REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 04 DE MARZO DEL 2.015.
AÑOS: 204º Y 156º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la Ciudadana: MARIBEL JOSEFINA OLLARVES PEROZO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.587.435, venezolana, mayor de edad, soltera, Abogada, inscrita en el Instituto de Previsiòn Social del Abogado bajo el Nro. 87.716, actuando en este acto con el Carácter de Abogada delegada de la Ciudadana Procuradora General del Estado Falcòn con domicilio Procesal Municipio Miranda del Estado Falcòn, civilmente hàbil, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la GOBERNACIÒN DEL ESTADO FALCON, sobre: El Inmueble constituido por un Centro de Acopio, conformado por un Galpon de depòsito con la tipologia de construcciòn ( laminas de asbesto canal 90), la estructura es liviana, fundaciones aisladas, vigas riostra y de amarre, sus paredes son de bloques de cemento gris con friso exterior e interior con la aplicaciòn final de la pintura de caucho, el techo se apoyò sobre viga de carga, sus pisos de losa de concreto en cemento pulido, sus ventanas son de làminas de vidrio con romanilla y corrediza con vidrio fijo transparente, puertas de madera entamborada, puertas de hierro galvanizado para entrada a los almacenes, puerta santamaria entrada al àrea de las cavas, sus piezas sanitarias son de linea econòmica ( color blanco). Este Inmueble tiene un Area de Construcciòn de (326, 12), cuya Extensiòn es de (1308,00 M2) enclavada en una parcela de terreno perteneciente al Municipio Bolivar del Estado Falcòn (Codigo Catastral: 110202U01002002017), situado en la Poblaciòn de Aracua, Parroquia Aracua, Municipio Bolivar Estado Falcòn, la Gobernaciòn del Estado Falcòn ha construido a sus ùnicas expensas, este inmueble, Alinderada de la siguiente manera:
NORTE: Terreno Municipal.
SUR: Casa de Misleidi Guarecuco.
ESTE: Calle Comercio.
OESTE: Terreno Municipal.
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CUATRO (04) DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL QUINCE. (04-03-2.015) AÑOS: 204° Y 156°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. ROCIO CASTILLO.