REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 31 de Julio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2011-001217
ASUNTO : IP01-P-2011-001217
LIBERTAD SIN RESTRICCIONES
Corresponde a este tribunal emitir pronunciamiento judicial con respecto a la situación procesal del penado FANEITE LADINO JESÚS ANTONIO, venezolano, de 28 años de edad, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad Nº 17.925.608, nacido en Coro, estado Falcón, residenciado en el barrio Curazaíto, calle La verdad, casa sin número, entre calles progreso y providencia, Coro, municipio miranda del estado Falcón, por cuanto el mismo se encuentra requerido por el tribunal cuarto de Control de este Circuito Judicial penal.
CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO
Cursa en actas sentencia condenatoria decretada por el tribunal segundo de juicio de este circuito judicial penal en donde impone a l precitado penado la pena de tres años de prisión por la comisión del delito de hurto calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 en sus numerales 3° y 6° del código penal, manteniéndose el hoy penado bajo medida cautelar sustitutiva de libertad. Con fecha 29 de Julio de 2013 se recibe el presente asunto por ante este tribunal y mediante auto de fecha 30 de Octubre del mismo año se ejecuta la sentencia reseñada y se practica computo de pena, imponiéndosele del auto en cuestión y en donde manifestó querer optar por el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena.
Por tal razón y en virtud de que no cursa por ante este tribunal motivación alguna por el cual sea restringida la libertad personal del penado de marras, aunado a lo preceptuado en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es por lo que este Tribunal primero de ejecución de considera procedente y ajustado a derecho la solicitud Fiscal y decreta CON lugar la solicitud de libertad SIN RESTRICCIONES y en consecuencia, se otorga la libertad al referido ciudadano. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del penado FANEITE LADINO JESÚS ANTONIO, venezolano, de 28 años de edad, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad Nº 17.925.608, nacido en Coro, estado Falcón, residenciado en el barrio Curazaíto, calle La verdad, casa sin número, entre calles progreso y providencia, Coro, municipio miranda del estado Falcón.El precitado ciudadano deberá consignar dentro de un lapso no superior a quince dias los recaudos pertinentes para la tramitación del beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena. Se acuerda oficiar al cuerpo de investigaciones científicas penales y criminalísticas a objeto del que sea excluido como solicitado del sistema de servicios de inteligencia policial (SIPOL). Y así se decide.-
Publíquese, regístrese, diarícese.-
EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
EL SECRETARIO
DANIEL EDUARDO DIAZ TORREALBA
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