REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO FALCÓN

EXPEDIENTE: 5932.

DEMANDANTE: HENRY ESTELIN MORENO FLORES, cédula de identidad N° 14.801.084.

APODERADOS JUDICIALES: PEDRO LARA HURTADO y AMADO ZAVALA ARCAYA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.750 y 9.292, respectivamente.

DEMANDADO: HÉCTOR ANTONIO LUGO MARTÍNEZ, cédula de identidad Nº 16.430.175.

APODERADOS JUDICIALES: HÉCTOR LEAÑEZ, ROBERTO LEAÑEZ, PEDRO SALAS, GSTAVO PARRA y LIGIA YÁNEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 38.294, 87.495, 168.177, 178.889 y 172.300, respectivamente.

MOTIVO: DESALOJO DE VIVIENDA


En el día de despacho de hoy dieciocho (18) de septiembre de 2015, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica, con motivo de la apelación ejercida por el abogado Héctor Leañez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.294 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR ANTONIO LUGO MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 16.439.175, contra la decisión de fecha 28 de mayo de 2015, dictada por el juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con motivo del juicio de desalojo de vivienda seguido por el ciudadano HENRY ESTELIN MORENO FLORES, cédula de identidad N° 14.801.084, contra el recurrente. Se anunció el acto en las puertas del Tribunal en la forma de Ley, no compareciendo ninguna de las partes al mismo. Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, y por aplicación analógica del encabezamiento del artículo 117 de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, se DECLARA DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por con motivo de la apelación ejercida por el abogado Héctor Leañez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.294 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR ANTONIO LUGO MARTÍNEZ, contra la decisión de fecha 28 de mayo de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con motivo del juicio de desalojo de vivienda seguido por el ciudadano HENRY ESTELIN MORENO FLORES, contra el recurrente, y así se decide.
En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado Héctor Leañez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HÉCTOR ANTONIO LUGO MARTÍNEZ, contra la decisión de fecha 28 de mayo de 2015, dictada por el juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Se condena en costas al recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión y remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal de la causa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, el día de hoy, dieciocho (18) de septiembre de dos mil quince (2015), en la ciudad de Santa Ana de Coro del estado Falcón. Años: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Jueza Temporal
(Fdo.)
Abog. ANAID HERNÁNDEZ ZAVLA
La Secretaria Temporal
(Fdo.)
Abog. ANA VERÓNICA SANZ
Nota: La anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 18/9/15, a la hora de las nueve y cuarenta y cinco de la mañana (9:45 a.m.). Se dejó copia certificada en el libro copiador de sentencias. Conste. Coro. Fecha Ut-Supra.
La Secretaria Temporal
(Fdo.)
Abog. ANA VERÓNICA SANZ

Sentencia Nº 185-S-18-9-15.-
AHZ/AVS.-
Exp. Nº 5932

ES COPIA FIEL Y EXACTA DE SU ORIGINAL.-