REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

Tucacas, 09 de marzo de 2015.
Años: 204° Y 156°

Vista la diligencia presentada por la representación judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita le sea fijado el monto de una fianza a los efectos de que le sea decretada medida preventiva de anotación de la litis, el tribunal niega lo solicitado por cuanto no consta en autos documento protocolizado por ante el Registro inmobiliario correspondiente, a los efectos de proceder a decretar la medida solicitada de anotación de la litis en el documento de condominio del inmueble objeto de la solicitud de medida. Así se decide.-
El Juez Provisorio

Abg. Freddy Alejandro Pernía Candiales.
La Secretaria

Abg. Délida Yépez de Quevedo