REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, viernes treinta y uno (31) de julio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2010-003209
ASUNTO : IP11-P-2010-003209
AUTO ACORDANDO AUTORIZACIO DE SALIDA DE LA JURIDICCION DEL TRIBUNAL.-
Visto el escrito interpuesto por el ciudadano acusado YOLMAN JOSE CONTRERAS, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en los artículos 43 y 44 numeral 2º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana YENIFER UADALUPE MENDEZ PULGAR; mediante el cual solicita a este Tribunal en Funciones de Juicio autorización para salir de la jurisdicción de este Tribunal a los fines de realizar trabajo de albañilería en la ciudad de Caracas.
A tal efecto este Tribunal realizando una ponderación humanística respecto a la situación que rodea el presente asunto y tomando principalmente en consideración que en fecha 10.01.2012 quien regentaba este Tribunal para la fecha acordó el otorgamiento de las medidas cautelares sustitutivas previstas en el derogado articulo 256 (hoy 242) numerales 3, 4 y 9, del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes la Primera en presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la oficina de alguacilazgo; la Segunda la prohibición de salida de la Península de Paraguana sin autorización del Tribunal y la Tercera la prohibición del acercarse a la victima YENIFER GUADALUPE MENDEZ PULGAR, y a su núcleo familiar; no constatándose en actas información alguna respecto al cumplimiento de las mismas y presumiéndose en todo momento la intención del acusado del someterse al proceso penal en Libertad; es por lo que en consecuencia esta Juzgadora AUTORIZA al solicitante ÚNICAMENTE para el mencionado traslado desde la fecha del LUNES 21.08.2015 AL MARTES 25.08.2015 hasta la ciudad de Caracas, ambas fechas inclusive, debiendo abstenerse de desplazarse por otras zonas del territorio Venezolano sin autorizaron expresa de esta Juzgado. De igual deberá presentarse el día MARTES VEINTISÉIS (26) DE AGOSTO DE 2015, por ante la sede de este Juzgado a objeto de dejar constancia del cumplimento de los términos en los cuales fuera acordada la presente autorización. Se ordena librar constancia de autorización de salida al ciudadano YOLMAN JOSE CONTRERAS. Se ordena notificar a las partes intervienes en el presente asunto penal. Cúmplase. Ofíciese.
JUEZ PRIMERA EN FUCIONES DE JUICIO
ABG. CLAUDIA RENATA BRACHO PEREZ.
ABG. ROXANA CUICAS P.
SECRETARIA