REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
MAPARARI, 25 DE MARZO DE 2.015
AÑOS: “204° y 156°”
SOLICITUD Nº. 60-2015.-
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la Ciudadana: DIANA MARGOTH MORILLO MORILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, técnico superior en administración, domiciliada en la Calle Principal, Casa s/n, Sector 9 de Octubre, Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad Personal Nª: 18.889.798, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio GREGORIA ROBERTIZ, , inscrita en el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO bajo el N°. 195.042, titular de la Cedula de Identidad Personal N°. 6.984.855, con DOMICILIO PROCESAL en la Población de Agua Larga, Municipio Federación, Estado Falcón. Examinados como han sido los DOCUMENTOS CONSIGNADOS por la parte interesada el PLANO TOPOGRAFICO DEL TERRENO debidamente revisado por la SINDICATURA MUNICIPAL del Municipio Federación del Estado Falcón e INFORME de la misma SINDICATURA MUNICIPAL del Municipio Federación del Estado Falcón, e igualmente las declaraciones de los testigos ARGENIS JOSE FLORES HERNANDEZ Y EUDUVIN EMIGDIO GARCIA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Callejón III, Casa s/n, Sector 9 de Octubre, Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón,, titulares de las Cedulas de Identidad Personales Nªs. 7.348.128 y 15.704.303, respectivamente, promovidos en el presente asunto y rendidas por ante este Tribunal en Fecha 24-03-2.015. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la RESOLUCIÓN N°. 2009-0006 de FECHA 18-03-2.009 dictado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicado en la GACETA OFICIAL de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA N°. 39.152 de Fecha 02-04-2.009, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD a favor de la Ciudadana: DIANA MARGOTH MORILLO MORILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, técnico superior en administración, domiciliada en la Calle Principal, Casa s/n, Sector 9 de Octubre, Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad Personal Nª: 18.889.798, sobre unas bienhechurias que poseen un área de construcción de OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (87.84 M2), construida por una casa de habitación familiar, construida de bloques con paredes y divisiones frisadas por ambas caras, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de metal pulido, constante de dos (02) habitaciones, una (01) sala recibo, un (01) comedor, una (01) cocina y una (01) sala de baño. Dichas bienhechurias se encuentran enclavadas en UNA PARCELA DE TERRENO MUNICIPAL con una medida superficial de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (292,50 M2). ubicada en la Calle Principal del Sector 9 de Octubre de la Población de Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con propiedad de Argenis Flores, SUR: Con propiedad de Gonzalo Flores, que es su frente, ESTE: Con propiedad de Gonzalo Flores y OESTE: Con propiedad de Manuel Graterol. El valor de dichas bienhechurias es la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs 150.000)
Entréguese a la parte interesada original de su solicitud con todas las declaraciones, previa CERTIFICACIÓN por SECRETARIA de una COPIA de las mismas, la cual se dejará en el archivo de este Tribunal. Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Mapararí, a los Veinticinco (25) días del mes de Marzo del Dos Mil Quince (2.015). Años: 204° y 156°.-
EL JUEZ PROVISORIO. ABOG: ARCANGEL REYES HERNANDEZ.- LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES.- NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. LA SECRETARIA. MADELEY MORA CESPEDES