REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA. EXTENSIÓN TUCACAS.

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Tucacas, Treinta y uno (31) de Julio de Dos Mil Quince (2015).

205° y 156°

Conforme fue dispuesto en la actuación procesal inserta al folio que antecede, como quiera que en el expediente por Jurisdicción Contenciosa llevada por este Tribunal en el Expediente Número 17-2012 nomenclatura de este Tribunal en el juicio por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO AGRARIO mediante decisión, de fecha, quince (15) de Julio del presente año se declaró LA EXTINCIÒN del mencionado proceso propuesto por la ciudadana YASMELIS DEL VALLE BERMUDEZ NIEVES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.852.748 y domiciliada en la urbanización Higuerón de la ciudad de San Felipe del Estado Yaracuy representada judicialmente por la Defensora Pública Auxiliar con Competencia Plena del Estado Falcón, abogada MARIA ELENA DUNO RAMIREZ en contra de los ciudadanos ORANGEL RAFAEL CAMACHO CHIRINOS, YOVANNY CAMACHO, SERGIO CAMACHO y LISANDRO CAMACHO, venezolanos, mayores de edad y domiciliados en el sector Colonias de Ararurima, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón de conformidad con la parte in fine del artículo 208 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario produciéndose el efecto señalado en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable supletoriamente a las disposiciones especiales contenidas en la Ley Especial Agraria y firme como se encuentra la mencionada decisión, admítase cuanto ha lugar en Derecho la solicitud que encabezan las presentes actuaciones a tenor de lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el cardinal 15 del artículo 197 ejusdem en concordancia con el artículo 936 y siguientes del Código de .Procedimiento Civil. En tal sentido, este Tribunal resuelve previamente a tenor de lo dispuesto en el artículo 900 ejusdem, ordenar la notificación de los ciudadanos YASMELIS DEL VALLE BERMUDEZ NIEVES, ORANGEL RAFAEL CAMACHO CHIRINOS, YOVANNY CAMACHO y SERGIO CAMACHO supra identificados para que comparezcan al segundo día de despacho siguiente a que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas a exponer lo que consideren conducente en la defensa de sus derechos e intereses. A los fines de la notificación de la ciudadana YASMELIS DEL VALLE BERMUDEZ NIEVES, se acuerda comisionar al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Manuel Monje de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, librando el respectivo despacho con las inserciones conducentes y remitirlo mediante oficio a objeto de que sea practicada la misma. Cúmplase todo lo ordenado.

La Jueza Provisoria,

ABOG. ROSA ISABEL FRANCA LUIS.


El Secretario,

ABOG. JOHAN GARCIA BRITO.




En esta misma fecha se cumplió todo lo ordenado en el auto que antecede.


El Secretario,

ABOG. JOHAN GARCIA BRITO.