REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 19 de Junio de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2011-000222
ASUNTO : IP01-D-2011-000222

RESOLUCION AMPLIANDO LA SANCION

El día 26 de Mayo de 2015oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia de Verificación de Sanción al Joven adolescente LUIS ENRIQUE CARIEL CARIEL, titular de la cedula de identidad número V- 24.788.922, 20 años, residenciado en Altos Nueva Tucacas, Tuque 3, Calle Justo Briceño, Casa S/N, punto de referencia a cinco cuadras de la escuela bolivariana, número de teléfono 0412.094.4332 (de su madre), quien fue sancionado por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón en fecha 04 de Julio de 2012, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en tal sentido se impuso de la Sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA la cual iniciaría el día TRECE (13) DE MAYO DE 2013 y culminaría el día CATORCE (14) DE MAYO DE 2014. Sin embargo de la revisión en el presente asunto penal no consta en autos informes de cumplimiento de la sanción, razón por la cual este Tribunal Único de Ejecución Sección Penal Adolescentes procede a AMPLIARLE las normas en virtud del articulo 647 literal “i Tomando en cuenta el articulo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, por el lapso de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTAS iniciando el día 27 de Mayo de 2015 y fecha de culminación el día 27 de Mayo de 2016, consistentes: PRIMERO: Inscribirse en un Curso de Capacitación con respecto a cualquier ámbito y consignar el certificado al culminar el mismo. SEGUNDO: No reunirse con personas de dudosa reputación. TERCERO: No consumir ningún tipo de sustancias estupefacientes ni psicotrópicas. CUARTO: No deberá reunirse en las esquinas en altas horas de la noche. QUINTO: Asistir ante el equipo Multidisciplinario por ante la Lcda. Zuly Fernández a los fines de que realice su informe psicosocial. SEXTO: Consignar ante este Tribunal en el período de ocho (08) días por Cédula de Identidad laminada.

DISPOSITIVA

Ahora bien por cuanto el adolescente sancionado debe conocer el Cómputo definitivo del cumplimiento de su sanción, este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le amplia la sanción ya impuesta al Joven adolescente: LUIS ENRIQUE CARIEL CARIEL, titular de la cedula de identidad número V- 24.788.922, 20 años, residenciado en Altos Nueva Tucacas, Tuque 3, Calle Justo Briceño, Casa S/N, punto de referencia a cinco cuadras de la escuela bolivariana, número de teléfono 0412.094.4332 (de su madre), por la comisión del delito DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, dicho adolescente deberá cumplir a cabalidad con las reglas de conductas antes descritas en lapso previsto, las cuales se inician a computar a partir 27 de Mayo de 2015 y fecha de culminación el día 27 de Mayo de 2016 para un total de cumplimiento de la sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTAS de conformidad con lo dispuestos en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescente, en consecuencia Remítase copia certificada la decisión al Departamento de Libertad Asistida, Notifíquese a todas las partes de la presente decisión ofíciese a zuly Fernández a fin de que envié el informe respectivo, Regístrese Publíquese, y Cúmplase.


Jueza Titular 1° de Ejecución
Sección Adolescente
Abg. Enialina Ruiz de Flores
La Secretaria
Abg. Mayerlint Villarroel