REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Punto Fijo, 20 de Junio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2015-001285
ASUNTO : IP11-P-2015-001285
RESOLUCIÒN ACORDANDO PRORROGA A LA FISCALÍA DEL MINISTERIO PÙBLICO
En fecha 18/06/2015, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Extensión Punto Fijo recibió solicitud de prórroga por interpuesta por la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 79 , de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de presentar el acto conclusivo en la causa seguida en contra el ciudadano JESUS RAFAEL ANTEQUERA MARTINEZ, por la presunta comisión del delito de de ABUSO SEXUAL A NIÑA en perjuicio de las niñas SE OMITE IDENTIDAD EN RESGUARDO DE LA IDENTIDAD DE LAS MENORES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE a la adolescente SE OMITE IDENTIDAD EN RESGUARDO DE LA IDENTIDAD DE LAS MENORES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, AMBOS AGRAVADOS Y CONTINUADOS previstos y sancionados en el Segundo aparte del artículo 259 y 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, respectivamente, este Juzgado a los fines de resolver, realiza las siguientes consideraciones:
En fecha veintiséis (26) de Mayo de 2.015, se realizó Audiencia de presentación en la cual se le decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JESUS RAFAEL ANTEQUERA MARTINEZ, ABUSO SEXUAL A NIÑA en perjuicio de las niñas SE OMITE IDENTIDAD EN RESGUARDO DE LA IDENTIDAD DE LAS MENORES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE a la adolescente SE OMITE IDENTIDAD EN RESGUARDO DE LA IDENTIDAD DE LAS MENORES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, AMBOS AGRAVADOS Y CONTINUADOS previstos y sancionados en el Segundo aparte del artículo 259 y 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente
En fecha 18 de Junio de 2015 se recibe por ante la oficina de recepción y distribución de documentos del Departamento de Alguacilazgo del este Circuito Judicial Penal, escrito consignado por la representación del Ministerio Público, mediante el cual requieren de este órgano judicial le sea concedido la prórroga de ley, por cuanto solicitó la práctica de unas diligencias al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Cuerpo de Investigaciones, y esta en espera de las resultas.
A tal efecto se observa que la solicitud de prórroga, la fundamentó en el hecho de que está en espera de las resultas de diligencias que ordenó practicar es realizada por la Fiscal del Ministerio Publico, y la misma fue presentada oportunamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; ya que el ciudadano JESUS RAFAEL ANTEQUERA MARTINEZ, fue privado de libertad en fecha Veintiséis (26) de Mayo de 2015, y los Treinta (30) días culminan el 25 de Junio de 2015, por lo que tenía hasta el Veinte (20) de Junio de 2015, para solicitar la prorroga, por tal motivo la Solicitud de Prorroga, se realizo dentro de la oportunidad legal, que contrae el Articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, es por lo que este Tribunal considera procedente ACORDAR la prórroga solicitada por el representante del Ministerio Publico, por un lapso de Quince (15) días continuos, que vencerá, el Diez (10) de Julio de 2015, en el presente asunto seguido en contra el ciudadano JESUS RAFAEL ANTEQUERA MARTINEZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.613.711, de 33 años de edad, estado civil soltero, de ocupación obrero, natural del Estado Bolívar, fecha de nacimiento 16/09/1981, domiciliado en el sector Primero de Mayo, callejón la Lucha, casa 3-12, San Félix, Estado Bolívar, a los fines de que el Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto éste Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la PRORROGA solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público, por un lapso de QUINCE (15) DÍAS continuos, que vencerá en fecha Diez (10) de Julio de 2015, para que la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público del Estado Falcón, presente acto conclusivo en el presente asunto penal, seguido en contra en el presente asunto seguido en contra el ciudadano JESUS RAFAEL ANTEQUERA MARTINEZ, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA Y A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del Artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. Remítanse las presentes actuaciones a la referida Fiscalía. Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese e imprímase un ejemplar para el copiador de Resoluciones, en Punto Fijo, a los Veinte (29) días del mes de Junio de Dos Mil Quince (2015). Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. SATURNO RAMÍREZ ZORRILLA
EL SECRETARIO
ABG. JORGE LUIS GONZALEZ