REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 17 DE MARZO DEL 2.015.
AÑOS: 204º Y 156º


Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: NORELBA RAMONA SANCHEZ VASQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.177.647, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión Licenciada en Educaciòn, domiciliada en la ciudad de Churuguara Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por la abogada en ejercicio ENEIDA BRETT, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 56.411, titular de la cédula de identidad N° V- 10.477.894, con domicilio procesal en la Calle Monagas cruce con Callejón la Trilla de la Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: NORELBA RAMONA SANCHEZ VASQUEZ, sobre: Una construcciòn de una pieza de bahareque, piso de tierra y techo de zinc en regular estado, constante de SETENTA METROS CUADRADOS (70 mts2), la cual se encuentra enclavada en una porción de Terreno Municipal, constante de: CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS aproximadamente (193.47 mts2), de extensiòn superficial, cercada con alambres de púas sostenidos en postes de madera parcialmente por los linderos Sur y Oeste, ubicada en el Sector Estanque Pùblico de Churuguara Municipio Federaciòn del Estado Falcòn, de conformidad con Levantamiento Topográfico, que se anexa; demarcada dentro de los linderos y medidas:
NORTE: Con inmuebe de Maria Sanchez en una medida de p-4 a p-1 de 16,00 metros.
SUR: Con inmueble de Rodolfo Chirinos, en una medida de p-2 a p-3 de 15,00 metros.
ESTE: Con inmueble de Bartolo Sànchez, en una medida de p-3 a p-4 de 13,00 metros.
OESTE: Con Callejón en proyecto, su frente, en una medida p-1 a p-2 de 12,00 metros.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de TRECE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (BS. 13.200.000)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECISIETE (17) DÍAS DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL QUINCE. (17-03-2.015) AÑOS: 204° Y 156°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.