REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 28 de Julio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2014-003064
ASUNTO : IP11-P-2014-003064
AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. SATURNO RAMIREZ ZORRILLA
FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. GRISSET VIVIEN
SECRETARIO: ABG. MIGUEL HERRERA
IMPUTADO: RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ
DEFENSORES PRIVADOS ABG JORGE ALVAREZ, ABG JOSE DAVID CRUZ GOMEZ, Y ABG. TRINO MOLERO
Corresponde a este Tribunal Publicar Resolución dictada en audiencia de presentación de fecha 12 de Mayo de 2015, con motivo a que se presentó por ante el Centro de Coordinación Policial Nº 02, el Ciudadano RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.730.274 de nacionalidad Venezolana, de 30 años de edad, estado civil casado, de ocupación Vigilante, natural del Zulia, fecha de Nacimiento 22-11-1984, Domiciliado en la calle Las Palmas justamente detrás de Quintoca frente a la cancha. Teléfono 0412-0642069, a quien este Tribunal en fecha 08 de Junio de 2014, le decretó Orden de Aprehensión por los delitos de SICARIATO Y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 12 y 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada vigente para la época del hecho, en perjuicio del hoy occiso LUIS ALFREDO CASTILLO y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para la época del hecho, en perjuicio de la niña MARIA FERNANDA CASTILLO OBERTO. En la respectiva audiencia de presentación la Fiscal Sexto Del Ministerio Publico, ABG. GRISSET VIVIENS, en uso de la atribución que le confiere el articulo 111 numeral 8 del Código Orgánico procesal Penal, en concordancia con el articulo 49 numeral 01 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, hizo una breve exposición de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, bajo las cuales se produjeron los hechos, coloca ante este tribunal al ciudadano RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ , por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO EN LA MODALIDAD DE SICARIATO, previsto en los artículos 12 y 6 , de la Ley Contra la Delincuencia Organizada en perjuicio del hoy occiso LUIS ALFREDO CASTILLO, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de la niña MARIA FERNANDA CASTILLO OBERTO, en consecuencia solicita la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 242 ordinal 03 del Código Penal, y que por la Reciente Data de su comisión no se encuentra evidentemente prescrita, solicita se lleve el asunto por el procedimiento ordinario y la aprehensión en flagrancia, señala que existen fundados elementos de convicción para estimar su autoría, la cual se desprende de las actas policiales y de los recaudos anexos, lo que hace estimar que el Ciudadano imputado ha participado en la realización de este hecho punible y en base a las circunstancias que rodean este caso especifico, dada la precalificación realizada por esta Representación Fiscal ratifica en todo y cada una de sus partes el escrito Fiscal de imputación, es todo. A continuación el ciudadano Juez de conformidad con lo establecido en el Articulo 132 del Código Orgánico Procesal Penal explicó a el Ciudadano Imputado que ésta es una de las oportunidades que le concede la ley para desvirtuar los hechos que le imputa el ciudadano Fiscal, sin embargo no está obligado a hacerlo, tal y como lo consagra el Artículo 49 en su ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que lo exime de declarar en la causa que se sigue en su contra, que pueden declarar si lo desea, en cuyo caso lo hará libre de juramento, de apremio o coacción, o abstenerse de hacerlo, sin que su negativa se tome como elemento en su contra, igualmente le explico los derechos que tienen como imputado el ciudadano RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ, quienes manifestó de manera separada cada uno que NO DESEABA DECLARAR. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra al Defensor privado ABG. TRINO ANGEL MOLERO, quien expone “vista y analizada todas las actuaciones incluyendo la solicitud fiscal este defensor se adhiere a la misma en cuanto a la petición y otorgamiento de una de las medidas cautelares sustitutiva a la privativa a la libertad de la establecida en el código penal específicamente las establecida en los ordinales 2 y 4 del articulo 242, igualmente consigno en este acto dos (2) folios del documento del acta de matrimonio que desvirtúa la participación de mi defendido en los hechos imputados en razón de la circunstancia de modo tiempo y lugar, igualmente solicita esta defensa oficie a SIPOL a fin de ser excluido mi defendido el estatus de solicitado, igualmente esta defensa le solicita al tribunal una vez acordado lo referente a la medida cautelar se acuerde la libertad sin restricción para mi defendido ; y por ultimo solicito copias simple de la totalidad de la causa. Es todo”
Seguidamente este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, habiendo oído a las partes en la audiencia, pasa a decidir analiza los siguientes elementos de convicción:
ELEMENTOS DE CONVICCIÓN
1. ACTA DE INVESTIGACION CRIMINAL, de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por el funcionario AGENTE I DE INVESTIGACIONES PENALES WILMER MONTILLA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien dejó constancia que encontrándose en la sede de ese Cuerpo Detectivesco, recibió llamada del funcionario SAUL ROMERO, adscrito a ese Despacho, informándole que frente al restaurante que lleva por nombre “EL MAIZAL”, ubicado en la Avenida Paseo del Zulia con Calle Táchira del Sector Cujical, personas aun por identificar efectuaron varios disparos logrando herir a una niña y causándole la muerte a un ciudadano quien se encuentra en el sitio del suceso, por lo que se dio inicio a la investigación I-079.765.
2. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por el funcionario AGENTE DE INVESTIGACIONES SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, en la cual deja constancia que en momentos en que se encontraba en compañía del funcionario Johan Gómez, por las inmediaciones del Sector Cujicana, calle Paseo del Zulia, lograron avistar un grupo de personas frente al Restaurant que lleva por nombre el Maizal, por lo que se trasladaron hasta el sitio donde al llegar lograron visualizar un vehiculo MARCA: HONDA; MODELO: PILOT; COLOR: GRIS; PLACAS: KB0-58W, en el interior del cual yacía el cadáver de una persona de sexo masculino con heridas producidas por arma de fuego. Acto seguido fueron abordados por la esposa del occiso quien se identifico como CARLINDA MARIA OBERTO, titular de la cedula de identidad numero V-9.516.260, quien les informo que en momentos en que su esposo iba a bordar la camioneta se acerco un vehiculo color azul de donde salieron disparos, logrando alcanzarlo en varias partes del cuerpo, por lo que de inmediato realizaron llamada a la superioridad informado en relación con lo ocurrido, de igual manera lograron observar en el interior del vehiculo a una niña herida por un arma de fuego a nivel de la región anterior del muslo izquierdo, por lo que procedieron a trasladarla hasta el centro asistencial mas cercano.
3. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por el funcionario AGENTE NESTOR PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien deja constancia de las primeras diligencias de investigación realizadas en la presente causa, por una comisión de funcionarios siendo estos SUB-COMISARIO JOSE ALDAMA, INSPECTORES JEFES ARGENIS SUARCE Y JOSE ALCALDE Y EL AGENTE RAMON GUARECUCO, quienes se trasladaron hasta el sitio del suceso, donde lograron avistar un vehiculo MARCA: HONDA; MODELO: PILOT; COLOR: GRIS; PLACAS: KB0-58W, y en el asiento trasero del mencionado vehiculo el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, a quien luego de realizarle una revisión corporal colectaron en uno de los bolsillos de su pantalón un teléfono celular Marca Palm de color negro y gris, por lo que procedieron a realizar la inspección técnica del vehiculo y del lugar de los hechos, asi como también procedieron a colectar las evidencias de interés criminalistico presentes. De igual manera dejan constancia que se apersono ante la comisión una ciudadana que se identifico como CARLINDA MARIA OBERTO, quien manifestó ser la esposa del occiso, sosteniendo una breve entrevista en la cual indico que en momentos que su esposo hoy occiso se encontraba abriéndole la puerta trasera a su hija se acerco un vehiculo Modelo Corsa, dos puertas, color Azul eléctrico, de donde sujetos desconocidos comenzaron a disparar en contra de su esposo, logrando alcanzarlo en varias partes del cuerpo, logrando causarle la muerte, e igualmente herir a su hija de 10 años de nombre MARIA CASTILLO, quien fue trasladada por funcionarios de ese cuerpo policial hasta la Policlínica Paraguana, señalando igualmente que los causantes de la muerte de su esposo era la familia Romero, ya que hace cinco meses habia fallecido uno de sus familiares de nombre Amancio Segundo Cruz Romero, como consecuencia de un infarto miocardio y familiares de este lo habían amenazado de muerte vía telefónica, aportando los datos filiatorios de su esposo, quien respondía al nombre de LUIS ALFREDO CASTILLO, asi como los de su hija MARIA FERNANDA CASTILLO OBERTO. De igual manera los funcionarios actuantes dejan constancia de haberse entrevistado con varios moradores y transeúntes de la zona, quienes manifestaron tener conocimiento del hecho ocurrido, quienes fueron debidamente identificados y se les libro boleta de citación a fin de que rindieran declaración. Dejan igualmente constancia de las diligencias cumplidas a fin de realizar la inspección técnica al cadáver, y verificar el estado de salud de la niña MARIA FERNANDA OBERTO, quien se encontraba hospitalizada en la Policlínica Paraguana, sosteniendo entrevista con la medico de guardia, quien les informo que el estado de salud era estable y que la misma había presentado una herida en la región de de la cara lateral del muslo izquierdo.
4. INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 0045, de fecha de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por los funcionarios SUB-COMISARIO JOSE ALDAMA, INSPECTORES JEFES ARGENIS SUARCE Y JOSE ALCALDE Y LOS AGENTES RAMON GUARECUCO Y NESTOR PEREZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, realizada en el sitio del suceso, dejando constancia de la ubicación exacta del mismo: La avenida Paseo del Zulia (Vía Publica), entre avenida Táchira y Calle Don Bosco, ubicadas en la jurisdicción del Municipio Carirubana del Estado Falcón. Asi mismo describen las características que rodean al sitio del suceso y las evidencias de interés criminalistico encontradas. La misma contiene fijaciones fotográficas, que forman parte de esta
5. INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 0046, de fecha de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por los funcionarios SUB-COMISARIO JOSE ALDAMA, INSPECTORES JEFES ARGENIS SUARCE Y JOSE ALCALDE Y LOS AGENTES RAMON GUARECUCO Y NESTOR PEREZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo,quienes practicaron inspección técnica al cadáver del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, el cual se encontraba en la morgue del Hospital Dr. Rafael Calle Sierra, describiendo en detalle las características fisonómicas del mismo, asi como también las heridas que presentaba. La misma contiene fijaciones fotográficas, que forman parte de esta.
6. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, S/N, de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por el Agente RAMON GUARECUCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien perito evidencia de interés criminalistico colectada en el sitio del suceso, siendo esta: 1) Una (01) pieza pequeña de metal, parcialmente deformada, que por sus características resultan ser componentes en su estado original, de las denominadas comúnmente como Proyectil; 2) Una (01) pieza metálica deformada de color dorado, pertenecientes las mismas al blindaje de los que se conoce como proyectil; 03) Un (01) aparato de recepción telefónica móvil y portátil, de los denominados comúnmente como Teléfono Celular de la marca Palm.
7. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 11 de enero de 2009, rendida por el ciudadano GONZALEZ OLIVARES, EDUARDO JESUS, titular de la cedula de identidad numero V-19.059.519, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, verificándose con su testimonial la fecha del hecho, el lugar exacto y la hora aproximada.
8. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 11 de enero de 2009, rendida por el ciudadano LUIS ANTONIO MEDINA, titular de la cedula de identidad numero V-17.136.258, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, verificándose con su testimonial la fecha del hecho, el lugar exacto y la hora aproximada, asi como también indica el haber observado un vehiculo Corsa, azul eléctrico de dos puertas, el cual iba a exceso de velocidad y en su interior logro observar una persona de contextura fuerte, piel de color blanca, y usaba una gorra de color roja con negro y el arma de fuego que era cromada.
9. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 11 de enero de 2009, rendida por el ciudadano GONZALEZ ROMERO, HECTOR JOSE, titular de la cedula de identidad numero V-10.610.491, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, verificándose con su testimonial la fecha del hecho, el lugar exacto y la hora aproximada, asi mismo indica que logro observar a una niña como de ocho años que se encontraba lesionada.
10. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 11 de enero de 2009, rendida por el ciudadano RODRIGUEZ GONZALEZ ROMER DE JESUS, titular de la cedula de identidad numero V-10.422.541, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, verificándose con su testimonial la fecha del hecho, el lugar exacto y la hora aproximada, asi como también indica el haber observado un vehiculo Corsa, azul eléctrico de dos puertas, el cual iba a exceso de velocidad y en su interior logro observar un sujeto que lo apuntaba con un arma de fuego que era cromada.
11. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, Nº 016, de fecha 11 de enero de 2009, suscrita por el Agente Investigador I JOSE MANUEL GUARDIA VILLANUEVA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien perito los seriales identificadores del vehiculo MARCA: HONDA; MODELO: PILOT; COLOR: GRIS; PLACAS: KB0-58W, los cuales resultaron estar en su estado Original.
12. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 03/02/2009, suscrita por el AGENTE NESTOR PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien deja constancia de haber realizado como diligencia de investigación la identificación plena del ciudadano: JOSE ANGEL CRUZ ROMERO, quien fue verificado por el SIIPOL con enlace Diex, obteniendo como resultado que le corresponden sus nombres y apellidos, y es titular de la cedula de identidad numero V-9.808.190, de 39 años de edad, y es nacido en fecha 06/09/1969.
13. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11/03/2014, suscrita por el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofisica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que realizo como diligencia de investigación la citación, en su domicilio, de la ciudadana OBERTO VALLES CARLINA MARIA, titular de la cedula de identidad numero V-9.516.260, quien es la conyugue del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO (OCCISO), y testigo presencial de los hechos, siendo atendido por la referida ciudadana, manifestando que ella tenia conocimiento sobre la muerte de su marido y que la misma guardaba relación con el fallecimiento de un señor llamado Omancio Cruz, por ser paciente de su esposo con problemas cardiacos y que producto de ello su hermano JOSE ANGEL CRUZ ROMERO lo amenazo de muerte inculpándolo de no estar presente para el momento que su hermano sufrió la recaída de salud, por lo que fue citada a declarar en relación con lo manifestado.
14. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12 de marzo de 2014, rendida por la ciudadana OBERTO VALLES CARLINA MARIA, titular de la cedula de identidad numero V-9.516.260, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando: “El día Domingo 11 de Enero del 2009, siendo las 09:40 horas de la mañana, estábamos LUIS, LUISANGELA, MARIA FERNANDA, LUIS RAUL Y YO, quienes salíamos de desayunar del local MAIZAL, ubicado en el sector Cujicana a un costado de la POLAR y al momento que abordábamos el vehículo una Camioneta, HONDA, PILOT, AÑO 2007, color GRIS PLOMO, vemos pasar un carro YARIS AZUL ELECTRICO de dos puertas, de donde disparan en varias oportunidades, logrando herir a MARIA FERNANDA y a mi esposo de nombre LUIS ALFREDO CASTILLO, quien falleció de manera instantánea, luego llegaron funcionarios del CICPC y POLICIA DE FALCON, quienes realizaron el levantamiento del cadáver, de igual manera fue trasladada mi hija hacia la Clínica Paraguaná, donde fue atendida y fue dada de alta a los dos días, luego del hecho me enteré por medio de la prensa que el vehículo que participó en la muerte de mi esposo fue recuperado, además desde ese mismo instante sospeché que la muerte de mi esposo vino por una amenaza de muerte realizada por una persona de nombre JOSE ANGEL CRUZ ROMERO, ya que mi esposo era el médico cardiólogo de un hermano de este llamado OMANCIO, apodado EL RUSO, quien falleció producto de un paro cardiaco el día 11 de Agosto del 2008, ya que mi esposo para esos días se encontraba de vacaciones con nosotros y el día anterior comenzó a recibir llamadas de JOSE ANGEL, con quien no logró comunicación, además también recibió llamada de su tío Febres Castillo y su prima Leticia Castillo, quienes le dijeron que al hermano de JOSE ANGEL le había ocurrido algo, por lo que mi esposo procede a devolverle la llamada a JOSE ANGEL; quien le manifestó que su hermano se había desmayado y necesitaba saber dónde estaba, por lo que mi esposo le dijo que lo llevaran a la clínica Paraguaná y lo ingresaban a terapia intensiva, ya que no nos encontrábamos en Punto Fijo y que al día siguiente se llegaba hasta la clínica, de igual manera mi esposo se mantenía en contacto para ir monitoreando la situación. Luego de esto salimos de Tiraya muy temprano hasta que dejamos a los niños y demás familia en la casa y me fui con el hasta la Clínica, donde lo dejé y me regresé a la casa con la finalidad de bajar el equipaje que traíamos, donde luego de 40 minutos aproximadamente me devolví a la clínica acompañada de FEBRES NICOLAS encontrándome con mi esposo quien se encontraba rodeado de su tío FEBRES, CHICHE QUERO y otra persona que no recuerdo su nombre, viéndosele una cara de preocupación y lo interrogué al respecto, quien me respondió que había fallecido el hermano de JOSE ANGEL y éste se enojó y lo amenazó de muerte por lo que al cabo de unos minutos nos fuimos nuevamente a la casa. Luego ese mismo día nos notificó la mujer de JOSE ANGEL que debíamos abandonar un local que teníamos alquilado en la Calle Acueducto con Monagas, por lo que nos sorprendimos de ello; ya que no sabía que eran los dueños del edificio, entonces decidimos salir a los días de allí, entonces esa misma semana me enteré por medio de personas que el carro YARIS, AZUL, de donde le dispararon a mi esposo había estado guardado días antes del homicidio en las instalaciones de MAQUINARIAS RUSSO, que está ubicado en el sector SANTA FE.”
15. PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 04, de fecha 12/01/2009, suscrita por el Medico Anatomopatólogo GUISSEPPE CARUZO POERIO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, Ciencias Forenses, practicada al cadáver del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, concluyendo como causa de muerte: SHOCK HIPOVOLEMICO; HEMOTORAX DRECHO HEMOPERITONEO; LESION PULMONAR Y HEPATICA SEVERA, HERIDA POR PROYECTILES EN MOVIMIENTO DISPARADAS POR ARMA DE FUEGO.
16. RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL Nº 050, de fecha 13/01/2009, suscrita por el Medico Forense CARLOS APONTE, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, Ciencias Forenses, practicada a la menor: MARIA FERNANDA OBERTO CASTILLO, en la cual deja constancia de las heridas que presentaba y del tiempo de curación de las mismas.
17. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12/03/2014, suscrita por el funcionario DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que realizo como diligencia de investigación la citación, en el domicilio, del ciudadano ANSELMO RAFAEL GAMERO ROMERO, titular de la cedula de identidad numero V-1.386.609, quien posee conocimiento de los hechos que se investigan.
18. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 13 de marzo de 2014, rendida por el ciudadano ANSELMO RAFAEL GAMERO ROMERO, titular de la cedula de identidad numero V-1.386.609, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, quien manifestó: “A principios del año 2009, yo me fui de viaje a la isla Puerto Rico con fines de trabajo, luego de que termine de hacer mi cosas, me regrese a esta Ciudad y bajándome del de avión prácticamente, me entero de la muerte de LUIS CASTILLO, después que pasaron varias semanas, una comisión de Caracas, perteneciente a este cuerpo policial, me cito a esta oficina para declarar, ya que LUIS CASTILLO, era mi amigo, yo asistí a la citación y ellos me entrevistaron“. Es todo”. Asi mismo en una de las preguntas formuladas por el investigador este señalo: SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que el ciudadano LUIS CASTILLO, en vida le haya comentado sobre algún problema con alguna persona en particular relacionado con su trabajo?. CONTESTO: “Si, LUIS CASTILLO, me dijo en vida que los familiares del RUSO, le habían reclamado por su muerte.
19. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14/03/2014, suscrita por el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofisica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia de las diligencias cumplidas a fin de lograr la citación de las ciudadanas LIVIA TAHIZ LISCANO BRAVO y MARQUINA DE GUACARAN NILDA MORAIMA, y el ciudadano FEBRES CASTILLO, quienes poseen conocimiento de los hechos que se investigan.
20. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14/03/2014, suscrita por el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofisica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia de las diligencias cumplidas a fin de cumplir las instrucciones emanadas de la superioridad para hacerle seguimiento a las evidencias de interés criminalistico colectadas en el sitio del suceso, descritas en la Inspección Técnica Nº 0045, de fecha 11/01/2009, por lo que se traslado hasta la sede de la Sala de Evidencias Físicas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, donde sostuvo entrevista con el Inspector Jefe Alexis Mora, quien luego de una búsqueda exhaustiva le manifestó que las referidas evidencias no se encontraban en esa Sala de Evidencias Físicas.
21. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14/03/2014, suscrita por el funcionario DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que en esa misma fecha se presento de manera espontánea la ciudadana CARLINDA MARIA OBERTO VALLES, trayendo consigo copias fotostáticas de varios recortes de prensa relacionadas con las diligencias practicadas por funcionarios de este cuerpo policial durante el transcurso de las investigaciones de la muerte de su esposo LUIS ALFREDO CASTILLO.
22. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14/03/2014, suscrita por el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofisica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que luego de obtener copias fotostáticas de recortes de prensa consignados por la ciudadana CARLINA MARÍA OBERTO VALLES, titular de la Cédula de Identidad V-9.516.260, logro extraer información relacionada con la recuperación en esta ciudad de un vehículo marca TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, placas AFY-81C, en el cual se trasladaban los presuntos autores del hecho que se investiga, por lo que procedío a verificarlo ante el Sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL), lográndose obtener las siguientes características del mencionado vehículo; siendo de Clase AUTOMOVIL, Marca TOYOTA, modelo YARIS 3 PUERTAS, serial de carrocería JTDJW923975037446, serial de motor 2NZ4218316, estatus de Vehículo Entregado, de igual manera se obtuvo que dicho vehículo se encuentra relacionado con el expediente H-956.309, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, por la SUBDELEGACIÓN BARQUISIMETO, de fecha 03/12/2008, de igual manera se obtiene mediante enlace del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), que el prenombrado automóvil posee como propietario a un ciudadano identificado como EDISON ALFONSO PEROZO QUIROZ, titular de la cédula de identidad V-9.773.639, fecha de nacimiento 03/12/1971. En vista de esta información obtenida procedió a comunicarse vía telefónica a la Subdelegación de Barquisimeto con el Departamento de Vehículos, siendo atendido por el funcionario INSPECTOR JEFE PEDRO JOSÉ PEÑA VIRGUEZ, a quien luego de informarle el motivo de su llamada, le hizo referencia sobre el hecho que se investiga, manifestando que realizaría una búsqueda en los archivos físicos e internos del mencionado despacho, donde luego de realizarle una segunda llamada, me informó que se había iniciado una causa penal N° H-956.309, de fecha 03/12/2008, siendo victima la ciudadana GLORIA ALEXANDRA AGÜERO CAMACARO, titular de la cédula de identidad V-14.593.042, quien fue despojada del vehículo que conducía, siendo el mismo que se describe anteriormente y que presenta como dirección de habitación Urb. Del Este, Edificio Bogotá, apartamento 4B, Barquisimeto-Estado Lara, teléfono 0253-491.02.20. Seguidamente y luego de obtener dicha información procedió a trasladarse hasta el Departamento de Vehículos de esta sede a fin de solicitar si ante esa oficina se realizó experticia de seriales identificativos al mencionado auto, por lo que una vez estando presente fui atendido por el funcionario Detective ANTONY MANUEL DACAMARA CONDALES, a quien luego de manifestarle el motivo de mi presencia, logra ubicar en los registros físicos llevados ante esa oficina una experticia Nº 030 del 19/01/2008, llevada a cabo por los funcionarios DETECTIVE ANDRES ELOY PETIT MONTERO Y AGENTE ANTONY MANUEL DACAMARA CONDALES, procediendo a solicitarle una copia fotostática de la misma, anexándola a la presente acta.
23. COPIA CERTIFICADA DE LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, Nº 030, de fecha 19/01/2009, suscrita por los funcionarios ANDRES ELOY PETIT MONTERO Y EL AGENTE INVESTIGADOR ANTHONY MANUEL DACAMARA CONDALES, quienes peritaron los seriales identificadores del vehiculo marca TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, placas AFY-81C, serial de carrocería JTDJW923975037446, serial de motor 2NZ4218316, los cuales resultaron encontrarse en su estado Original.
24. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, 15/03/2014, suscrita por el funcionario DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que luego de un breve análisis a los recortes de prensa consignados de manera voluntaria por la ciudadana relacionados con las investigación CARLINDA MARIA OBERTO VALLES, se tuvo conocimiento que horas después que sujetos desconocidos le dieran muerte al ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, el vehiculo utilizado como medio de transporte para cometer tal delito fue recuperado por funcionarios policiales, por lo que decidió trasladarse hasta la sede de la Policía del Estado Falcón, ubicada en a Avenida Rafael González, siendo recibido por el funcionario ORLANDO PADILLA, jefe de la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencia Física, quien procedió a revisar los archivos llevados por ese cuerpo policial durante el 2009, no logrando obtenerse una respuesta satisfactoria.
25. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de marzo de 2014, rendida por la ciudadana LISCANO BRAVO LIVIA TAHIZ, titular de la cedula de identidad numero V-9.587.158, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando en su declaración: “Yo fui secretaria del doctor LUIS ALFREDO CASTILLO y me encontraba en mi casa alrededor de las 9 de la mañana, recibí dos llamadas de la licenciada Florangel; quien es Bioanalista del ambulatorio Bolívar; y luego como 20 minutos después me llama la señora Carlina a mi casa y me dijo que cree que mataron a Luís, a lo que le pregunté ¿dónde había ocurrido?, diciéndome que había ocurrido en el Maizal, sector Cujicana, entonces me vestí hasta allá y vi el cuerpo del doctor LUIS ALFREDO CASTILLO, dentro de la camioneta Honda de color Gris, acostado y lleno de sangre, después logré localizar a la esposa de él, con quien hable y me dijo que toda la familia venía de la Clínica Especialidades de ver unos pacientes del doctor y se detuvieron en el lugar para desayunar y luego irse a la ciudad de Coro, donde iban a ver a la mamá del doctor y justamente cuando se estaban montando en el carro, otro vehículo de color azul pasó y le disparó, además me dijo que allí todos sabían quien había sido la persona que mandó a matar a su esposo, luego de ello todos se fueron del lugar una vez que levantaron el cadáver y movieron la camioneta del doctor me fui hasta la Clínica Paraguaná, a fin de ver a la niña MARIA FERNANDA; hija del doctor; quien había salido herida en los hechos ocurrido, al final me fui para mi casa.”. Asi mismo resalta como elemento de interés criminalistico lo siguiente: TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que tipo de actividad realizaba con el doctor fallecido? CONTESTO: “Lo ayudaba en colocar HOLSTEN, tomaba la tensión a los pacientes, realizaba los electros y recibía el dinero de las consultas para entregársela a él diariamente y trabajaba desde las 2 pm hasta 7 pm aproximadamente, además trabajaba en un local comercial propiedad de OMANCIO CRUZ, conocido como EL RUSO, quien tenía con el doctor un acuerdo de prestarle ese local para administrárselo, donde se vendían productos Nestlé, bolsas plásticas y desinfectantes.; NOVENA PREGUNTA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento que existe una relación entre la muerte del ciudadano Omancio Cruz y los hechos donde falleció el Doctor LUIS ALBERTO CASTILLO? CONTESTO: “Lo que me llama la atención es que el día en que matan al doctor se cumplían 5 meses de la muerte de Omancio Cruz y Solneidi; quien era secretaria del doctor; comentó en el consultorio luego de la muerte de Omancio, había oído que el señor Víctor, quien era su pareja en ese entonces oyó un comentario en la empresa MICAFF que la muerte del doctor fue producto de las amenazas hechas por un familiar muy cercano de OMANCIO CRUZ.”
26. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de marzo de 2014, rendida por el ciudadano CASTILLO NUÑEZ, FEBRES JOSE, titular de la cedula de identidad numero V-3.096.387, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando en su declaración: “El día Domingo 11 de Enero del 2009, yo me encontraba en una gallera en el pueblo de Moruy en compañía de Wilmer Quevedo y Buenaventura Marín, en un juego de gallo y me llega una persona que no conozco diciéndome que me comunicara con Humberto Díaz urgentemente y como no había cobertura les dije a mis acompañante que saliéramos de allí porque necesitaba comunicarme con Humberto Díaz, donde una vez que me comunique me dijo que me necesitaban en Punto Fijo, ya que a mi sobrino LUIS ALFREDO lo habían matado y estaba en la morgue del Hospital Rafael Calles Sierra, que me viniera urgentemente, por lo que me regreso a la gallera y recojo mis gallos para venirme a Punto Fijo. Donde una vez en el Hospital logré ver a mis hermanos, a los hijos de Luis y otros entre ellos dos funcionarios del CICPC que conozco y me dieron las condolencias por lo ocurrido, luego que nos entregaron el cadáver nos fuimos hasta la Funeraria La Fátima donde fue velado mi sobrino, hasta que lo fuimos a sepultar en Tacuato. Con el tiempo me enteré por los comentarios realizados se decía que JOSE ANGEL CRUZ ROMERO fue la persona que mando a matar a mi sobrino, entonces comencé a preguntar de cuál fue el motivo de ello, obteniendo por los mismos comentario que al parecer había sido porque mi sobrino no atendió al ciudadano OMANCIO CRUZ al momento que lo requería, sino que apareció al día siguiente y siendo el día que el señor falleció porque tenía un problema para levantarse y caminar; ya que le podía dar un infarto, por la obstrucción de una vena o arteria de una de sus piernas y en vista de ello él contra indicación médica se levantó y a los minutos falleció, al enterarme por medio de mi sobrino LUIS ALFREDO CASTILLO de esa situación acudo posteriormente a la Clínica y allí me encontré con JUAN QUERO y mi sobrino; como las personas conocidas; luego de ello y cuando nos encontrábamos solo Juan y yo, éste me dijo que habían amenazado de muerte a LUIS ALFREDO CASTILLO porque no asistió a Omancio Cruz durante su problema de salud, ese mismo día en la Clínica lo llamé a parte y le interrogue sobre la amenaza de la que había sido objeto por parte de JOSE ANGEL ROMERO CRUZ, a lo que me dijo que era mentira esa amenaza, luego el resto de la familia también se lo preguntó y lo negó, pero sé que él me mintió porque no quería preocupar a ningún miembro familiar, hasta el día que ocurre la muerte de mi sobrino y que se sospecha principalmente de DE LA FAMILIA CRUZ ROMERO y que además el día de la muerte de mi sobrino había una coincidencia que OMANCIO CRUZ cumpliría cinco meses de muerto, además de ello supe que Omancio Cruz le realizó un préstamo en dólares a mi sobrino y no se con que fin.”
27. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de marzo de 2014, rendida por la ciudadana MARQUINA DE GUACARAN, NILDA MORAIMA, titular de la cedula de identidad numero V-7.920.823, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando en su declaración: “El día 11/01/2009, como a las 10:00 horas de la mañana, me llamó la recepcionista de la clínica Paraguaná al número telefónico de mi casa informándome que aparentemente el Doctor LUIS ALBERTO CASTILLO le habían dado de muerte, ya que había salido una ambulancia hacia el sector Cujicana, por la Polar, luego de ello me quedé en mi casa, ya que no era secretaria de él y lo hacía solo para informarme, luego al día siguiente acudí a su velorio en la funeraria Fátima, de esta ciudad, donde estuve conversando con el hijo mayor del doctor y su esposa.”
28. COPIA CERTIFICADA DE LA HISTORIA CLINICA PERTENECIENTE AL CIUDADANO: OMANCIO SEGUNDO CRUZ ROMERO, titular de la cedula de identidad numero V-10.614.913, quien falleciera en la Policlínica Paraguaná, en fecha 11/08/2008.
29. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 19/03/2014, suscrito por el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofisica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que cumpliendo instrucciones de la superioridad procedió a realizar seguimiento a las evidencias de interés criminalistico relacionadas con la presente investigación, por lo que se traslado hacia la Delegación estadal Falcón en la ciudad de Coro, Estado Falcón, específicamente a los Departamento de Microanálisis y área de Balística; con la finalidad de determinar sobre la ubicación de las evidencias descritas en actas anteriores, relacionadas con la presente investigación. Por lo que una vez presente en el Departamento de Microanálisis, fue recibido por la Inspectora LENALIDA GUARECUCO; a quien luego de manifestarle el motivo de mi presencia, indicó que la información requerida se encuentra asentada en el LIBRO DE EXPERTICIAS DEL AÑO 2009, donde una vez revisado se logra obtener lo siguiente:
- Experticias de Activaciones Especiales, Barrido, presencia de Iones Oxidantes y Hematológica Nº 9700-060-011, de fecha 13/01/2009, a solicitud de Memorándum Nº 9700-175-00227 de fecha 12/01/2009 al vehículo marca TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C, el cual se encontraba frente a la sede del CICPC-Punto Fijo.
