REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN CON SEDE EN TUCACAS.
Tucacas, 29 de enero de 2015
204° y 155°
Una vez concluida la audiencia constitucional, y analizadas las actas del expediente, procede este Juzgador inmediatamente a exponer de forma oral el dispositivo del fallo en los siguientes términos:
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano FARUK RICHANI GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N°V.-7.088.751, en contra de la decisión interlocutoria dictada en fecha 04 de diciembre de 2014 por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, en el juicio que por NULIDAD DE ACUERDO O DECISIÓN intentaran los ciudadanos MARIO JOSÉ PENNESI VANUCCI y CAMELIA GARCÍA SALA en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL-VACACIONAL GRAN MARINA TUCACAS y LA A.C. GRAN MARINA en la persona del ciudadano MARIO SIGNORINO GIARDINA en su carácter de presidente de la Junta Directiva de ambos. Así se decide.-
El fallo será publicado íntegramente dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy.
El Juez Provisorio

Abog. FREDDY ALEJANDRO PERNÍA CANDIALES
La Secretaria

Abog. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO