REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 22 de enero de 2015.
204° y 155°

PARTE ACTORA: OSCAR EDUARDO ROJAS FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 14.874.612.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NORKA M. ZAMBRANO ROJAS G., CATELLINO PEREZ y HENRY CARMELO BRAVO C., abogados en ejercicio, Inpreabogado Nos. 83.700, 124.258 y 163.144, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 05212524, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No. 41, Tomo-220-A Sgdo., en fecha 20 de octubre de 2006; TELEFÓNICA VENEZOLANA, C.A. (antes denominada Telcel, C.A.), sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Capital y Estado Miranda, bajo el No.16, Tomo 67-A Sgdo., en fecha 7 de mayo de 1991; GERENCIA DE SEGURIDAD INTEGRAL (G.S.I.), C.A. sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el No.09, Tomo 1172-A, en fecha 6 de septiembre de 2005.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: De INVERSIONES 05212524, C.A y de GERENCIA DE SEGURIDAD INTEGRAL (G.S.I.), C.A.: FRANCISCO JOSE GADEA LOVERA, CARLOS JOSE LANDAETA CIPRIANY y CARLOS FEDERICO LANDAETA CIPRIANY, abogados en ejercicio, Inpreabogado Nos. 79.373, 79.374, y 103.409, respectivamente; y de TELEFÓNICA VENEZOLANA, C.A.: INRAHIM GARCIA CARMONA, BETTY ANDRADE RODRIGUEZ, IRENE RIVAS GOMEZ, CAROLINA BELLO COUSELO, CARLOS BRICEÑO MORENO, DAVID ARELLANO, MARIA ISABEL PARADISI, MIGUEL ANGEL BASILE, GABRIELA HERNANDEZ LONGUEIRA, ANDREÍNA RONDON, XAMIRA GOYA TORRES, MARÍA ANDREA MAKRSUIAN, ANDRES ORTEGA y ROGER VELASQUEZ LOPEZ, abogados en ejercicio, Inpreabogado Nos. 61.189, 66.275, 118.271, 107.967, 115.890, 137.672, 145.989, 178.197, 123.587, 124.444, 181.427, 130.596 y 215.037, respectivamente.

MOTIVO: Incidencia de pruebas.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 3 de noviembre de 2014, por la abogado ISAMIR GONZALEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 30 de octubre de 2014, dictado por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto por auto de fecha 5 de noviembre de 2014.

En fecha 21 de noviembre de 2014, se distribuyó el expediente, el 26 de noviembre de 2014, se dio por recibido y se fijó oportunidad para la celebración de la audiencia de parte para el día miércoles 10 de diciembre de 2014 a las 2:00 p. m., reprogramándose en virtud que el Juez que preside este despacho, fue convocado a una reunión de asistencia obligatoria, quedando pautada para el día miércoles 21 de enero de 2015, a las 11:00 a.m.

Celebrada como ha sido la audiencia, estando dentro de la oportunidad legal para hacerlo, este Tribunal pasa a reproducir el fallo en los siguientes términos:

CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL

En el acta levantada en fecha 21 de enero de 2015 a las 11:00 a. m., con motivo de la audiencia de parte, se dejó expresa constancia de la incomparecencia tanto de la parte actora como de la parte demandada, por sí o por medio de apoderado judicial alguno.

CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente”

Con vista a que la parte actora recurrente no compareció, por sí o por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose las partes a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.

CAPITULO III
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 3 de noviembre de 2014, por la abogado ISAMIR GONZALEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 30 de octubre de 2014 dictado por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo al juicio seguido por el ciudadano OSCAR EDUARDO ROJAS FERNANDEZ contra INVERSIONES 05212524, C.A., TELEFÓNICA VENEZOLANA, C.A. y GERENCIA DE SEGURIDAD INTEGRAL (G.S.I.), C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintidós (22) días del mes de enero del año 2015. Años: 204º y 155º.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
ANGEL PINTO
SECRETARIO


NOTA: En el día de hoy, 22 de enero de 2015, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.


ANGEL PINTO
SECRETARIO



EXP. No. AP21-R-2014-001739.
JCCA/AP/gur.