REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 12 de Febrero de 2015
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2015-000436
ASUNTO : IP11-P-2015-000436

AUTO ACORDANDO LIBERTAD PLENA

Visto el escrito presentado por la Fiscal Sexta del Ministerio Publico, mediante el cual pone a disposición de este Tribunal en calidad de imputados a los ciudadanos JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, IVAN ANTINIO MIQUILENA MAVO, RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, LUIDIMAL JESUS HERRERA COBIS NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, al ciudadano CARLOS JUAN RANGEL GOMEZ, procede en consecuencia este Tribunal a publicar la decisión recaída en el presente asunto de la siguiente manera: En el día de hoy, lunes (09) de Febrero de 2015, siendo las 04:30 de la tarde, oportunidad fijada para llevarse a efecto la Audiencia de Presentación Oral en el presente asunto; previo lapso de espera para la comparecencia de las partes, se constituyo en la Sala Nº 4, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control a cargo del ciudadano Juez ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS, acompañado por el secretario de Sala ABG. ELY HIDALGO; a los fines de celebrar audiencia de presentación en virtud de la aprehensión de los ciudadanos JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, IVAN ANTINIO MIQUILENA MAVO, RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, LUIDIMAL JESUS HERRERA COBIS NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, efectuado por los Funcionarios de Policarirubana. Acto seguido el ciudadano Juez, instó al secretario de sala a verificar la presencia de las partes convocadas a la presente audiencia, a tal efecto se deja constancia que se encuentran presentes en sala la profesional del derecho ABG. DILIA GUTIERREZ, en su condición de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Falcón, los imputados JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, IVAN ANTINIO MIQUILENA MAVO, RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, LUIDIMAL JESUS HERRERA COBIS NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES. Seguidamente el Tribunal procede a preguntarle a los imputados JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, IVAN ANTINIO MIQUILENA MAVO, RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, LUIDIMAL JESUS HERRERA COBIS NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, si designaran un defensor de confianza o desea le sea designados un defensor publico, manifestando los mismos “solicitamos la designación de un defensor publico, es todo”. Seguidamente este tribunal hacer llamar el defensor Público de Guardia, haciendo acto de presencia el defensor público de Guardia ABG. EVELIO VILORIA, quien asumirá la defensa técnica. Acto seguido el ciudadano Juez explicó a los presentes y en especial a los imputados, la naturaleza e importancia de la presente audiencia de presentación. Seguidamente se procede a otorgar el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público, tomando la palabra la ABG. DILIA GUTIERREZ, quien hizo una breve exposición de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, bajo las cuales se produjo la detención de los imputados, solicitando la Libertad Plena y sin Restricciones a los ciudadanos: JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, IVAN ANTONIO MIQUILENA MAVO, RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, LUIDIMAL JESUS HERRERA COBIS y NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto se desprende del contenido de las actas que conforman la presente causa, que no se evidencia que los referidos ciudadanos hayan sido aprehendidos por la comisión de delito alguno. Igualmente solicito la presente causa se sigua por el procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal penal. Es todo”. De seguidas el ciudadano Juez prosiguiendo con lo establecido en el articulo 132 del Código Orgánico Procesal Penal, explicó al imputado, los hechos por los cuales ha sido presentado por ante el Tribunal, y que ésta era la oportunidad para que expusiera lo que creyera pertinente, sin embargo no está obligado a hacerlo, tal y como lo consagra el Artículo 49 en su ordinal 5° de la Constitución, igualmente se le explicó los derechos que tiene como imputado y se le preguntó a los imputados si deseaba declarar, manifestando los ciudadanos: JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, IVAN ANTONIO MIQUILENA MAVO, RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, LUIDIMAL JESUS HERRERA COBIS y NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, que NO deseaban declarar. Seguidamente se pasó a interrogar a los imputados sobre sus datos filiatorios y de residencia, quedando identificado de la siguiente manera el primero de los mencionados: JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.425.302, de 20 años de edad, estado civil soltero, de ocupación carpintero, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 17-06-1994, Domiciliado: avenida Jacinto Lara, casa N° 10, frente al Banco BOD, Punto Fijo- Edo. Falcón. Telefono: 0414-699.76.54 (papá). Seguidamente se pasó a interrogar al segundo de los mencionados imputados quedando identificado como: IVAN ANTONIO MIQUILENA MAVO, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.525.464, de 19 años de edad, estado civil soltero, de ocupación sin definir, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 04-01-1996, Domiciliado: Banco Obrero, sector 04, calle La Paz, casa N° 21, de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. Teléfono 0416-4995179 (novia). Seguidamente se pasó a interrogar al tercero de los mencionados imputados quedando identificado como: RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 23.586.722, de 23 años de edad, estado civil soltero, de ocupación gamuzero, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 24-01-1992, Domiciliado: calle Artigas entre Panama y Uruguay, Casco Central de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. Teléfono 04241402246 (tio). Seguidamente se pasó a interrogar al cuarto de los mencionados imputados quedando identificado como: LUIDIMAL JESUS HERRERA, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.058.076, de 27 años de edad, estado civil soltero, de ocupación vendedor informal, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 15-04-1987, Domiciliado: calle Peninsular, casa N°07, Sector Andres Eloy Blanco, cerca de la Planta de Hielo Teléfono 04163605625. Por ultimo, se pasó a interrogar al quinto de los mencionados imputados quedando identificado como: NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 22.607.308, de 22 años de edad, estado civil soltero, de ocupación carpintero, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 30-07-1993, Domiciliado: Calle Jacinto Lara, Sector 02 de Banco Obrero, frente al Banco BOD, ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón.
ALEGATOS DE LA DEFENSA
En este estado el Tribunal procede a otorgarle el derecho de palabra al Defensor Publico 1° ABG. EVELIO VILORIA, quien señala: “esta Defensa solicita en virtud de que no hay elementos de convicción que determine a autoría o participación de un hecho punible solo el acta policial suscrita por los funcionarios actuantes sin testigo alguno que avale la supuesta Resistencia A La Autoridad por lo tanto solicita la Libertad Plena Sin Restricciones de conformidad con el 44 de la Constitución. Es todo”.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

