REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. Santa Ana de Coro, 11 de agosto de 2015.
AÑOS 205° Y 156°.
Este Tribunal Superior acuerda que por secretaria se practique cómputo de los días de Despacho transcurridos desde el día siguiente al 27 de julio de 2015, fecha en que se dictó la sentencia, hasta la presente fecha 11 de agosto de 2015, inclusive, para constatar la fecha en que vence el lapso para anunciar recurso de casación, conforme al presente expediente y al libro Diario de Labores del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abog. ANAID HERNÁNDEZ ZAVALA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. YELIXA TORRES BRIZUELA.
NOTA: La Suscrita Secretaria Temporal del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, abogada YELIXA TORRES BRIZUELA hace constar: Que desde el día de despacho siguiente al 27 de julio de 2015, fecha en que se dictó la sentencia, hasta la presente fecha 11 de agosto de 2015, inclusive, transcurrieron los siguientes días de despacho que son: 28, 29, 30 y 31 de julio; 3, 4, 5, 6, 7 y 10 de agosto de 2015, correspondiente al lapso para anunciar recurso de casación, y el 11 de agosto de 2015, correspondiente al décimo primer día para que el Tribunal se pronuncie sobre la admisibilidad o no del recurso de casación, para un total de ONCE (11) días de despacho, conforme al presente expediente y al Libro Diario del Tribunal. Santa Ana de Coro, fecha ut. Supra.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. YELIXA TORRES BRIZUELA.
AHZ/YTB/marta.
Exp. N° 5849.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN Santa Ana de Coro, 11 de agosto de 2015.
AÑOS 205° Y 156°.
Visto el anuncio del recurso de casación interpuesto por el abogado Gustavo Adolfo Bravo Jiménez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 74.353 (f. 183), apoderado judicial de la ciudadana CARMEN XIOMARA NUÑEZ COLLADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.586.762; contra el fallo N° 143-J-27-07-15, de fecha 27 de julio de 2015, dictada por este Tribunal, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado recurrente, contra la sentencia de fecha 8 de abril de 2015, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Tucacas, con motivo del juicio de MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO (CUADERNO DE MEDIDAS), seguido por la recurrente, contra el ciudadano MARIO NICOLA PINO FINOCCHI PERRICELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.564.896; quien suscribe; quien suscribe, para resolver su admisibilidad observa que por cuanto la demanda versa sobre posesión de estado y la capacidad de las personas, y visto que la Jurisprudencia Patria ha establecido que en dichas demandas no es obligatorio saber la cuantía para pronunciarse sobre los Anuncios de Casación; aunado a ello la caución fue establecida en doce millones de bolívares (Bs. 12.000.000,oo) equivalentes a ochenta mil unidades tributarias (80.000 U.T); en consecuencia, este Tribunal ADMITE el mencionado Recurso de Casación y ordena remitir el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abog. ANAID HERNÁNDEZ ZAVALA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. YELIXA TORRES BRIZUELA.
Nota: Se libró oficio Nº _________, remitiendo el presente expediente Nº 5849, en una (1) pieza, constante de ciento ochenta y seis (186) folios útiles, a la Sala de Casación Civil del Tribunal del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo ordenado en el auto anterior. Conste. Coro. Santa Ana de Coro. Fecha. Ut-Supra.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abog. YELIXA TORRES BRIZUELA.
AHZ/YTB/marta.
Exp. Nº 5849.-
Santa Ana de Coro, 11 de agosto de 2015.
Oficio No. _________.
CIUDADANO:
MAGISTRADO GUILLERMO BLANCO VÁSQUEZ
PRESIDENTE DE LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
SU DESPACHO.-
Con todo respeto me dirijo a usted, a fin de remitirle anexo al presente oficio, el expediente N° 5849, (Nomenclatura de este Tribunal), en una (1) pieza, constante de ciento ochenta y seis (186) folios útiles, contentivo del juicio de MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO (CUADERNO DE MEDIDAS), seguido por la ciudadana CARMEN XIOMARA NUÑEZ COLLADO, contra el ciudadano MARIO NICOLA PINO FINOCCHI PERRICELLI, en virtud del recurso de casación, ejercido y formulado en tiempo hábil por el abogado Gustavo A. Bravo Jiménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.353, apoderado de la demandante, contra la sentencia de fecha 27 de julio de 2015, dictada por este Tribunal. Todo conforme a la Ley.
DIOS Y FEDERACIÓN
Dra. ANAID HERNÁNDEZ ZAVALA
Jueza Superior
Anexo: lo indicado.
AHZ/YTB/patricia.
Exp. Nº 5849.-
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