REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, martes treinta (30) de junio de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-000898
ASUNTO : IP11-P-2007-000898

AUTO MOTIVANDO EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR FALLECIMIENTO DEL ACUSADO.-

Revisadas como fueran las actas que conforman el presente asunto penal seguido en contra del ciudadano ISSAUL EDUARDO ZARRAGA GONZALEZ, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACIÓN E INJURIA CONTINUADA, en perjuicio de los ciudadanos 1. AURA DOLORES NÚÑES DE GARCÍA, 2. MILENNYS DEL CARMEN CAYAMA BRETT, 3. ALEXANDER ENMANUEL MORENO SALIMA, 4. HECTOR JAVIER HENRRIQUEZ MORA, 5. JESÚS MANUEL ARENAS PULGAR, 6. AREANNY MAGDALENA NAVAS, 7. RICARDO RAMÓN MARVAL PETIT, 8. NELIS SOFÍA SALIMA DE MORENO, 9. FANNY GUADALUPE NAVAS MANAURE; 10 CARMEN CUSTODIA CORDOBA DE SALIMA; esta Juzgado realiza los siguientes pronunciamientos de ley:

Conforme al criterio establecido a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, sentencia Nº 485 de fecha 06.08.2007 con Ponencia del Magistrado Héctor Manuel Coronado Flores, quien aquí decide observa lo siguiente:

Al realizar un análisis de las actas que conforman el presente asunto penal, se evidencia que se encuentra agregada a la misma copia certificada del REGISTRO DE DEFUNCION emitido por el Consejo Nacional Electoral bajo el Nº 341 de fecha 08.04.2015 correspondiente a quien en vida respondiera al nombre de ISSAUL EDUARDO ZARRAGA GONZALEZ, a través de la cual se constata como motivo del deceso: “paro cardiorrespiratorio por trombo embolismo pulmonar”, cuyo diagnostico fue aportado por el medico Roberto Ramos, cedula de identidad Nº V- 15.194.260 Nº MPPS 69456 según certificado de defunción Nº 2415436.

Por lo anteriormente expuesto, constatada la información legalmente recabada por este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo en el presente asunto penal seguida en contra del acusado, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión de los delitos de DIFAMACIÓN E INJURIA CONTINUADA, en perjuicio de los ciudadanos 1. AURA DOLORES NÚÑES DE GARCÍA, 2. MILENNYS DEL CARMEN CAYAMA BRETT, 3. ALEXANDER ENMANUEL MORENO SALIMA, 4. HECTOR JAVIER HENRRIQUEZ MORA, 5. JESÚS MANUEL ARENAS PULGAR, 6. AREANNY MAGDALENA NAVAS, 7. RICARDO RAMÓN MARVAL PETIT, 8. NELIS SOFÍA SALIMA DE MORENO, 9. FANNY GUADALUPE NAVAS MANAURE; 10 CARMEN CUSTODIA CORDOBA DE SALIMA, por fallecimiento del mismo, conforme a lo previsto en el Articulo 48, Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, el cual prevé, “...Son causas de extinción de la acción penal: 1. La muerte del imputado;...”, concatenado con la norma prevista en el artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece, “...El sobreseimiento procede cuando:(...)La acción penal se ha extinguido...”, y por cuanto nos encontramos en la etapa de juicio, en aplicación a lo establecido en el Artículo 304 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual dispone, “...Si durante la etapa de juicio se produce una causa extintiva de la acción penal o resulta acreditada la cosa juzgada, y no es necesaria la celebración del debate para comprobarla, el tribunal de juicio podrá dictar el sobreseimiento...”; por lo que este Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, considera procedente en derecho EXTINGUIR LA ACCIÓN PENAL en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 48 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa en relación al acusado ISSAUL EDUARDO ZARRAGA GONZALEZ, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por Muerte del acusado de Autos. ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de la EXTINCIÓN LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, por muerte del acusado ISSAUL EDUARDO ZARRAGA GONZALEZ, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión del delito de DIFAMACIÓN E INJURIA CONTINUADA; de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA EN GRADO DE CONTINUIDAD, en perjuicio de los ciudadanos 1. AURA DOLORES NÚÑES DE GARCÍA, 2. MILENNYS DEL CARMEN CAYAMA BRETT, 3. ALEXANDER ENMANUEL MORENO SALIMA, 4. HECTOR JAVIER HENRRIQUEZ MORA, 5. JESÚS MANUEL ARENAS PULGAR, 6. AREANNY MAGDALENA NAVAS, 7. RICARDO RAMÓN MARVAL PETIT, 8. NELIS SOFÍA SALIMA DE MORENO, 9. FANNY GUADALUPE NAVAS MANAURE; 10 CARMEN CUSTODIA CORDOBA DE SALIMA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 304 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Se libró copia certificada del presente acto, para ser archivada en el copiador respectivo. Se ordena notificar a las partes de la presente resolución conforme con lo previsto en el articulo 165 del COPP. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión, a los treinta (30) días del mes de junio de 2015.-


JUEZ PRIMERA EN FUNCIONES DE JUICIO
ABG. CLAUDIA RENATA BRACHO PEREZ.
SECRETARIA

ABG. KATTY QUINTERO ORDOÑEZ