República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Mene de Mauroa; 13 de marzo de 2015
Años: 204° y 156°



Expediente: No. 784-15

Motivo: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD.

Solicitante: CLARA AURORA BRACHO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-6.735.288, domiciliada en Calle Las Maurelias, urbanización Los Cortijos de Lourdes I Etapa de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Abogada Asistente: BIAJAIRO FERRER MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-3.703.261 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.633, domiciliado en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón.

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana CLARA AURORA BRACHO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-6.735.288, domiciliada en Calle Las Maurelias, urbanización Los Cortijos de Lourdes I Etapa de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio BIAJAIRO FERRER MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°-V-3.703.261 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.633 domiciliado en la parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de Propiedad a su favor, sobre una casa construida con paredes de bloques, piso de cerámica y cemento y techo de platabanda y asbesto; compuesta de: un (01) porche, una (01) sala comedor, una (01) cocina, dos (02) baños, cinco (05) habitaciones, un (01) lavadero y un (01) depósito. Con un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS (144,65 Mts2); construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: de DOSCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS (261,86 Mts2). Ubicada en Calle Las Maurelias, urbanización Los Cortijos de Lourdes I Etapa de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle Las Maurelias; SUR: Casa que es ó fue de Ramona Arguelles; ESTE: Casa que es ó fue de Romelia de Chirinos y OESTE: Casa que es ó fue de Rita Gutiérrez. Visto igualmente las resultas del oficio N° 0006 de fecha diez (10) de marzo de dos mil quince (2015), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos ELÍAS ORANGEL MORENO OLIVERO y YELITZA CAROLINA LAMEDA YEDRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-7.471.079 y V-12.175.506 respectivamente, domiciliados en el Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. ESTE TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y AL PRINCIPIO DE TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONTENIDO EN EL ARTICULO 26 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURAR A LA CIUDADANA CLARA AURORA BRACHO EL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA CASA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000.00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana CLARA AURORA BRACHO, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante CLARA AURORA BRACHO. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los trece (13) días del mes de marzo de dos mil quince (2015). Años: 204° de la Independencia y 156° de la Federación. La Jueza provisoria,


La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.


En la misma fecha de hoy, 13/03/2015, siendo las diez y cuarenta antes-meridiem (10:40 am), se publicó la presente decisión quedando registrada bajo el No.726-15. Conste.-

La Secretaria,


Abg. CILENIZ TIGRERA.