REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 3 de Diciembre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2015-001773
ASUNTO : IP01-P-2015-001773
AUTO DE ACTUALIZACIÓN DE CÓMPUTO
Procede este tribunal a realizar actualización de cómputo de pena a tenor con lo previsto en el artículo 474 del código orgánico procesal penal, en la causa seguida al penado LUIS RAFAEL URBINA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 19.944.680, de edad, de 27 años de edad, nació el 10-01-1988, estado civil soltero, panadero, residenciado Pueblo Nuevo, calle Bolívar, Casa 17 cerca de la tienda de ropa llamada Leole, municipio Falcón, actualmente sometido a conversión de pena en confinamiento, quien resultó condenado a la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del código penal vigente por la comisión del delito de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPÍCAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la ley orgánica de drogas.
CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO
Se aprecia del expediente que el penado fue detenido por primera y única vez el día 05 de junio de 2012 y en fecha 07 del mismo mes y año se celebra audiencia de presentación del imputado en donde el tribunal tercero de control de este circuito judicial decreta medida de privación judicial preventiva. Mediante auto de fecha 30 de octubre de 2015, este tribunal decreta conversión del resto de la pena e confinamiento, por lo que el penado ha estado bajo cumplimiento de pena durante TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS. A ese tiempo debe sumársele el resultado de redención judicial efectuado mediante auto de esta fecha, 03 de diciembre de 2015, que correspondió a UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y QUINCE (15) DÍAS, para en definitiva obtener un total de pena cumplida de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES y CUATRO (04) DÍAS, lo que hace evidente que para la fecha de hoy el penado ha cumplido la totalidad de la pena impuesta. Siendo así, se declara actualizado el cómputo de pena en la causa seguida en contra del ciudadano LUIS RAFAEL URBINA RODRIGUEZ, antes identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA ACTUALIZADO EL CÓMPUTO DE PENA en la causa seguida en contra de LUIS RAFAEL URBINA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 19.944.680, de edad, de 27 años de edad, nació el 10-01-1988, estado civil soltero, panadero, residenciado Pueblo Nuevo, calle Bolívar, Casa 17 cerca de la tienda de ropa llamada Leole, municipio Falcón, actualmente cumpliendo confinamiento en Complejo habitacional Bicentenario, casa 46, casa N° 02, manzana “A”, Punta cardón, Municipio Carirubana del estado Falcón, condenado por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Líbrense oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, anexo copia de la sentencia dictada y del cómputo definitivo Se acuerda el traslado del tribunal a la comunidad penitenciaria de esta ciudad a los fines de la imposición del presente auto. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
MARIA AUXILIADORA YORIS
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