El Ciudadano Juez oída la exposición de las partes hace las siguientes observaciones: Escuchadas las exposiciones hechas en esta sala de audiencia, se evidencia del presente asunto, que no existen los Fundados elementos de Convicción, para decretar al imputado de autos, algún tipo de Medida de las por cuanto no se evidencia la Comisión de ningún delito, siendo este uno de los requisitos esenciales del articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que solo se cuenta en el expediente, con el acta Policial, suscrita por los Funcionarios Aprehensores, la cual se viene evidenciando que son un formato, para la detención de las personas por el mencionado delito, siendo inverosímil que una persona en su sano juicio, se le vaya a resistir a varios Funcionarios, armados y provistos de elementos para su defensa.
DISPOSITIVA
. En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público; en consecuencia se decreta la Libertad Plena y sin Restricciones a los ciudadanos a los imputados JOSE MANUEL BORGES SEGOVIA, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.425.302, de 20 años de edad, estado civil soltero, de ocupación carpintero, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 17-06-1994, Domiciliado: avenida Jacinto Lara, casa N° 10, frente al Banco BOD, Punto Fijo- Edo. Falcón. Telefono: 0414-699.76.54 (papá), IVAN ANTONIO MIQUILENA MAVO, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.525.464, de 19 años de edad, estado civil soltero, de ocupación sin definir, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 04-01-1996, Domiciliado: Banco Obrero, sector 04, calle La Paz, casa N° 21, de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. Teléfono 0416-4995179 (novia), RAWIN JOSE QUEVEDO CONTRERAS, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 23.586.722, de 23 años de edad, estado civil soltero, de ocupación gamuzero, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 24-01-1992, Domiciliado: calle Artigas entre Panama y Uruguay, Casco Central de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. Teléfono 04241402246 (tio), LUIDIMAL JESUS HERRERA, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.058.076, de 27 años de edad, estado civil soltero, de ocupación vendedor informal, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 15-04-1987, Domiciliado: calle Peninsular, casa N°07, Sector Andres Eloy Blanco, cerca de la Planta de Hielo Teléfono 04163605625, NERIO ENRIQUE GONZALEZ PAREDES, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 22.607.308, de 22 años de edad, estado civil soltero, de ocupación carpintero, natural de Punto Fijo estado Falcón, fecha de nacimiento 30-07-1993, Domiciliado: Calle Jacinto Lara, Sector 02 de Banco Obrero, frente al Banco BOD, ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón,, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se decrete el procedimiento ordinario conforme al 373 ejusdem Ofíciese al organismo aprehensor de la decisión. TERCERO: La publicación de la presente decisión se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal. Asi se decide

La presente publicación se dicta de conformidad con el Articulo 161 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando notificadas las partes de la misma.
Remítase en su oportunidad el asunto a la Fiscalia 6° del Ministerio Publico. Cúmplase.

JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS


SECRETARIO
ABG. ELY HIDALGO