REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 02 DE JUNIO de 2015
Años: 204º y 156º
“Vistos”
EXPEDIENTE: 1745
DEMANDANTE:
NUMA JOSE MIRANDA HIDALGO, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.493.168, Inpreabogado Nro. 35.748, domiciliado (a) en la Calle Norte, esquina Iturbe, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
DAMANDADO FELIX ALBERTO LUGO SANZ, VENEZOLANO (A), MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 13.607.776, en su carácter de firmante del cheque y representante legal de la empresa DESTINOS TOURS Y VIAJES C.A., DOMICILIADO (A) EN LA URBANIZACION LA PAZ, CASA NRO. 20, DE ESTA CIUDAD DE SANTA ANA DE CORO, MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN
MOTIVO COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION).
Visto la diligencia presentada por el (los) ciudadanos (a): NUMA JOSE MIRANDA HIDALGO, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.493.168, Inpreabogado Nro. 35.748, domiciliado (a) en la Calle Norte, esquina Iturbe, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón., parte actora en el presente juicio y por la parte demandada el ciudadano FELIX ALBERTO LUGO SANZ, VENEZOLANO (A), MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 13.607.776, en su carácter de firmante del cheque y representante legal de la empresa DESTINOS TOURS Y VIAJES C.A., DOMICILIADO (A) EN LA URBANIZACION LA PAZ, CASA NRO. 20, DE ESTA CIUDAD DE SANTA ANA DE CORO, MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN. Contentivo al juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), mediante la cual la demandante de autos manifiesta “…que en fecha 01/06/2.015, recibió el pago total de lo pretendido en el presente juicio, por parte del demandado de autos ciudadano: FELIX ALBERTO LUGO SANZ, razón por la cual satisface plenamente la demanda incoada en su contra, manifiesto mi voluntad de dar por extinguido y pagada la deuda exigida, por consiguiente DE POR CONSUMADO ESTE ACTO Y PROCEDA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, CON LA HOMOLOGACION JUDICIAL CORRESPONDIENTE, PIDO SE SUSPENDA EL EMBARGO PREVENTIVO DECRETADO EN ESTE PROCESO, solicito la finalización del presente juicio y se ordene el archivo del expediente…”; En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de cosa Juzgada, en autoridad de cosa Juzgada, se ordena suspender el embargo preventivo decretado en la presente causa sobre un vehículo propiedad del ciudadano FELIX ALBERTO LUGO SANZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.168, cuyas características son las siguientes: Marca: CHEVROLET; Modelo: OPTRA; Serial de Motor: T18SED202076; Serial de Carrocería: 9GAJM523X7B080266; Placa: AGF13A; Uso: PARTICULAR; Tipo: SEDAN Clase: AUTOMOVIL; Año: 2007; Color: BLANCO; el cual se encuentra retenido en el Estacionamiento Occidente, ubicado en el Km7, Municipio Miranda del Estado Falcón, oficiar al Centro de Inspección Coro- U.E.V.T.T. N° 72 Falcón de la Policía Nacional Bolivariana Estado Falcón y al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón a fin de imponerlo sobre la suspensión de la medida acordada por este despacho. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el Diario de Labores del Tribunal.
La Juez Titular, La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior se libraron los oficios, se publicó la anterior decisión siendo las 10:00 Am., previo el anuncio de Ley. Conste. Santa Ana de Coro. Fecha: Ut-Supra.-
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta
EXP. 1745
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