- Experticia de Reconocimiento Legal y Comparación física Nº 9700-060-014 de fecha 19/01/20009, a solicitud de Memorándum Nº 9700-175-00304 de fecha 13/01/2009, al material suministrado y descrito de la siguiente manera: Un (01) sobre elaborado en papel bond, sellado con grapas, con manuscrito donde se lee VARIOS TROZOS DE VIDRIO.
- Experticia de Reconocimiento Legal, Hematológica, presencia de Iones Oxidantes, solución de continuidad y comparación entre sí con las evidencias remitidas Nº 9700-060-012 de fecha 20/01/2009 a solicitud de Memorándum 9700-175-0142, de fecha 11/01/2009, a Una (01) prenda de vestir, denominada como PANTALÓN, del tipo JEANS, elaborado en tela de color AZUL, de la marca LEVIS STRAUSS, talla 44, impregnada de una sustancia de color pardo rojiza, Una (01) prenda de vestir, denominada como CHEMISE, elaborada en tela de color AZUL, marca PUMA, talla EXTRA GRANDE, impregnada de una sustancia de color pardo rojiza, Dos (02) hisopos impregnados de una sustancia de aspecto hemático de color pardo rojizo, colectada en el sitio de suceso y en la morgue.
- Experticia de Reconocimiento Legal, Hematológica, Iones Oxidantes, solución de Continuidad y comparación entre sí de las evidencias remitidas N° 9700-060-020 de fecha 20/01/2009 a solicitud de Memorándum 9700-175-011 de fecha 12/01/2009, muestra 1 correspondiente a un tubo de ensayo contentivo de cuatro hisopos impregnados de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática y muestra 2 correspondiente a un tubo de ensayo contentivo de costras de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática, colectadas en el interior del vehículo marca TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C.
- Experticia de Reconocimiento Legal, Activación especial y determinación de sustancia N°9700-060-022 de 04/02/2009, solicitada según memorándum 9700-175-00525 del 19/01/2009 a las evidencias: Dos (02) envases de forma cilíndrica, elaborados en material sintético. Seguidamente deja constancia el funcionario actuante que se traslado al Área de Criminalística, Departamento de Balística a fin de solicitar información relacionada a experticias realizadas en relación al caso que se investiga, donde fue atendido por el funcionario Detective Carlos Chirinos, adscrito al mencionado Departamento; a quien le manifestó que la información requerida es llevada mediante el LIBRO DE CONTROL DE EXPERTICIAS DE BALISTICA AÑO 2009, por lo que procedió a realizar una búsqueda, logrando encontrar que en fecha 13/01/2009, fueron recibidos Dos (02) proyectiles parcialmente deformados de estructura blindada mediante Memorándum 305 y con fecha 14/01/2013 fueron recibidos Dos (02) proyectiles parcialmente deformados de color gris, colectados en el sitio de suceso y Una (01) pieza metálica deformada, de color dorado, perteneciente las mismas al blindaje de los que se conoce como proyectil, mediante Memorándum 310, de igual manera se encuentra asentado en el prenombrado libro que dichas evidencias fueron entregadas mediante ACTA DE ENTREGA DE EVIDENCIAS con fecha 23/01/2009, refrendada por el funcionario Lic. VARGAS JAMES, Detective, Jefe de la Unidad de Balística y siendo recibidas las mismas por el Sub. Inspector MORENO JONATHAN.
30. COPIA CERTIFICADA DE EXPERTICIA DE ACTIVACIONES ESPECIALES Y BARRIDO Nº 9700-060-011, de fecha 13 de enero de 2009, suscrita por la funcionaria INSPECTORA MERLYS HERNANDEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegacion Estadal Falcón, Departamento de Criminalística, practicada al vehiculo TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C, en su parte externa e interna, del cual se concluye como evidencia de interés criminalistico que las muestras 03, 04, 05 y 06, correspondiente a el techo, parte interna de la puerta del lado del copiloto, tablero y asiento, resultaron positivos para la determinación de iones nitratos y nitritos. Asi mismo se lograron visualizar tres (03) rastros dactilares procesables en la parte del vehiculo TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C, ubicándose dos de estos en el paral de la puerta del copiloto y uno en el paral de la puerta del piloto
31. COPIA CERTIFICADA DE EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Y COMPARACION Nº 9700-060-014, de fecha 19 de enero de 2009, suscrita por la funcionaria INSPECTORA MERLYS HERNANDEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegacion Estadal Falcón, Departamento de Criminalística, practicada una muestra única constituida por varios trozos de vidrios colectados en el interior del vehiculo TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C, del cual se concluye como evidencia de interés criminalistico que dicha muestra al ser comparada con las muestras colectadas mediante barrido técnico realizado en la parte delantera y trasera del referido vehiculo se desprende que todas presentan características físicas similares entre si, en cuanto a los fragmentos de vidrio presentes en estas, lo que permite encuadrarlas como provenientes de una misma fuente de origen
32. COPIA CERTIFICADA DE EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, EXPERTICIA HEMATOLOGICA, ION NITRATO Y NITRITO, SOLUCION DE CONTINUIDAD Y COMPARACION ENTRE SI Nº 9700-060-012, de fecha 20 de enero de 2009, suscrita por la funcionaria LIC EN BIONALISIS MONICA SANGRONIS, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegacion Estadal Falcón, Departamento de Criminalística, practicada a: 1) Un (01) pantalón elaborado en fibras naturales en color azul, tipo jeans (la cual vestía el hoy occiso LUIS ALBERTO CASTILLO); 2) Un (01) sweter, elaborado en fibras sintéticas en color azul intenso (la cual vestía el hoy occiso LUIS ALBERTO CASTILLO); 3) Dos (02) sobres los cuales tienen una inscripción externa en cada uno donde se lee: Muestra A: colectada en el sitio del suceso; Muestra B: Tomado al cadáver, obteniéndose como resultado que las sustancias que presentan las muestras son de naturaleza hemática, la sustancia beis presente en la muestra 1 es tejido humano; la muestra signada como 03ª pertenece a especie humana y existe la presencia de iones oxidantes nitratos y nitritos en las muestras 1 y 2.
33. COPIA CERTIFICADA DE EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, EXPERTICIA HEMATOLOGICA, ION NITRATO Y NITRITO, SOLUCION DE CONTINUIDAD Y COMPARACION ENTRE SI Nº 9700-060-012, de fecha 20 de enero de 2009, suscrita por la funcionaria LIC EN BIONALISIS MONICA SANGRONIS, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegacion Estadal Falcón, Departamento de Criminalística, practicada a: Muestra 1: Un (01) tubo de ensayo, colectado en la parte externa del vehiculo TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C, en cuyo interior hay 4 hisopos con escasa adherencias de una sustancia semi húmeda y de color pardo de presunta naturaleza humana; Muestra 2: Un (01) tubo de ensayo colectado en la parte externa del TOYOTA, modelo YARIS, color AZUL, año 2007, placas AFY-81C, en cuyo interior contiene Costras de una sustancia de color pardo de presunta naturaleza hemática, obteniéndose como resultado que tanto la sustancia presente en los hisopos como en las costras son de naturaleza hemática, de la especie humana y pertenecientes al grupo sanguíneo tipo O.
34. COPIA CERTIFICADA DE EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, ACTIVACION ESPECIAL Y DETERMINACION DE SUSTANCIA, Nº 9700-060-022, de fecha 04 de febrero de 2009, suscrita por las funcionarias T.S.U EN QUIMICA NERVIS ROMERO Y SILED ROJAS, adscritas al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegacion Estadal Falcón, Departamento de Criminalística, practicada a: Muestra 1: Un (01) envase elaborado en material sintético (plástico) transparente de los que se utiliza para almacenar bebida gaseosa, con etiqueta donde se lee GOLDEN KOLITA; Muestra 2: Un (01) envase elaborado en material sintético transparente, de los que se utiliza para almacenar bebida gaseosa, con etiqueta donde se lee Pepsi, obteniéndose como resultado que en la superficie de las muestras analizadas se lograron visualizar dos (02) rastros dactilares procesables.0.00000…………………………………….
35. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 20/03/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que de haber realizado como diligencia de investigación la citación del ciudadano MAGDALENO PIMENTEL, quien aparece mencionado como parte de personal médico que atendió en su debido momento al ciudadano OMANCIO CRUZ.
36. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 20/03/2014, del ciudadano MAGDALENO ANTONIO PIMENTEL GARCIA, titular de la cedula de identidad numero V-1.420.488, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando en su declaración: “Bueno en fecha 11-01-2009, en horas de la mañana, yo me encontraba en la Clínica Paraguaná, visitando a unos pacientes y de pronto observo que una enfermera estaba llorando y le pregunto que le paso y me cuenta que acaban de dispararle a mi colega Luis Castillo, y que también le habían disparado a su hija, cuando iban en su camioneta por la calle de la Polar, entonces me fui rápidamente a ese lugar y cuando llegue, veo que había un cordon policial restringiendo el paso, pero si pude ver a mi colega LUIS CASTILLO, en el asiento trasero de su camioneta pero ya estaba muerto…”. Como elemento de interés en su declaración destaca el haber manifestado que el vehiculo en el cual andaba los autores de la muerte del ciudadano LUIS CASTILLO, había aparecido quemado por la Urbanización Coromoto de la ciudad de Punto Fijo. Asi mismo manifestó que existía una deuda en dólares que tenia el hoy occiso LUIS CASTILLO, con el también occiso AMANCIO CRUZ, y que el hoy imputado JOSE ANGEL ROMERO, le habia cobrado dicha deuda, hecho este que preocupaba a la victima. De igual manera refiere tener conocimiento del reclamo que el hoy imputado le habia hecho a la victima por la muerte de su hermano AMANCIO CRUZ.
37. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 21/03/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que de haber realizado como diligencia de investigación la citación del ciudadano JUVENCIO BESSON, quien aparece mencionado como parte de personal médico que atendió en su debido momento al ciudadano OMANCIO CRUZ.
38. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 21/03/2014, del ciudadano JUVENCIO ENRIQUE BESSON BARRIOS, titular de la cedula de identidad numero V-4.994.487, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan.
39. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 23/03/2014, suscrito por los funcionarios INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que de haber realizado como diligencia de investigación la citación de la ciudadana ZULLY DE MAVAREZ, quien fue la intensivista que atendió al hoy occiso OMANCIO CRUZ, y la misma tiene conocimiento de los hechos que se investigan en la presente causa.
40. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 20/03/2014, de la ciudadana ZULLY TERESA DE MAVARES, titular de la cedula de identidad numero V-4.522.436, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan.
41. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 31/03/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que de haber realizado como diligencia de investigación la citación del ciudadano JUAN RAMON QUERO, quien tiene conocimiento de los hechos que se investigan en la presente causa.
42. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 01/04/2014, suscrito por los funcionarios INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que continuando con las investigaciones relacionadas con la presente causa, tuvo conocimiento que le vehiculo presuntamente utilizado en la muerte del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, fue visto días antes del hecho dentro de las instalaciones de la empresa MAQUINARIAS RUSSO, lo cual fue comentado entre el personal que allí trabaja para la fecha, entre las cuales se nombra a la ciudadana ALBELYS ATACHO, quien para la fecha del hecho se desempeñaba como administradora, y quien reside actualmente en la Urbanización Jorge Hernández, Sector 2, estacionamiento 5 de esta ciudad. Por lo que una vez obtenida la información se traslado hasta la referida dirección, siendo atendidos por la ciudadana ALBELYS ATACHO, quien manifestó que en la empresa donde trabajaba se encontraba antes de la muerte del doctor un vehiculo con características similares, por lo que se le procedió a librar boleta de notificación.
43. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01/04/2014, del ciudadano JUAN RAMON QUERO MARTINEZ, titular de la cedula de identidad numero V-4.793.946, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando: El Día 11 de Agosto del 2008, tuve conocimiento sobre la muerte de OMANCIO CRUZ, mediante llamada telefónica recibida, en la Clínica Paraguaná, por lo que en horas de la tardecita me trasladé hasta allá, donde me encontré con los hermanos, a Richard, varios Ingeniero que trabajaban con él, a Darwin, quien creo que es familia, así como a la esposa y otras mas que no recuerdo, allí duré como 20 minutos, donde me enteré que Omancio había fallecido por un paro respiratorio y que ya tenía dos días hospitalizado, posteriormente a esta muerte se oyó decir por comentarios que producto de la muerte de Omancio, su hermano JOSE ANGEL CRUZ ROMERO había amenazado de muerte al médico de nombre Luís Castillo, a los meses me enteré que el médico había fallecido, por lo que fui hasta la calle que queda al frente de una venta de empanadas llamada EL MAIZAL, donde al llegar logré verlo dentro del vehículo una camioneta HONDA, PILOT, color Gris plomo.
44. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/04/2014, rendida por la ciudadana ATACHO GALICIA ALBELYS LEOCIMAR, titular de la cedula de identidad numero V-17.500.189, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, manifestando que recordaba que el hoy occiso OMANCIO CRUZ, llego a comprar un Yaris, entre gris y azul claro, el cual era manejado por su chofer de nombre Luís Nieves, y que recuerda igualmente que ese vehiculo junto con una camioneta 4Foruner color plata después de la muerte del ciudadano OMANCIO CRUZ habían desaparecido.
45. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, 02/04/2014, suscrito por los funcionarios INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia de las diligencias por ellos cumplidas para lograr la citación de la ciudadana MARIA RIVAS, quien era la administradora del ciudadano OMANCIO CRUZ ROMERO, en la Empresa Maquinarias Russo.
46. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 03/04/2014, de la ciudadana RIVAS COLINA MARIA GREGORIA, titular de la cedula de identidad numero V-13.901.436, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan.
47. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 03/04/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que de haber realizado como diligencia de investigación la citación de la ciudadana CAROLINA LEAL DE CRUZ, quien tiene conocimiento de los hechos que se investigan en la presente causa.
48. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 04/04/2014, de la ciudadana CAROLINA LEAL LEAL DE CRUZ, titular de la cedula de identidad numero V-11.766.661, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, en su condición de cónyuge del hoy occiso OMANCIO CRUZ quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan, específicamente declaro tener conocimiento que entre su esposo ya fallecido y la victima de la presente causa había existido un préstamo de dinero en dólares.
49. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 07/04/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia de las diligencias por ellos cumplidas a fin de lograr la citación de los ciudadanos HECTOR JOSE GONZALEZ y EDUARDO GONZALEZ, quienes fueron testigos presencial del homicidio del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, siendo entrevistados en su oportunidad ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo .
50. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 07/04/2014, del ciudadano HECTOR JOSE GONZALEZ, titular de la cedula de identidad numero V-10.610.491, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan.
51. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 08/04/2014, del ciudadano EDUARDO JESUS GONZALEZ OLIVARES, titular de la cedula de identidad numero V-19.059.519, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan.
52. LEVANTAMIENTO PLANIMETRICO Nº 015-14, realizado por el experto Hugo Urribari, adscrito al Área de Análisis y Reconstrucción de Hechos, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, delegación Coro correspondiente al sitio del suceso donde perdió la vida el ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, realizado según la versión aportada por la ciudadana CARLINDA OBERTO VALLES, en fecha 12/03/2014.
53. TRAYECTORIA INTRA ORGANICA Nº 015-14, realizado por el experto Hugo Urribari, adscrito al Área de Análisis y Reconstrucción de Hechos, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, delegación Coro realizada según lo plasmado por el Medico Anatomopatólogo que suscribe el Protocolo de Autopsia Nº 0212, practicada al ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO.
54. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 09/04/2014, suscrito por los funcionarios INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que realizaron como diligencia de investigación la citación, en su domicilio, de la ciudadana OBERTO VALLES CARLINA MARIA, titular de la cedula de identidad numero V-9.516.260, quien es la conyugue del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO (OCCISO), y testigo presencial de los hechos, a fin de ampliar su entrevista.
55. AMPLIACION DE ENTREVISTA, de fecha 10/04/2014, rendida por la ciudadana OBERTO VALLES CARLINA MARIA, titular de la cedula de identidad numero V-9.516.260, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, en la cual manifiesta que las personas que iban a bordo del vehiculo TOYOTA, YARIS, COLOR AZUL, presentaban como rasgos fisonómicos: color de piel morena, rasgos Guajiros, y ambos de cara redonda, con mas de 30 años para el momento de los hechos.
56. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 10/04/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que continuando con las investigaciones de la causa penal K-13-0175-02874, en la cual figura como victima el ciudadano VIRGILIO OSTEICOECHEA, se trasladaron hacia el Sector Los Rosales, especialmente en una zona donde residen gran cantidad de personas de origen indígena, y luego de realizar investigaciones de campos relacionadas con los autores de tal hecho, una persona que fue identificada ya que solicito total confidencialidad, les señalo una vivienda del tipo rancho, elaborado en material de acerolic y de zinc, donde vivía un sujeto conocido con el APÒDO de Arturo, por lo que se dirigieron al inmueble en referencia, siendo atendidos por un ciudadano de nombre CORNELIO Q, también conocido como Arturo, quien manifestó tener conocimiento de la muerte de un medico ocurrida hace como cinco (05) años, por lo que se le libro boleta de notificación.
57. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10/04/2014, del ciudadano QUINTERO CORNELIO ANTONIO, titular de la cedula de identidad numero V-18.426.047, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien manifestó: “En realidad no se mucho de la muerte de Villo, solo que luego de ello recibí una llamada de JOSE ANGEL ROMERO, quien me dijo que le ubicara una gente para matar al papa de ese comerciante, ya que ese señor lo estaba acusando de la muerte de su hijo, y por ello no le hice nada, ya que tengo años que me fui de Punto Fijo, y a veces vengo a visitar a mi hija JARLI JUDITH QUINTERO y me supongo que me llamo porque yo trabaje para JOSE ANGEL ROMERO, y recuerdo que en una oportunidad también necesitaba que buscara a unos colombianos para que hicieran un trabajo, le pregunte que tipo de trabajo y me dijo que quería sacar del camino a una persona y yo le dije que se lo iba a buscar, pero pasaron los días y yo nunca le conseguí a las personas para que hicieran el trabajo, en una oportunidad sin mas no recuerdo, creo que fue en carnaval, me fui para la casa de mi familia en Maracaibo, a lo que regreso me consigo con un paisano mió que se llama RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ, que también trabaja para JOSE ANGEL, y me dijo que el había hecho el trabajo que el patrón había mandado hacer, le pregunte que como lo había hecho y me dijo que se había ido con HUESO, el hermano de HUESO que se llama ALEXIS GONZALEZ y el, que se fueron en un Yaris Azul que había traído DARWIN TORRES, y a lo que llegaron donde estaba el tipo se bajo hueso y le metió varios disparos, después se fueron hacia maquinarias ruso, y que le entregaron el arma a Richard, y Richard supuestamente boto el arma al mar, y ese mismo día me entere que el que habían matado había sido un medico que atendía al Ruso, hermano de José Ángel. En su entrevista señala tener conocimiento que los autores de la muerte fueron: Rafael Segundo González, quien manejaba el Yaris, Hueso, quien se llama EMILIANO GONZALEZ, quien era copiloto y fue quien disparo, el hermano de hueso que se llama Alexis González, Darwin quien fue el que trajo el Yaris de Barquisimeto y JOSE ANGEL que lo mando a matar. Asi mismo manifiesta que en dias anteriores a la muerte del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, llego a ver el vehiculo YARIS, AZUL, los cuales habían llegado a Transporte Russo, cuando el laboraba como vigilante, asi como también un Ford fiesta blanco.
58. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11/04/2014, suscrita por el funcionario INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que continuando con las averiguaciones relacionadas con la causa I-079.765, que se instruye por ante este despacho, por uno de los delitos Contra las Personas, luego de ser leída las entrevistas que anteceden de donde se desprenden que tres sujetos llamados Emiliano GONZÁLEZ, apodado el Hueso; Alexi GONZÁLEZ, apodado el Chino, quienes son hermanos y un tercero de nombre: Rafael Segundo GONZÁLEZ, aparecen mencionados como los autores materiales de la muerte del ciudadano: Luís Alfredo CASTILLO (victima de esta causa), quienes utilizaron un vehículo marca Toyota, modelo Yaris, color Azul, para cometer el presente hecho, dicho vehículo fue facilitado por un sujeto llamado Darwin TORRES, quien a su vez trabaja como jefe de seguridad para el ciudadano José Ángel CRUZ ROMERO, dándole continuidad a las investigaciones lograron identificar al sujeto apodado HUESO como JOSÈ EMILIANO GONZÀLEZ, titular de la cédula de identidad V-18.305.632, su hermano apodado CHINO como ALEXI ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad V-22.468.004; DARWIN TORRES fue identificado como: DARGUEN ANTONIO TORRES CHIRINOS. Cédula de Identidad V-11.858.921, cabe destacar que el cuarto sujeto llamado RAFAEL SEGUNDO GONZÁLEZ, no pudo ser identificado plenamente, por los funcionarios actuantes procedieron a trasladarse hasta el área de Sustanciación, con la finalidad de ubicar en los archivos físicos llevados ante esta oficina que guarden relación con algunos de los sujetos antes descritos, siendo atendidos por la funcionaria Detective Jefe Yelitza YSEA, Jefe de Sustanciación, a quien luego de manifestarle el motivo de su presencia y luego de una minuciosa búsqueda en el libro de control de causas llevadas en esa oficina, informó que el ciudadano: JOSÉ EMILIANO GONZÁLEZ, aparece involucrado como investigado en la siguiente causa: I-521.081, delito: HOMICIDIO, victima: RONALD JOSÈ RODRÍGUEZ FIGUEROA, titular de la cédula de identidad V-14.358.631, de fecha 19/06/2010, iniciado por esta Subdelegación; mientras que su hermano ALEXI ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, aparece mencionado como investigado en la causa: I-236.527, delito: HOMICIDIO, victima: ARMANDO JOSÈ ESCOBAR HERNÁNDEZ, de fecha 21/06/2009; igualmente aparece como imputado en la causa penal K-13-0175-02355, iniciado por el delito de PORTE ILÍCITO, de fecha 28-08-2013, iniciada por esta Sub Delegación, causa en la cual se hace referencia que dicho sujeto fue el autor material de la muerte del ciudadano: ALVARO JOSÉ VILLANUEVA RODRÍGUEZ, titular de la cedula de Identidad V-13.081.201, víctima de la causa penal I-729.597, hecho ocurrido en el municipio San Francisco de Maracaibo, Edo. Zulia, en fecha 19-01-2012, derivándose investigaciones dirigidas por la fiscalía Cuarta del Ministerio Público del estado Zulia, la cual estaba en proceso de trámite de su respectiva orden de aprehensión, la cual solicitó su traslado hasta la Delegación Estadal Zulia, para ser impuesto de los hechos, por ultimo dicha funcionaria comunicó que el ciudadano DARGUEN ANTONIO TORRES CHIRINOS, aparece como imputado en la causa penal K-13-0175-02509, iniciada por el delito HOMICIDIO, en perjuicio del ciudadano: LUIS FELIPE TOLEDO THOMPSON, por lo que una vez obtenida dicha información procedieron a retirarse de la mencionada área e informarle a la superioridad de la diligencian antes descrita, no sin antes verificar por ante el sistema computarizado SIIPOL, con enlace SAIME, si lo referidos ciudadanos, poseen algún registro policial o solicitud, por lo que ingresé los datos filiatorios de los mismos, arrojando el siguiente resultado: JOSÉ EMILIANO GONZÁLEZ posee registro policial según expediente: I-521.081, de fecha 19-06-2010, por el delito de HOMICIDIO, por esta sub. Delegación; ALEXI ANTONIO GONZÁLEZ posee registro policial según causa penal K-13-0175-02355, de fecha 28-08-2013, iniciado por el delito PORTE ILÍCITO, por esta sub. Delegación y DARGUEN TORRES posee una SOLICITUD, según oficio 2C-134-2014, expediente IP11-P-2014-00323, por el Tribunal Segundo de Control de Punto Fijo, por el delito de HOMICIDIO, anexando al Acta que suscribe copia fotostática del registro de SIIPOL.
59. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 12/04/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que continuando con las investigaciones relacionadas con la presente causa, y luego de analizada la entrevista rendida por el ciudadano CORNELIO se desprende que las siguientes personas: JOSE EMILIANO GONZALEZ, ALEXI ANTONIO GONZALEZ, RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ Y JATLIHT JUDITH QUINTERO fueron trabajadores de la empresa Transporte Romero, propiedad del ciudadano JOSE ANGEL CRUZ ROMERO, quien aparece involucrado en la presente causa, por lo que a fin de corroborar la referida información procedió a enviarle un oficio a la referida empresa, solicitándole la hoja de vida de las personas antes mencionadas.
60. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14/04/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia que continuando con las investigaciones de las cuales se desprende que el ciudadano Alexi Antonio GONZÁLEZ GONZÁLEZ. Cedula de Identidad V-22.468.004, aparece como investigado en la presente causa y fue trasladado por una comisión de ese despacho hasta la Delegación del Eje de Homicidio del estado Zulia, cumpliendo órdenes de la fiscalía Cuarta del Ministerio Publico del estado Zulia, procedió a realizar llamada telefónica a la referida delegación, siendo atendida por el Inspector Jefe ORLANDO HERRERA, Jefe del mencionado Eje de Homicidio, quien al ser impuesto del motivo de su llamada, le informó que el ciudadano Alexi Antonio GONZÁLEZ, le fue tramitada una orden de aprehensión vía excepción por la fiscalía Cuarta del Ministerio Publico y fue trasladado hasta el centro de reclusión EL MARITE, en virtud de esa información le solicito un número de comunicación de algún representante de esa la referida cárcel, aportándole el siguiente 0414-967.68.05, perteneciente al sub Director de dicho centro de reclusión, por lo que procedío a realizar llamada, con la finalidad de indagar si el ciudadano: Alexi Antonio GONZÁLEZ GONZÁLEZ. Cedula de Identidad V-22.468.004, aun se encuentra recluido en dicho centro, siendo atendido por el ciudadano: Iber CARUZZO. Cedula de Identidad V-16.804.362, previa identificación como funcionarios de ese cuerpo policial e impuesto del motivo de su llamada y luego de una breve espera, le informó haber buscado en los archivos físicos y digitales, arrojando como resultado que la persona requerida, le fue dictada beneficio de libertad, en fecha 22-10-2013.
61. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 15/04/2014, suscrito por los funcionarios INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia de las diligencias por ellos cumplidas a fin de lograr la citación de los ciudadanos: LUIS MEDINA, JOSE GREGORIO PENICHE Y ROMER RODRIGUEZ, quienes presenciaron el momento en que le dieron muerte al ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO.
62. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/04/2014, del ciudadano PENICHE JOSE GREGORIO, titular de la cedula de identidad numero V-12.176.883, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien depone en relación con el conocimiento que posee de las circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos que se investigan.
63. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 22/04/2014, suscrito por los funcionarios DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quien deja constancia de las diligencias cumplidas a fin de lograr la citación del ciudadano Rafael Segundo GONZÁLEZ, quien aparece como uno de los posibles autores de la muerte del ciudadano Luis Alfredo CASTILLO (víctima de esta causa).
64. ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 09/04/2014, suscrito por los funcionarios INSPECTOR OSCAR MORALES, adscrito al Área de Investigaciones de los delitos Contra la Vida y la Integridad Psicofísica del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, y el DETECTIVE JEFE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, sub.-delegacion Punto Fijo, quienes dejan constancia que luego de obtener información de la participación de los ciudadanos JOSE EMILIANO GONZALEZ (APODADO EL HUESO) Y ALEXIS ANTONIO GONZALEZ (APODADO EL CHINO), en la muerte del ciudadano LUIS ALFREDO CASTILLO, siendo que los referidos ciudadanos son señalados como autores de otros delitos ocurridos en los Rosales, de Punta Cardón, por lo que procedieron a trasladarse hasta el referido sector, a fin de ubicar y citar a los referidos ciudadanos, donde una vez allí y luego de sostener entrevista con varios moradores del sector les indicaron que efectivamente esas personas residen en el mencionado barrio y que son Goajiros y muy peligrosos y siempre andan armados, y que son hijos de una ciudadana de nombre MARIA GONZALEZ, señalándoles asi mismo, la vivienda donde estos residían, por lo qu procedieron a dirigirse hasta la vivienda indicada donde fueron atendidos por un ciudadano de nombre JESUS BAEZ, quien fue debidamente identificado, y quien manifestó desconocer mayores datos de los ciudadanos JOSE EMILIANO GONZALEZ (APODADO EL HUESO) Y ALEXIS ANTONIO GONZALEZ (APODADO EL CHINO), indicando que eran hijos de su pareja, y haciéndole entrega al mismo de boletas de notificación dirigidas a estos.
65. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23/04/2014, del ciudadano JESUS BAEZ, titular de la cedula de identidad numero V-6.774.204, rendida por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Punto Fijo, quien en su declaración manifestó que efectivamente los ciudadanos JOSE EMILIANO GONZALEZ (APODADO EL HUESO) Y ALEXIS ANTONIO GONZALEZ (APODADO EL CHINO), habían trabajado para el ciudadano JOSE ANGEL ROMERO, como escoltas y que los mismos portaban armas de fuego. Así mismo indica que llego a ver un vehículo TOYOTA YARIS, COLOR GRIS, el cual era de José Emiliano, así como también llego a ver un vehículo blanco que tenía un coquito en el techo trabajando para taxi.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
A tal efecto el artículo 236 del Código Orgánico Procesal establece los siguientes requisitos para decretar la privación Judicial preventiva de Libertad, que se acredite la existencia de Primero: Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción no está evidentemente prescrita. En tal sentido se evidencia que la comisión de los delitos de SICARIATO Y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 12 y 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada vigente para la época del hecho, en perjuicio del hoy occiso LUIS ALFREDO CASTILLO y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para la época del hecho, en perjuicio de la niña MARIA FERNANDA CASTILLO OBERTO. Segundo: Que exista fundados elementos de convicción que el imputado es autor o participe en la comisión del hecho punible. En el presente asunto se observa que efectivamente existen ciertos elementos de convicción, sin embargo consignan en la audiencia copia certificada de acta de matrimonio efectuado en fecha 11 de Enero de 2009, a las 10:00 horas de la mañana, por ante la Parroquia Cacique Mara, municipio Maracaibo del Estado Zulia, en la que el imputado RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ, contrae matrimonio con la ciudadana LUZ ESTHER BASTIDA CASTILLO, lo que conlleva que a este Juzgador se le crea una duda razonable, ya que no pude estar una persona al mismo tiempo en diferentes lugares, como lo es en Punto Fijo, y en el Estado Zulia, y aún cuando se trata de Delitos sumamente graves, el artículo 242 del Código Adjetivo establece la posibilidad de que los supuesto que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser satisfechas por una medida menos gravosa, tal como lo solicita la representación Fiscal en su exposición.
Al presentarse el ciudadano quien tiene una Orden de Aprehensión, se considera en consecuencia quien aquí decide, que se encuentran llenos los presupuestos contenidos en el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Resuelve, PRIMERO: se declara con lugar la precalificación de la Fiscalia Sexta Del Ministerio Pública Decreta al Ciudadano RAFAEL SEGUNDO GONZALEZ, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO EN LA MODALIDAD DE SICARIATO, previsto en los artículos 12 y 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada en perjuicio del hoy occiso LUIS ALFREDO CASTILLO, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de la niña MARIA FERNANDA CASTILLO OBERTO. SEGUNDO: Se Decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 242 ORDINALES 3º Y 4º, consistente en la presentación cada Ocho (8) días y prohibición de salida de la península de PARAGUANA, TERCERO: Se declara sin lugar la libertad plena solicitada por la defensa privada. CUARTO: Se tramitara la presente causa por el procedimiento ordinario QUINTO : SE DEJA SIN EFECTO LA ORDEN APREHENSION Y SE AUTORIZA A LA DEFENSA PRIVADA A LOS FINES DE QUE CONSIGNE DICHO OFICIO EN SIPOL. Se acuerdan las copias simples a la defensa Privada de la totalidad del asunto Líbrese las boleta de libertad. Notifíquese a las partes y remítase la causa a la respectiva Fiscalía. Cúmplase.
ABG. SATURNO RAMÍREZ ZORRILLA
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. EMILYS MATA
SECRETARIA DE SALA