsto en el articulo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Posesión Ilícita de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 11 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones.

En fecha 27 de agosto de 2014, la Juez Tercero (suplente) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon, Extensión Punto Fijo, Abogada Cecilia Perozo, en diferimiento de audiencia y vista la remisión a este Tribunal de la causa IP01-P-2013-4633, procedente del Tribunal Quinto de Control con sede en Coro, para ser acumulada en este Tribunal en la causa IP11-P-2013-10551, plantea el conflicto de Competencia de No Conocer y remite las actuaciones a la Corte de Apelaciones del Estado Falcon.

En fecha 10 de septiembre de 2014, la Corte de apelaciones del estado Falcon declaro sin lugar el CONFLICTO DE COMPETENCIA DE NO CONOCER, interpuesto por los Tribunales Quinto de control del circuito Judicial Penal del Estado Falcon, y el Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon, Extensión Punto Fijo, en el presente asunto seguido al ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, y declaro competente a este Tribunal Tercero de Control y ordeno la remisión de los asuntos para que continué el curso de Ley.
DE LA ACUMULACION

Ahora bien; verifica este Tribunal que en fecha 10 de septiembre de 2014, la Corte de apelaciones del estado Falcon declaro sin lugar el CONFLICTO DE COMPETENCIA DE NO CONOCER, interpuesto por los Tribunales Quinto de control del circuito Judicial Penal del Estado Falcon, y el Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon, Extensión Punto Fijo, en el presente asunto seguido al ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, y declaro competente a este Tribunal Tercero de Control, ordenando la remisión de los asuntos para que continué el curso de Ley, es por lo que este Tribunal procede a la respectiva acumulación de la causas N° IP01-P-2013-4633, procedente del Tribunal Quinto de Control con sede en Coro, en la causa IP11-P-2013-10551, correspondiente a este Tribunal.

DECISION

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de Este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: acordar la ACUMULACIÓN DE LA CAUSA causas N° IP01-P-2013-4633, procedente del Tribunal Quinto de Control con sede en Coro, en la causa IP11-P-2013-10551, correspondiente a este Tribunal, seguida al ciudadano POUYA MORFEFI THERANI, por la presunta comisión de los delitos de Inmigración Ilícita, Trafico Ilegal de Personas, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y 45 de la Ley Orgánica de la Ley de identificación, Otorgamiento Irregular de Documentos de identificación, previsto y sancionado en el articulo 44 de la Ley de Identificación, Asociación para delinquir previsto en el articulo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Posesión Ilícita de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 11 de la Ley para el Desarme y control de Armas y Municiones. SEGUNDO: Se da por terminada por acumulación de Autos, la causa distinguida con el IP01-P-2013-4633, y se anexa a la causa N° IP11-P-2013-10551. TERCERO: Por cuanto ambas causas se encuentra en etapa de celebración de Audiencia Preliminar, se fija la misma para el día LUNES 11 DE MAYO de 2015, a las 10:00 de la mañana. ASI SE DECIDE.

Notifíquese a las partes del auto de acumulación de causas y de la fijación de la audiencia preliminar. Cúmplase.

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS


LA SECRETARIA
ABG. CRISTINA COLINA