REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN TUCACAS.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Tucacas, Once (11) de Agosto de Dos Mil Quince (2015).
205° y 156°
Visto el escrito y anexos acompañados presentado por el ciudadano EDUARDO ANTONIO VARGAS BRACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 13.307.050, debidamente asistido por la abogada RAFNERIS RIERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 189.006 por JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA sobre unas bienhechurias enclavadas en un lote de terreno denominado LOS LAGARTIJOS, ubicado en el sector Marite, Parroquia Tocuyo de la Costa, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, constante de una superficie aproximada de SIETE HECTÁREAS CON CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (7, 5128 ha/M²) y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Caño Dieguito El Estero y Terreno Ocupado por Manuel Vargas; SUR: Vía de Penetración al sector Marite y terreno ocupado por Omar Vargas; ESTE: Terreno ocupado por Manuel Vargas y OESTE: Caño Dieguito El Estero y terreno ocupado por Omar Vargas; désele entrada, anótese en los Libros respectivos y admítase cuanto ha lugar en Derecho a tenor de lo dispuesto en los artículos 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el cardinal 15 del artículo 197 ejusdem en concordancia con el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, este Tribunal atendiendo el principio procesal de la inmediación, fija a tenor de lo dispuesto en los artículos 190 y 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para el décimo tercer día calendario siguiente a éste a las ocho y treinta antes meridiem (08:30 a.m.), la oportunidad para que tenga lugar la práctica de una inspección judicial en el lote de terreno indicado en la solicitud; para lo cual, se acuerda oficiar lo conducente al Comando de la Guardia Nacional Bolivariana con sede en la población de Chichiriviche, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, a objeto de que un (1) funcionario acompañe al Tribunal para la práctica de la inspección acordada. Así mismo, se ordena oficiar a la Oficina Regional de Tierras del Estado Falcón con asiento en la ciudad de Santa Ana de Coro, a los fines de que un (1) funcionario profesional en el área de la Ingeniera Agrónoma o carrera afín adscrito a esa Oficina acompañe como práctico e ilustre al Tribunal en los aspectos de índole técnico que le sean requeridos. Finalmente, se acuerda celebrar en ese mismo acto la audiencia para escuchar las declaraciones de los testigos presentados. Habilítese el tiempo que sea necesario. Líbrense los oficios. Cúmplase todo lo ordenado.
La Jueza Provisoria,
ABOG. ROSA ISABEL FRANCA LUIS.
El Secretario,
ABG. JOHAN GARCIA BRITO.
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Número S-59-2015 y se cumplió todo lo demás ordenado en el auto que antecede.
El Secretario,
ABG. JOHAN GARCIA BRITO.
RIFL/JAGB/ajgg.
Solicitud Nº 59-2015.