REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 01 de Julio de 2015
205º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: IP01-D-2015-000071
ASUNTO : IP01-D-2015-000071

AUTO DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Corresponde a esta juzgadora pronunciarse en virtud de la solicitud en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Coro en fecha 30 de Abril de 2015, se ha recibido procedente de la Fiscalía Undécima del Ministerio Público del Estado Falcón, el Asunto Penal Nº IP01-D-2015-000071, el cual anexan en cuarenta y nueve Folio (49) folios útiles, donde corre inserta Solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los ciudadanos adolescentes: YEFFERSON DANIEL ROMERO PIMENTEL, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.991.412, fecha de nacimiento 5-02-1999, de 16 años de, estudiante del tercer año, domiciliado en la Urbanización Francisco de Miranda, manzana 2, casa Nº 43 de color naranja, teléfono: 0424-688-4677 – 0426-362-9165 hijo de JESUS ROMERO PIRELA y TIBISAY PIMENTEL PEROZO, ocupación del padre pintor y de la madre ama de casa, domiciliado en la Urbanización Francisco de Miranda, manzana 2, casa Nº 43 de color naranja, teléfono: 0424-688-4677 – 0426-362-9165. ABEL ISMAN CHACON DELGADO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.840.127, fecha de nacimiento 6-10-1998, de 16 años de edad, estudiante del quinto año de bachillerato, domiciliado en la Urb. Francisco de Miranda, calle 9°, modulo 12, casa Nº 24 de color azul, teléfono de su madre: 0416-940-9764, teléfono del imputado 0426-600-2566 hijo de MERCEDES DELGADO COLMENARES, ocupación del hogar, domiciliado en la Urb. Francisco de Miranda, calle 9°, modulo 12, casa Nº 24 de color azul, teléfono: 0416-940-9764. SAMIR JOSE SAID VILLALOBOS, titular de la cedula de identidad Nº V- 28.092.920, nacido en fecha 6-02-1999, de 15 años de edad, estudiante del 4to año, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 6, casa Nº 15 de color rosada, punto de referencia: a una cuadra de la escuela Josefa Camejo, teléfono: 0268-277-4048 – 0426-561-7224 hijo de MARIA VILLALOBOS PIÑA, ocupación Comerciante, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 6, casa Nº 15 de color rosada, punto de referencia: a una cuadra de la escuela Josefa Camejo, teléfono: 0268-277-4048 – 0426-561-7224. JUAN PABLO OLLARVES BORGES, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 29.535.099, nacido en Morón, fecha 23-02-2000 de 14 años de edad, soltero, estudiante del 3er año, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 2, casa N° 17 de color salmón, punto de referencia: a dos cuadras de la cancha, teléfono: 0426-107-1541 – 0268-277-4520, hijo de JOSE GREGORIO OLLARVES Y OLY MARIA BORGES, ocupación del padre comerciante y de la madre ama de casa, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 2, casa N° 17 de color salmón, punto de referencia: a dos cuadras de la cancha, teléfono: 0426-107-1541 – 0268-277-4520, por la presunta comisión del delito de DAÑOS AL PATRIMONIO PUBLICO, de conformidad con el articulo 473 NUMERAL 3° del Código Penal y se siga el procedimiento ordinario, es todo” y de conformidad con las disposiciones legales contenidas en los artículos 561 literal “d” de la LOPNNA, concordancia con los artículos 300 ordinal 4ero Código Procesal Penal, por considerar en consecuente que opera la extinción de la presente causa. En este particular observa quien aquí decide que en la presente asunto principal se da los supuestos considerados por la Vindicta Publica en razón al petitorio y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de conformidad con las disposiciones legales contenidas en los artículos 561 literal “d” de la LOPNNA, concordancia con los artículos 300 ordinal 4ero Código Procesal Penal, por considerar en consecuente que opera la extinción de la presente causa. ASI SE DECIDE.
D I S P O S I T I V A
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE, es por lo que en base al Principio de Economía Procesal y previa la revisión de las actas procesales DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA : IP01-D-2015-000071 llevada a los adolescentes: YEFFERSON DANIEL ROMERO PIMENTEL, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.991.412, fecha de nacimiento 5-02-1999, de 16 años de, estudiante del tercer año, domiciliado en la Urbanización Francisco de Miranda, manzana 2, casa Nº 43 de color naranja, teléfono: 0424-688-4677 – 0426-362-9165 hijo de JESUS ROMERO PIRELA y TIBISAY PIMENTEL PEROZO, ocupación del padre pintor y de la madre ama de casa, domiciliado en la Urbanización Francisco de Miranda, manzana 2, casa Nº 43 de color naranja, teléfono: 0424-688-4677 – 0426-362-9165. ABEL ISMAN CHACON DELGADO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.840.127, fecha de nacimiento 6-10-1998, de 16 años de edad, estudiante del quinto año de bachillerato, domiciliado en la Urb. Francisco de Miranda, calle 9°, modulo 12, casa Nº 24 de color azul, teléfono de su madre: 0416-940-9764, teléfono del imputado 0426-600-2566 hijo de MERCEDES DELGADO COLMENARES, ocupación del hogar, domiciliado en la Urb. Francisco de Miranda, calle 9°, modulo 12, casa Nº 24 de color azul, teléfono: 0416-940-9764. SAMIR JOSE SAID VILLALOBOS, titular de la cedula de identidad Nº V- 28.092.920, nacido en fecha 6-02-1999, de 15 años de edad, estudiante del 4to año, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 6, casa Nº 15 de color rosada, punto de referencia: a una cuadra de la escuela Josefa Camejo, teléfono: 0268-277-4048 – 0426-561-7224 hijo de MARIA VILLALOBOS PIÑA, ocupación Comerciante, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 6, casa Nº 15 de color rosada, punto de referencia: a una cuadra de la escuela Josefa Camejo, teléfono: 0268-277-4048 – 0426-561-7224. JUAN PABLO OLLARVES BORGES, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 29.535.099, nacido en Morón, fecha 23-02-2000 de 14 años de edad, soltero, estudiante del 3er año, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 2, casa N° 17 de color salmón, punto de referencia: a dos cuadras de la cancha, teléfono: 0426-107-1541 – 0268-277-4520, hijo de JOSE GREGORIO OLLARVES Y OLY MARIA BORGES, ocupación del padre comerciante y de la madre ama de casa, domiciliado en la Urb. Arístides Calvanis, calle 2, casa N° 17 de color salmón, punto de referencia: a dos cuadras de la cancha, teléfono: 0426-107-1541 – 0268-277-4520, por la presunta comisión del delito de DAÑOS AL PATRIMONIO PUBLICO, de conformidad con el articulo 473 NUMERAL 3° del Código Penal y se siga el procedimiento ordinario, es todo” y de conformidad con las disposiciones legales contenidas en los artículos 561 literal “d” de la LOPNNA, concordancia con los artículos 300 ordinal 4ero Código Procesal Penal, por considerar en consecuente que opera la extinción de la presente causa. En este particular observa quien aquí decide que en la presente asunto principal se da los supuestos considerados por la Vindicta Publica en razón al petitorio y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de conformidad con las disposiciones legales contenidas en los artículos 561 literal “d” de la LOPNNA, concordancia con los artículos 300 ordinal 4ero Código Procesal Penal, por considerar en consecuente que opera la extinción de la presente causa. Es Todo. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítanse estas actuaciones al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, sede Coro. CÚMPLASE.-

ABG. ZHAYDHA PAEZ CABEZA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTE

SECRETARIA
ABG. ALEJANDRA MORA