REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 03 de JULIO de 2.015
Años: 204º y 156º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 013-2015, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por los (las) ciudadanos (as): MARIA TRINIDAD PIMENTEL DE GONZALEZ, FRANCISCO JOSE GONZALEZ PIMENTEL, PEDRO ANTONIO GONZALEZ PIMENTEL, RICHARD LEONARDO GONZALEZ PIMENTEL, JOSE GREGORIO GONZALEZ PIMENTEL, MONICA DEL CARMEN GONZALEZ PIMENTEL Y ELIZABETH OLIMAR GONZALEZ PIMENTEL, venezolanos (as), mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° V- 2.368.916, V- 7.492.311, V- 9.515.432, V- 10.700.806, V- 9.515.433, V- 11.479.596, viuda la primera, solteros los demás y difunta la última de las nombradas, domiciliados en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio, JOSE GREGORIO CASTILLO GARCIA, Inpreabogado Nro. 154.390.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) FRANCISCO ANTONIO GONZALEZ HERNANDEZ, era venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 1.415.430, residenciado (a) en la SECTOR PANTANO ABAJO, CALLEJON VUELVAN CARAS, CASA NRO. 02, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE, (27/12/2.014), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 1664, emitida por la COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL ELECTORAL DEL ESTADO FALCON. DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su condición de CONYUGE E HIJOS, a los ciudadanos MARIA TRINIDAD PIMENTEL DE GONZALEZ, FRANCISCO JOSE GONZALEZ PIMENTEL, PEDRO ANTONIO GONZALEZ PIMENTEL, RICHARD LEONARDO GONZALEZ PIMENTEL, JOSE GREGORIO GONZALEZ PIMENTEL, MONICA DEL CARMEN GONZALEZ PIMENTEL Y ELIZABETH OLIMAR GONZALEZ PIMENTEL, venezolanos (as), mayores de edad, titulares de las cédula de identidad N° V- 2.368.916, V- 7.492.311, V- 9.515.432, V- 10.700.806, V- 9.515.433, V- 11.479.596, viuda la primera, solteros los demás y difunta la última de las nombradas, domiciliados en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, a los TRES (03) días del mes de JULIO de 2015.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 204° de la Independencia y 156° de la Federación. Lcda. Adriana Oduber Garvet
La Juez Titular,
Abg. Zenaida Mora de López
La Secretaria Accidental
Abg. Florencia Cantini Reyes
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior y se devolvieron las resultas y las copias certificadas al solicitante. Conste
La Secretaria Accidental
Abg. Florencia Cantini Reyes
SOL. 013