REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 26 de FEBRERO de 2.015
Años: 204º y 155º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 120-2015, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el (la) ciudadano (a): PETRA ISMENIA SANCHEZ DE LUGO, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.543.603, domiciliada en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, actuando en este acto en su propio nombre y en representación de los ciudadanos: MARIANNA ASTRIT LUGO SANCHEZ, MARIANELA LISSETH LUGO SANCHEZ Y EL CIUDADANO GERMAN JUVENAL LUGO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V – 11.806.421, V- 13.204.506 y V- 4.638.577, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil; debidamente asistida por el (la) abogado (a) en ejercicio HILARIO R. TOYO ALVAREZ, inpreabogado Nro. 40.895.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) JUAN VICENTE LUGO PETIT, era venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V – 728.528, residenciado (a) en el Callejón San Luis, Casa Nro. 02, Sector El Carey, de esta misma Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: VEINTISIETE (27) DE DICIEMBRE DE 2.013, (27/12/2.013) según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 1178, emitida por la COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL ELECTORAL DEL ESTADO FALCON. DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su condición de ESPOSA E HIJOS a los ciudadanos: PETRA ISMENIA SANCHEZ DE LUGO, MARIANNA ASTRIT LUGO SANCHEZ, MARIANELA LISSETH LUGO SANCHEZ Y GERMAN JUVENAL LUGO GUTIERREZ, arriba identificados.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, a los VEINTISEIS (26) días del mes de FEBRERO de 2015.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 204° de la Independencia y 156° de la Federación. Lcda. Adriana Oduber Garvet
La Juez Titular La Secretaria Titular,

Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta


Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior y se devolvieron las resultas y las copias certificadas al solicitante. Conste
La Secretaria Titular,

Abg. Mariela Revilla Acosta


SOL. 120