REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 13 de NOVIEMBRE de 2.015
Años: 205º y 156º
VISTOS
EXPEDIENTE:
1756
DEMANDANTES
FRANCISCO DE ENCARNACION DE ABREU FARIA, venezolano (a), mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° V- 9.506.470, domiciliado en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón.
APODERADO JUDICIAL. IVELLIE FIGUEROA ALVAREZ, venezolano (a) mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.722.359, con domicilio en esta Ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón, Inpreabogado Nº 29.242.

DEMANDADOS: OMAR RAFIC MOHTAR MOHTAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.523.076, domiciliado en la avenida Josefa Camejo de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón y a su representada Empresa Mercantil TOVECO C.A

APODERADO JUDICIAL GUSTAVO ADOLFO VARGAS SALGUEIRO. VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, INPREABOGADO NRO. 45.731, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano
MOTIVO: DESALOJO (LOCAL COMERCIAL)


Visto la diligencia presentada por los ciudadanos: IVELLIE FIGUEROA ALVAREZ, venezolano (a) mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.722.359, con domicilio en esta Ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón, Inpreabogado Nº 29.242, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO DE ENCARNACION DE ABREU FARIA, venezolano (a), mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° V- 9.506.470, domiciliado en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, parte actora en el presente juicio, y por el abogado GUSTAVO ADOLFO VARGAS SALGUEIRO. VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, INPREABOGADO NRO. 45.731, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OMAR RAFIC MOHTAR MOHTAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.523.076, domiciliado en la avenida Josefa Camejo de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón y a su representada Empresa Mercantil TOVECO C.A, parte demandada, mediante la cual la representación de la parte actora DESISTE DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO en la presente causa y la representación judicial de la parte accionada manifiesta si consentimiento y conviene en el desistimiento efectuado en autos; En consecuencia, agréguese a los autos con que se relacionan y admítase lo solicitado este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

DEL ESTADO FALCON, en nombre de la REUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de cosa Juzgada, en autoridad de cosa Juzgada. Esta Juzgadora ordena el archivo del presente expediente. Y por cuanto no hay mas actuaciones que practicar en el presente expediente se da por terminado y se ordena el archivo del mismo, y una vez que se cumpla el lapso de DOCE (12) meses se ordena remitirlo al ARCHIVO JUDICIAL REGIONAL DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, todo de conformidad con el aparte 4 de la NORMATIVA ESTABLECIDA EN EL MANUAL DE NORMAS PARA EL MANEJO DE ARCHIVO, emanado por la DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA de fecha NOVIEMBRE DE 2005, remitido a este Juzgado por la Dirección Administrativa Regional, (División de Servicios Judiciales), a los fines de descongestionar el archivo de este Tribunal. Cúmplase y déjese constancia de ellos en el libro diario de labores del Tribunal. Lcda. Adriana Oduber La Juez Titular La Secretaria Titular
Abg. Zenaida Mora de López. Abg. Mariela Revilla Acosta
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior. Fecha: Ut-Supra.
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta



EXP. 1756