REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE






TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
CHURUGUARA, 13 DE JULIO DE 2015
AÑOS: 205º Y 156º
EXP. N° 640-2.015
 SOLICITANTE: ANA JOSEFINA ROMERO TORIN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-7.122.129, domiciliada en Punto fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón.
 ABOGADO ASISTENTE: MONICA MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.919.
 MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
En fecha 17 de Marzo de 2015, la Ciudadana: ANA JOSEFINA ROMERO TORIN, debidamente asistida por la Abg. MONICA MORENO, ambos arriba identificados; solicita mediante escrito, la rectificación de su Acta de Nacimiento, inserta en los Libros de Nacimientos, cuyas acta objeto de Rectificación de fecha 05 de Noviembre de 1962 inserta bajo el Nro. 503 del Libro de Registro Civil del Nacimientos del Municipio Federación del Estado Falcón, alegando que la referida partida presenta o adolece de los siguientes ERRORES MATERIALES siguiente al Nombre de su madre que aparece como: GEORGINA TORIN cuando el nombre Correcto es CANDIDA GEORGINA TORIN. razón por la cual y en base a lo establecido en el artículo 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 144 y 149 de la ley orgánica del Registro Civil solicita de éste Tribunal sea rectificado los errores materiales en que se incurrió.-
En fecha 24 de Marzo de 2015, el Tribunal le dio entrada a la anterior solicitud y la admitió de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil. Y ordenó librar cartel para emplazar a aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, ordenando su publicación en el Diario Últimas Noticias, asimismo, acordó la notificación del Fiscal, para que comparezcan al décimo (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la publicación del cartel y notificación del Fiscal, al acto concerniente. (f. 13).
En Fecha 24 de Marzo de 2015 se remite oficio 2490-59 al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón relativo a la Notificación para la FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO DE LA CIRCUNSPCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON referente a la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO. (f.14).
En fecha 28 de Abril de 2015, se recibe oficio Nro. 149-2015 de fecha de 15 de Abril de 2015 Emanado del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón remitiendo resulta de la notificación al Fiscal del Ministerio Público. (f. 18 al 24).
En fecha 03 de Junio de 2015, la solicitante consigna el ejemplar del diario Ultimas Noticias, donde apareció publicado el cartel. (f. 25 al 27).
Llegada la oportunidad para decidir, el Tribunal se pronuncia en los siguientes términos:
Se observa del examen de los autos que no compareció ninguna persona a oponerse ni a acotar nada en el presente procedimiento, asimismo, se han cumplido todas las formalidades previstas en los artículos 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 03 de Julio de 2015 durante la etapa probatoria, se promovió prueba documentales en el Folio Treinta (30).
PRIMERO:
Consignaron como pruebas de lo alegado los siguientes documentos:
Copia fotostática de la Cedula de Identidad de la Solicitante.-
Partida de Nacimiento de la Solicitante ANA JOSEFINA ROMERO TORIN inserta en los Libros de Nacimientos, en fecha 21 de Septiembre de 1962 inserta bajo el Nro. 503 del Libro de Registro Civil del Nacimientos del Municipio Federación del Estado Falcón.-
Partida de Nacimiento de su Progenitora inserta en los Libros de Nacimientos, en fecha 17 de Julio de 1945 inserta bajo el Nro. 447 del Libro de Registro Civil del Nacimientos de la Parroquia San Miguel, Municipio Urdaneta del Estado Lara.
Acta de Función de su progenitora inserta en los Libros de defunción, en fecha 06 de Noviembre de 2014 bajo el Nro. 1379 de los Libros de Defunción del Registro Civil y Electoral Oficina de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón.-
Copia fotostática de la Cedula de Identidad de su Progenitora
Acta de Matrimonio de sus Padre inserta en los Libros de Matrimonio, bajo el Nro. 42 del año 1964, de los Libros de Registro Civil y Electoral Oficina de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón.-
Acta de Función de su Padre inserta en los Libros de defunción, en fecha 23 de Septiembre de 1974 bajo el Nro. 478 de los Libros de Defunción del Registro Civil y Electoral Oficina de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón.-
Partida de Nacimiento de la Solicitante certificada por el Registro Principal del Estado Falcón, inserta en los Libros de Nacimientos, en fecha 1962 inserta bajo el Nro. 503 del Libro de Registro Principal del Estado Falcón.-
Certificación de datos Filiatorios de la Ciudadana Ana Josefina Romero Morín, emanada de Servicio Administrativo de Identidad, Migración y Extranjería (SAIME) Valencia Estado Carabobo.-
Se valora de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 del Código Civil.-
Así pues, este Juzgador, a través de lo que se demostró y probó en autos, y cumplidas las formalidades legales en el presente procedimiento, determina que procede la rectificación del Nombre de su Madre en el Acta de Nacimiento.
Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVO.
Por las razones expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por la ciudadana: ANA JOSEFINA ROMERO TORIN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de
Identidad N° V-7.122.129, domiciliada en Punto fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, en consecuencia donde aparecía “GEORGINA TORIN” debe colocarse “CANDIDA GEORGINA TORIN”, este ultimo siendo el correcto para lo cual, remítase por medio de oficio copias certificadas de la presente decisión, al Registro Civil del Municipio Federación del Estado Falcón y al Registro Principal del Estado Falcón, para que conforme a lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se estampe las notas marginales correspondientes al asiento de en fecha 05 de Noviembre de 1962 inserta Bajo el Nro. 503 de los libros de Registro Civil de Nacimiento, respectivamente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión.

Dada firmada y sellada, en la Sala del Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN CHURUGUARA, A LOS TRECE (13) DÍAS DE MES DE JULIO DE AÑO DOS MIL QUINCE (13-07-2.015). AÑOS: 205° DE LA INDEPENDENCIA Y 156° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ.-

ABG. SIMON RAMIREZ DIAZ.-

LA SECRETARIA.

ABG.KARINA ARCAYA BEAUJON.-

NOTA: En la misma fecha de hoy, se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.

ABG.KARINA ARCAYA BEAUJON.-







EXP Nº 640-2.015.
SRD/JCB